PROYECTO DE TP
Expediente 0741-D-2009
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA INCLUIR A LOS DISTRITOS DE EL MIRADOR, LA CENTRAL Y AL DEPARTAMENTO DE RIVADAVIA, PROVINCIA DE MENDOZA, DENTRO DE LA LEY DE EMERGENCIA NACIONAL AGROPECUARIA.
Fecha: 11/03/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 9
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Que vería con agrado que el Poder
Ejecutivo Nacional arbitre los medios necesarios para incluir a los distritos de El
Mirador, La Central y al Departamento de Rivadavia, Provincia de Mendoza dentro
de la Ley de Emergencia Nacional Agropecuaria.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
A raíz del temporal de
granizo desatado el pasado martes 25 de noviembre de 2008 el Departamento de
Rivadavia Provincia de Mendoza vio afectado en mayor o menor grado a casi todos
los distritos de la zona más productiva del Departamento donde se asientan gran
cantidad de pequeños y medianos viticultores y fruticultores.
De la evaluación realizada sobre
las distintas superficies cultivadas y en particular de los distritos de La Central, El Mirador,
Los Campamentos, La Reducción y La Libertad surge que estos se encuentran en
situación de EMERGENCIA Y/ O DESASTRE AGROPECUARIO.
El siniestro ocurrido incide en forma directa
en la producción primaria
generando perjuicios sustantivos a los
trabajadores rurales que viven de ésta actividad, repercutiendo negativamente en
patrones de empleo local e indirectamente sobre todo el Departamento, dada su
naturaleza esencialmente agrícola.
Los hechos se agravaron el día 12 de
Diciembre de 2008 ppdo., azotando
fundamentalmente los distritos de La Central,
El Mirador, Los Campamentos (zonas de mayor producción) y en menor medida a La
Reducción, Los Árboles y Medrano.
Los daños ocurridos en esta oportunidad
alcanzaron no solo al sector
productivo en lo que respecta a los cultivos y la
mano de obra que estos generan, sino también a las viviendas que casi en su totalidad se
han visto deterioradas o destruidas principalmente sus techos, perdiendo todo tipo de
protección. Las primeras apreciaciones estiman que la zona afectada alcanzaría las tres
(3) mil hectáreas con pérdidas que oscilan entre el cincuenta (50%) y cien (100%) por
ciento de la producción; y otras mil hectáreas con el veinte por ciento a lo que deben
sumarse las pérdidas que se producirán en las vendimias futuras. Traducido esto a
valores económicos se puede afirmar que el Departamento de Rivadavia tendrá pérdidas
en el orden de treinta millones de pesos en lo que respecta a producción vitícola.
A esto se suma la problemática de no poder
ubicar la producción
vitivinifrutícola (mosto, pulpa, frutas frescas y
secas, etc.); la industrial, con la mayoría de las Bodegas de la zona atravesando
circunstancias difíciles en lo que respecta a su situación económica y financiera
(convocatorias, concurso de acreedores, y otras que ya difieren sus pagos); la comercial,
en virtud de que las innumerables pérdidas se verán indefectiblemente reflejadas en una
baja importante del consumo y en los pagos, la laboral, con los despidos de mano de obra
que provocan estas situaciones y las de orden social en lo que respecta a la atención
principalmente en salud, alimentación y vivienda.
Por todo lo expuesto solicito a los señores
Legisladores acompañen con su
voto afirmativo.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ALVARO, HECTOR JORGE | MENDOZA | DE LA CONCERTACION |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
28/07/2009 | DICTAMEN | Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen como proyecto de declaración |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1837/2009 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0364-D-2009, 0414-D-2009 y 0741-D-2009 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE DECLARACION | 12/08/2009 |