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PROYECTO DE TP


Expediente 0728-D-2008
Sumario: TITULARIDAD DE VIVIENDAS SOCIALES A MUJERES MADRES DE FAMILIAS CONSTITUIDAS O DE HECHO.
Fecha: 17/03/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 11
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


TITULARIDAD DE VIVIENDAS SOCIALES A MUJERES MADRES DE FAMILIA CONSTITUIDA O DE HECHO
Artículo 1º.- Las viviendas realizadas en base a programas habitacionales y de desarrollo urbano del sector público nacional, provincial o municipal destinados a la población de bajos recursos, serán adjudicadas y escrituradas a nombre de las mujeres madres de familias constituidas o de hecho.
Artículo 2º.- Invitase a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las Provincias a adherir a la presente ley.
Artículo 3º.- De Forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de ley tiene por objeto el de establecer que las viviendas realizadas en base programas habitacionales y de desarrollo urbano del sector público nacional, provincial o municipal destinados a la población de bajos recursos, sean adjudicadas y escrituradas a nombre de las mujeres madres de familias constituidas o de hecho
El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales deja expresamente establecido los compromisos de los gobiernos para con las mujeres en relación al acceso a la vivienda. Derechos que se incluyen en la CEDAW. Asimismo, se incorporan en las distintas Plataformas de las Conferencias de Naciones Unidas, en particular en la IV Conferencia Internacional sobre la Mujer Beijing (1995), Medio Ambiente (ECCO1992), Hábitat, Cumbre de las Ciudades, 1996.
La Resolución de la Comisión de Derechos Humanos 2000/137 relativa a la igualdad de las mujeres en materia de propiedad, acceso y control de la tierra y la igualdad de derechos a la propiedad y a una vivienda adecuada, parte de reconocer las discriminaciones hacia las mujeres y "alienta" a los gobiernos a implementar medidas concretas para su superación.
En sus contenidos, la Resolución "Alienta, a los gobiernos a que apoyen la transformación de costumbres y tradiciones que discriminan a la mujer y que le niegan la seguridad de tenencia y la igualdad en materia de propiedad, acceso y control de la tierra y la igualdad de derechos a la propiedad y a una vivienda adecuada y a asegurar el derecho de las mujeres a un tratamiento igual en la tierra y la reforma agraria, así como en los esquemas de restitución de tierras, en la propiedad y en la vivienda adecuada, y a tomar otras medidas para incrementar la disponibilidad de tierra y vivienda para las mujeres que viven en situación de pobreza, en particular a las jefas de familia.." (1)
La adopción de una perspectiva de género en materia de vivienda constituye un imperativo de justicia al asegurar iguales oportunidades y derechos a mujeres y hombres en el proceso y beneficios del desarrollo; es una condición indispensable para la profundización de la democracia; así como también un requisito de eficacia y eficiencia, ya que la equidad de género puesta en el centro de la lucha contra la pobreza no sólo es positiva para las mujeres, sino que beneficia al conjunto del país.
Vivienda y Mujer.
Numerosas publicaciones de especialistas en la materia coinciden en señalar que:
- Los hogares con jefatura femenina se concentran en los niveles de más bajos ingresos; la mayoría no tiene acceso a bienes y servicios básicos, carecen de recursos o de servicios públicos para el cuidado de las/os hijos mientras salen a trabajar y sus viviendas son muy precarias y peligrosas.
- Siendo las mujeres el mayor porcentaje de inscriptas en los padrones de demanda de vivienda, independientemente de su estado civil (casadas, uniones de hecho, solas a cargo de hijos, etc), la titularidad de la vivienda en muchos casos está a nombre del varón, o situaciones donde las mujeres para tener acceso al crédito para la adquisición de la vivienda, requieren del aval del cónyuge. Asimismo, muchos planes de vivienda subsidiados requieren de acreditación de empleo formal siendo mayoritariamente actividades informales las realizadas por las mujeres empobrecidas. (2)
- La vivienda representa para muchas mujeres pobres y de clases medias bajas un lugar de trabajo remunerado, un recurso económico ya que en ella se desarrollo la tarea generadora de ingresos desde la maquila de productos hasta la elaboración y venta de comidas. Por lo cual la seguridad de la tenencia es un factor protector de la pobreza extrema.
- En situaciones de violencia conyugal, la inseguridad en la tenencia constituye un factor condicionante para la ruptura del círculo de agresión y es habitual la pérdida de la vivienda por parte de las mujeres en caso de separación, cuando se trata de uniones de hecho.
- De igual modo, el barrio constituye un recurso al garantizar un tejido o red de servicios solidarios para las mujeres. (3)
El derecho a la titularidad de la vivienda.
Descripta la particular relación vivienda-mujer, surge la relevancia de asegurar a la mujer madre de familia constituida o de hecho la tenencia de la propiedad a la que acceda en calidad de beneficiaria de políticas habitacionales del Estado.
Constituye un imperativo de combatir los estereotipos más comunes en materia de vivienda. Entre ellos, la mayor discriminación que sufren las mujeres pobres jefas de hogar en el acceso a programas de vivienda debido al estereotipo de familia nuclear (4) ; pese a que en la práctica son las mujeres quienes mayormente se encargan de las gestiones, trámites, luchas y hasta la autoconstrucción para lograr conseguir una vivienda mejor.
Sabemos que desde la perspectiva de "género y vivienda" son aún muchas más las acciones a promover tales como considerar la interdependencia de ésta con el acceso al empleo, los servicios públicos de educación, salud, las redes de infraestructura, el transporte público, la participación en las decisiones, etc.
Sin embargo, y a los fines de considerar los intereses "prácticos" de las mujeres presentamos esta iniciativa como un aporte para la remoción de una de las limitaciones existentes para la autonomía de la mujer y la protección al grupo familiar.
Por las razones expuestas, solicitamos la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SESMA, LAURA JUDITH CORDOBA PARTIDO SOCIALISTA
AUGSBURGER, SILVIA SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
FEIN, MONICA HAYDE SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
ZANCADA, PABLO V. SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
MORANDINI, NORMA ELENA CORDOBA MEMORIA Y DEMOCRACIA
CORTINA, ROY CIUDAD de BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia)
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO CORTINA (A SUS ANTECEDENTES) 09/04/2008