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PROYECTO DE TP


Expediente 0737-D-2011
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LA NO ACTUALIZACION DEL MINIMO NO IMPONIBLE DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS.
Fecha: 15/03/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 9
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Expresar su preocupación por la morosidad del Poder Ejecutivo en la actualización del actual minimo no imponible del impuesto a las ganancias y solicitar se tomen medidas al respecto.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Ante requerimientos efectuados no solo por el Secretario general de la CGT, Hugo Moyano, las entidades que nuclean a los educadores, como asimismo solicitadas presentadas por el Colegio Publico de Abogados, el gobierno a través del ministro de Trabajo, Carlos Tomada, desechó, por el momento, una suba del mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias, al asegurar ayer que esa cuestión "no" está en la agenda del Gobierno, poniendo de esa forms freno al reclamo formulado
Dicho ministro expreso"No, hoy no tenemos ese tema en nuestra agenda. Sabemos que es una preocupación, lo ha planteado la Confederación General de Trabajadores. Todos los años ha habido una respuesta, supongo que en algún momento en este año también la habrá, pero esperemos ese momento", planteó Tomada, cuando se le preguntó si estaba previsto "aumentar los topes" del mínimo no imponible de Ganancias. A su vez, el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), Ricardo Echegaray, criticó los proyectos de la oposición vinculados al mínimo no imponible, y los tildó de "alocados". Para Echegaray, esos proyectos "son dispersos, alocados, sin fundamentos técnicos, sin responsabilidad profesional, y sin ningún tipo de análisis" porque "no se sabe efectivamente qué es lo que se puede dar y lo que no se puede dar". Es importante destacar que para tener una solución definitiva sobre el tema se necesita una ley, en vez de tener que recurrir a una decisión administrativa de la AFAP o un decreto., es decir técnica y categóricamente para tener una solución se necesita recurrir a una ley", , tema que en cosecuencia sea discutido en el Congreso.
Actualmente, el límite del mínimo no imponible del gravamen a las Ganancias para un trabajador soltero es de 4.818 pesos mensuales, y para uno casado con dos hijos asciende a 6.662,80 pesos
La deliberada morosidad del gobierno en la actualizacion del actual minimo no imponible, en un contexto de alta inflación importa una fortisima suba de la presión tributaria sin la aprobación del Congreso de la Nación., impactando en numerosas ocasiones la naturaleza alimentaria de los trabajadores..
Asimismo el Consejo Directivo de la CGT, le encomendó a Moyano que gestione audiencia con la presidenta Cristina Fernández de Kirchner para discutir una actualización del mínimo no imponible, para evitar que los futuros aumentos salariales que se negocien en las próximas rondas paritarias se licuen.
Hasta ayer se estimaba en un millón los trabajadores afectados por este impuesto. Pero como una consecuencia de la mayor inflación, el número real de afectados por este tributo resultó muy superior a las estimaciones privadas.
En la actualidad están alcanzados por este impuesto los trabajadores en relación de dependencia y los jubilados que tienen un ingreso de bolsillo -luego de los descuentos de jubilación y salud- de más de $ 4.818 por mes.
Ese piso salarial es muy bajo ya que se fue atrasando respecto de la inflación y la evolución de los salarios. Así cada vez más este gravamen incluyó a más trabajadores, aunque tengan ahora un poder adquisitivo más bajo que el que tenían en el pasado.
Por ese motivo, mientras en el pasado Ganancias afectaba al personal jerárquico de las empresas, como gerentes, supervisores o capataces, ahora operarios simples o empleados oficinistas pueden quedar atrapados en las escalas de Ganancias.
A eso se agrega que las escalas sobre las que se calcula el impuesto, se mantienen en los mismos valores nominales de hace 10 años atrás, cuando deberían haberse ajustado también por la inflación.
Entonces, en lugar de que le retengan una alícuota baja, del 9%, el trabajador tributa una alícuota más alta -del 14, 19 o 23%- y rápidamente puede llegar al 31 o 35%.
Otro efecto de los topes salariales es el beneficio de las asignaciones familiares: los trabajadores formales que ganan más de $4.800 no tienen derecho a cobrar el prenatal, el salario por hijo y las asignaciones extraordinarias por nacimiento o matrimonio.
Considerado un impuesto esencialmente progresivo, en el que pagan más los que más ganan, en la Argentina hay otro dato llamativo: Ganancias no se aplica a la renta financiera como los intereses sobre depósitos o títulos públicos o las ganancias con la compra-venta de acciones y bonos.
Por todo lo expuesto, es que vengo a solicitar de mis pares la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS PERONISMO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)