PROYECTO DE TP
Expediente 0720-D-2009
Sumario: IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA), EXENCION DEL PAN COMUN: SUSTITUCION DEL INCISO F) DEL ARTICULO 7 (EXENCIONES DEL TRIBUTO CUANDO EL COMPRADOR SEA UN CONSUMIDOR FINAL, EL ESTADO NACIONAL, PROVINCIAL, MUNICIPALIDADES O LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES).
Fecha: 11/03/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 9
El Senado y Cámara de Diputados...
MODIFICACION DEL LA LEY DEL IMPUES-
TO AL VALOR AGREGADO EXENCION DEL PAN COMUN
Artículo 1º: Sustitúyase el
inciso f) del artículo 7º de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado
en 1997 y sus modificaciones, por el siguiente:
Artículo 7º: ...
f) El agua ordinaria natural, el pan
común, la leche fluida o en polvo, entera o descremada sin aditivos, cuando el
comprador sea un consumidor final, el Estado nacional, las provincias, municipa-
lidades o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires u organismos centralizados o des-
centralizados de su dependencia, comedores escolares o universitarios, obras so-
ciales o entidades comprendidas en los incisos e), f), g) y m) del artículo 20 de la
Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones,
y las especialidades medicinales para uso humano cuando se trate de su reventa
por droguerías, farmacias u otros establecimientos autorizados por el organismo
competente, en tanto dichas especialidades hayan tributado el impuesto en la
primera venta efectuada en el país por el importador, fabricante o por los respec-
tivos locatarios en el caso de la fabricación por encargo".
Artículo 2º: Comuníquese al
Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La ley 26.151 votada en el año
2006, por la cual se sustituyó el inciso f) del artículo 7º de la Ley del Impuesto al
Valor Agregado, texto ordenado en 1997, eliminó la exención del tributo al pan
común, que hasta ese momento estaba exento, aplicándole una alícuota del
10,5%.
Como fundamentos de la iniciativa
se sostuvo que tal medida mejoraría el control de precios y disminuiría el grado
de evasión en el sector.
Antes de la vigencia de la citada ley,
el pan común compartía la exención junto con otros dos productos de consumo
masivo, como son el agua común y la leche líquida.
A pesar de que se sostuvo, tanto en
la discusión de las comisiones como en el recinto por parte de los propulsores del
proyecto de ley, que el precio del pan no iba a aumentar, los hechos demuestran
que hubo incrementos significativos de precios, ya que los fabricantes se encon-
traron habilitados para trasladar el 10,5% al precio final de este producto, fun-
damental dentro de la canasta básica.
Las exenciones al pan dispuestas en
la ley que modificó el gobierno, tenían como propósito que el impuesto no se
traslade al consumidor final. Así, se garantizaba, antes de la reforma, el acceso
de las personas de menores ingresos a un artículo de primera necesidad.
Este porcentaje se traslada, a su
vez, al precio final del pan, perjudicando a los consumidores finales. Como adver-
timos en el debate del proyecto de ley, de aprobarse la norma, el aumento del
pan sería inevitable, cosa que sucedió.
El aumento sostenido de este pro-
ducto de primera necesidad, contradice a uno de los fundamentos expresados en
el proyecto impulsado por el gobierno, por el cual la reforma iba a contribuir a
una política antinflacionaria.
El pan es uno de los principales pro-
ductos en la mesa de las familias más humildes. Acompaña comidas donde no
hay nada más o es el plato principal. La eliminación de la exención ha perjudica-
do a muchas familias argentinas, sobre todo en los sectores más desprotegidos.
Consideramos que esta situación impositiva debe revertirse, para lo cual propo-
nemos que el pan común vuelva a ser un producto exento del impuesto al Valor
Agregado.
Por todo lo expuesto, Señor Presi-
dente, es que solicito la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL | JUJUY | UCR |
NIEVA, ALEJANDRO MARIO | JUJUY | UCR |
CUSINATO, GUSTAVO | ENTRE RIOS | UCR |
MONTERO, LAURA GISELA | MENDOZA | CONSENSO FEDERAL |
RIOBOO, SANDRA ADRIANA | BUENOS AIRES | UCR |
MORAN, JUAN CARLOS | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
MARTINEZ ODDONE, HERIBERTO AGUSTIN | CORDOBA | UCR |
LOZANO, CLAUDIO RAUL | CIUDAD de BUENOS AIRES | BUENOS AIRES PARA TODOS EN PROYECTO SUR |
FERRO, FRANCISCO JOSE | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
AGUAD, OSCAR RAUL | CORDOBA | UCR |
GIUDICI, SILVANA MYRIAM | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
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