PROYECTO DE TP
Expediente 0737-D-2011
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LA NO ACTUALIZACION DEL MINIMO NO IMPONIBLE DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS.
Fecha: 15/03/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 9
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Expresar su
preocupación por la morosidad del Poder Ejecutivo en la
actualización del actual minimo no imponible del impuesto a las
ganancias y solicitar se tomen medidas al respecto.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Ante requerimientos
efectuados no solo por el Secretario general de la CGT, Hugo
Moyano, las entidades que nuclean a los educadores, como
asimismo solicitadas presentadas por el Colegio Publico de
Abogados, el gobierno a través del ministro de Trabajo, Carlos
Tomada, desechó, por el momento, una suba del mínimo no
imponible del impuesto a las Ganancias, al asegurar ayer que esa
cuestión "no" está en la agenda del Gobierno, poniendo de esa
forms freno al reclamo formulado
Dicho ministro
expreso"No, hoy no tenemos ese tema en nuestra agenda. Sabemos
que es una preocupación, lo ha planteado la Confederación General
de Trabajadores. Todos los años ha habido una respuesta, supongo
que en algún momento en este año también la habrá, pero
esperemos ese momento", planteó Tomada, cuando se le preguntó
si estaba previsto "aumentar los topes" del mínimo no imponible de
Ganancias.
A su vez, el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos
(Afip), Ricardo Echegaray, criticó los proyectos de la oposición
vinculados al mínimo no imponible, y los tildó de "alocados".
Para Echegaray, esos proyectos "son dispersos, alocados, sin
fundamentos técnicos, sin responsabilidad profesional, y sin ningún
tipo de análisis" porque "no se sabe efectivamente qué es lo que se
puede dar y lo que no se puede dar".
Es importante destacar que para tener una solución definitiva sobre
el tema se necesita una ley, en vez de tener que recurrir a una
decisión administrativa de la AFAP o un decreto., es decir técnica y
categóricamente para tener una solución se necesita recurrir a una
ley", , tema que en cosecuencia sea discutido en el Congreso.
Actualmente, el límite
del mínimo no imponible del gravamen a las Ganancias para un
trabajador soltero es de 4.818 pesos mensuales, y para uno casado
con dos hijos asciende a 6.662,80 pesos
La deliberada
morosidad del gobierno en la actualizacion del actual minimo no
imponible, en un contexto de alta inflación importa una fortisima
suba de la presión tributaria sin la aprobación del Congreso de la
Nación., impactando en numerosas ocasiones la naturaleza
alimentaria de los trabajadores..
Asimismo el Consejo
Directivo de la CGT, le encomendó a Moyano que gestione audiencia
con la presidenta Cristina Fernández de Kirchner para discutir una
actualización del mínimo no imponible, para evitar que los futuros
aumentos salariales que se negocien en las próximas rondas
paritarias se licuen.
Hasta ayer se estimaba
en un millón los trabajadores afectados por este impuesto. Pero
como una consecuencia de la mayor inflación, el número real de
afectados por este tributo resultó muy superior a las estimaciones
privadas.
En la actualidad están
alcanzados por este impuesto los trabajadores en relación de
dependencia y los jubilados que tienen un ingreso de bolsillo
-luego de los descuentos de jubilación y salud- de más de $
4.818 por mes.
Ese piso salarial es muy
bajo ya que se fue atrasando respecto de la inflación y la evolución
de los salarios. Así cada vez más este gravamen incluyó a más
trabajadores, aunque tengan ahora un poder adquisitivo más bajo
que el que tenían en el pasado.
Por ese motivo,
mientras en el pasado Ganancias afectaba al personal jerárquico de
las empresas, como gerentes, supervisores o capataces, ahora
operarios simples o empleados oficinistas pueden quedar atrapados
en las escalas de Ganancias.
A eso se agrega que
las escalas sobre las que se calcula el impuesto, se mantienen en los
mismos valores nominales de hace 10 años atrás, cuando deberían
haberse ajustado también por la inflación.
Entonces, en lugar de
que le retengan una alícuota baja, del 9%, el trabajador tributa una
alícuota más alta -del 14, 19 o 23%- y rápidamente puede llegar al
31 o 35%.
Otro efecto de los
topes salariales es el beneficio de las asignaciones familiares: los
trabajadores formales que ganan más de $4.800 no tienen
derecho a cobrar el prenatal, el salario por hijo y las
asignaciones extraordinarias por nacimiento o
matrimonio.
Considerado un
impuesto esencialmente progresivo, en el que pagan más los que
más ganan, en la Argentina hay otro dato llamativo: Ganancias no
se aplica a la renta financiera como los intereses sobre
depósitos o títulos públicos o las ganancias con la compra-venta de
acciones y bonos.
Por todo lo expuesto,
es que vengo a solicitar de mis pares la aprobación del presente
proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BIANCHI, IVANA MARIA | SAN LUIS | PERONISMO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |