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PROYECTO DE TP


Expediente 0756-D-2008
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA H CAMARA EL FALLO DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE CORRIENTES QUE ORDENO DEMOLER UN TERRAPLEN CONSTRUIDO EN MEDIO DE LOS ESTEROS DEL IBERA.
Fecha: 17/03/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 11
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


De interés de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación el fallo sin precedentes, del Superior Tribunal de Justicia de Corrientes, confirmando la resolución de primera y segunda instancia por el cuál se ordenó demoler en 30 días un terraplén construido en medio de los Esteros del Iberá, uno de los humedales más importantes de Argentina y el mundo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de Declaración se fundamenta en un fallo sin precedentes, el Superior Tribunal de Justicia de Corrientes confirmó la resolución de primera y segunda instancia de un proceso iniciado en el año 2005 por un poblador cuando el terraplén tenía apenas 1,5 kilómetros. "Es un fallo histórico. Era una obra absolutamente ilegal porque estaba dentro de la reserva", dijo a Tierramérica Jorge Cappato, de la Fundación Proteger. Junto con la recién sancionada Ley de Bosques, esta sentencia es "una de las dos mejores noticias de los últimos años para Argentina en materia de desarrollo sustentable", agregó.
Los Esteros del Iberá son un humedal de agua dulce de 1,4 millones de hectáreas, que alberga gran biodiversidad y especies amenazadas.
Los Esteros del Iberá, un humedal de agua dulce de aproximadamente 1.400.000 hectáreas, ubicado en la provincia de Corrientes, está considerado como uno de los ecosistemas de agua dulce más importantes del planeta. También es un excepcional reservorio de biodiversidad y un refugio para especies amenazadas de extinción, además de constituir uno de los sitios de atracción turística entre los de mayor potencial de la Argentina.
En los últimos años, arroceras a gran escala y forestación con monocultivos de especies exóticas avanzaron sobre lomas y malezales, sobre todo en la periferia del sistema -donde el uso tradicional era la ganadería extensiva. Los expertos coinciden en que la ocupación del Iberá se está haciendo de una forma que no responde a instancia alguna de planificación territorial, ni a la importancia del sistema como área prioritaria de conservación para el país.
A menos de una semana que la representante legal de Bruno Leiva, Patricia Mc Cormack, hubo presentado la contestación al recurso extraordinario interpuesto por la firma ex Forestal Andina - ahora denominada Estancias San Eugenio, para salvar el terraplén
construido en el paraje Yahaveré, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) dictó sentencia firme. Resolvió declarar "inadmisible" dicho recurso y confirmó la resolución de la Cámara de Apelaciones que ordenó "demoler la obra nociva para el medio ambiente".
Cabe recordar que Bruno Leiva, poblador del Paraje Yahaveré, le inició demanda a la firma ganadera cuando la obra apenas tenía un kilómetro y medio de extensión. En mayo de 2006, el Juzgado Nº12 resolvió la destrucción de la obra posterior al kilómetro y medio edificado y el inicio del proceso para conseguir la declaración de impacto ambiental de esos 1.500 metros, que de no hacerlo también debía ser derribado.
No sólo no se inició el proceso indicado por este Juzgado en primera instancia, sino que no se paró la construcción, que hoy consta de más de 20 kilómetros de extensión.
En segunda instancia, la Cámara de Apelaciones coincidió en que la construcción debía ser destruida por ser nociva para el medio ambiente, ya que impide el normal escurrimiento de las aguas en el Iberá. Sin embargo, la ex Forestal Andina decidió llevar la causa al máximo órgano de Justicia de la Provincia, argumentando que la destrucción generaría aún más impacto ambiental que la mantención de la obra, entre otros fundamentos.
Así se llegó al fallo Nº151, de noviembre del año pasado, en el que el Superior Tribunal de Justicia rechaza el "recurso de inaplicabilidad de ley" presentado por la firma ganadera que pretendía ir a la Corte Suprema de Justicia para evitar la demolición de la obra.
En esa oportunidad, los magistrados dejan en claro que uno de los argumentos principales que sustentaron la sentencia alude a la "desobediencia" de la demandada a la medida judicial de primera instancia que ya en 2006 ordenaba el cese del daño ambiental.
Por consiguiente, especificaron que es imposible permitir la continuidad de la obra en base a un hecho ilícito. "Un delito comprobado no puede rendir frutos", dice uno de los párrafos.
Ante esta situación, Forestal presentó un recurso extraordinario federal para que el STJ le permita llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que con el fallo Nº26 expedido con fecha de ayer, que lleva la firmas de los ministros del máximo órgano judicial de Corrientes, Guillermo Horacio Semhan, Fernando Augusto Niz y Eduardo Farizano, quedó descartado.
En este fallo, se entiende además que "en la sentencia sometida a impugnación se han resuelto cuestiones de hecho y de derecho procesal que son propias de los tribunales provinciales y como principio ajenas al ámbito de la impugnación federal".
Con ese argumento no se da lugar al recurso y según indicó Mc Cormack, a la empresa demandada sólo le queda la presentación de un "recurso en queja", que igualmente no suspende el trámite que implica la devolución de la causa al Juzgado de Primera Instancia para que a partir de allí empiecen a correr los 30 días para la demolición del terraplén.
La representante legal de Bruno Leiva indicó que este trámite tardaría entre 8 y 10 días y, mientras tanto, se piensa presentar un proyecto para sugerir al juez de turno el modo en que se debería proceder para derribar la obra y que esta acción "genere el menor daño posible", para recomponer el ambiente al estado lo más natural que se pueda.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
JUSTICIA (Primera Competencia)