PROYECTO DE TP
Expediente 0780-D-2014
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL DISPONGA IMPLEMENTAR LAS MEDIDAS ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS PERTINENTES PARA LA ELIMINACION DE LA ALICUOTA DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA), APLICADO A LAS GARRAFAS DE GAS LICUADO DE PETROLEO DE 10, 12 Y 15 KILOGRAMOS.
Fecha: 14/03/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 8
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo que, a
través de los organismos que resulten competentes, implemente las medidas
administrativas y técnicas pertinentes para la eliminación de la alícuota del
Impuesto al Valor Agregado (IVA) a las garrafas de Gas Licuado de Petróleo de
10, 12 y 15 kilogramos.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto recoge una
iniciativa similar presentada en 2011 por el Dip. Lisandro Viale.
En otros proyectos de mi autoría
planteo que, previo a la época invernal, aproximadamente en marzo de cada
año, la Secretaría de Energía confirma un precio de venta uniforme en todo el
país para la garrafa social, el que actualmente se encuentra en los $ 16 para las
garrafas de Gas Licuado de Petróleo (GLP) de 10 kilos, $ 20 para las de 12 kilos
y $ 25 para las de 15 kilos de capacidad.
Todos los años, también, la falta
de garrafas se hace sentir a medida que avanza el invierno. Sin embargo, este
año, la escasez de garrafas ya se hizo sentir en marzo.
En la Resolución 229/11, última
que reguló la comercialización de estas garrafas, advierte que "en caso de
detectarse incumplimientos por parte de los responsables de la Industria del
GLP a las disposiciones establecidas por la Ley Nº 26.020, se les podría
suspender el pago de la compensaciones en forma total o parcial según la
gravedad de la infracción".
La garrafa social nace en el 2008
como producto de un acuerdo rubricado por la Secretaría de Energía con las
cámaras productoras y fraccionadoras del sector para tratar de cumplir con el
Programa Nacional de Consumo Residencial de GLP, que establece las
condiciones mínimas para que los 5 millones de familias argentinas, el 40 % de
los hogares del país, que no tiene gas por redes, y por ende que cocinan y se
calefaccionan con gas envasado, accedan a dicho beneficio. Resulta evidente,
entonces, que la provisión de Gas Licuado de Petróleo (GLP) no puede ser
considerada un bien comercial más, sino un producto que tiene importantes
consecuencias sociales.
No conocemos con exactitud
cuánto destina el gobierno nacional para que la garrafa de 10 kilos llegue al
consumidor a los precios indicados más arriba. Pero sí sabemos que esos
valores sólo existen en la resolución de la Secretaría de Energía de la Nación,
porque los usuarios pagan las garrafas a valores que en algunos casos duplican,
triplican y hasta cuadruplican los precios estipulados. Por esa razón, el
representante legal de Consumidores Libres, Héctor Polino, oportunamente
reclamara la eliminación del IVA (Impuesto al Valor Agregado) a la garrafa
social.
En la práctica, a lo largo y ancho
del país, muy pocas garrafas se consiguen a los precios indicados, y además,
sólo si se retiran en el mostrador. Caso contrario, una garrafa de 10 kg., por
ejemplo, se vende a $ 42, sobreprecio que se intenta justificar como el flete.
Este valor extra del traslado a domicilio sufre variaciones de acuerdo a la
empresa distribuidora de que se trate, dado que este servicio adicional no fue
regulado y por ende tampoco es controlado por ninguna entidad.
Por otra parte, ese sobreprecio
genera problemas adicionales provocados por el hecho de los frecuentes
accidentes producidos por caídas de ciclistas y motociclistas que intentan llevar
cargadas las garrafas en vehículos de por sí no aptos para dicho traslado.
En este contexto, resulta un
absurdo que, por un lado, el gobierno subsidie el precio de la garrafa, y por
otro, le cobre el 10,5 por ciento del IVA en un producto destinado a los sectores
sociales más vulnerables.
El problema mayor radica en que
la Secretaría de Energía subsidia al productor, al fraccionador y al distribuidor,
pero no al comerciante. En este último eslabón de la cadena es donde se
producen las distorsiones de precios, porque el comerciante recibe la garrafa de
10 kilos a 15 pesos, la de 12 kilos a 18 pesos, y la de 15 kilos a 22,50
pesos.
Además, mientras a los
productores, fraccionadores y distribuidores los controla el Enargas, a los
comerciantes y estaciones de servicio los controla la Secretaría de Comercio
Interior. Esta dualidad de controles, facilita la especulación y los
sobreprecios.
Por ello entendemos que es
urgente que el Poder Ejecutivo de la Nación implemente las medidas tendientes
a suprimir la alícuota del IVA en las garrafas de 10, 12 y 15 kilos destinadas a
los sectores sociales más vulnerables.
Queda claro que mientras el
gobierno nacional no controle la comercialización de la "garrafa social" ni
garantice el acceso a los consumidores que verdaderamente la necesitan, el
subsidio otorgado constituye un despilfarro que acentúa las inequidades
existentes y favorecen objetivamente a los sectores medios y altos de la ciudad
de Buenos Aires y su conurbano.
El Poder Ejecutivo Nacional no
puede seguir gastando sin controlar los resultados de un esquema improvisado
que ya demostró su ineficacia. Al igual que en tantas otras áreas de la
economía, la intervención estatal comandada por este gobierno ha demostrado
carecer absolutamente de seriedad, gestión y rigor para defender a los sectores
sociales más postergados, convirtiendo un subsidio de carácter social en un
negociado comercial amparado por la falta de control de los funcionarios
responsables.
Por todo lo expuesto solicito a mis
pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto de
resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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MARTINEZ, JULIO CESAR | LA RIOJA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia) |