PROYECTO DE TP
Expediente 0713-D-2010
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA REGLAMENTAR LA LEY 26281, SOBRE DECLARAR DE INTERES NACIONAL LA LUCHA CONTRA LA ENFERMEDAD DE CHAGAS.
Fecha: 09/03/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 10
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder
Ejecutivo que a través de los Organismos competentes, por la vía y
forma que corresponda, se reglamente la Ley 26.281, promulgada
el 7 de setiembre de 2007.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En setiembre de 2007
el Poder Ejecutivo promulgó la Ley 26.281, norma que en su
artículo primero "declara de interés nacional y asignase carácter
prioritario... a la prevención y control de todas las formas de
transmisión de la enfermedad de Chagas, hasta su definitiva
erradicación del territorio nacional".-
Con
buen criterio la norma citada, propone desarrollar acciones que
permitan dar una respuesta de prevención y tratamiento, de perfil
ambiental, laboral, sanitario, educativo y de vivienda digna.
También se establecen una serie de medidas a concertar con las
jurisdicciones provinciales y con los países limítrofes de cooperación
técnica, actividades de control y educación. Medidas y acciones de
capacitación de prevención. Pruebas obligatorias dirigidas a las
embarazadas y niños, controles serológicos en donantes y
receptores de órganos. Medidas que deberán observar el
funcionamiento de los bancos de sangre. Estas entre otras, son
algunas de las disposiciones que se establecen en la Ley, que
espera ser reglamentada según el plazo establecido en el artículo
dieciséis.-
Debemos tener en cuenta que En America Latina esta enfermedad
constituye un problema epidemiológico grave por su estrecha
vinculación con las condiciones económicas y culturales de los
países que la integran. Se estima que el 25% de la población
latinoamericana está en riesgo de contraerla.
El mal de Chagas no es
como el cólera, por ejemplo que cuando cunde es muy evidente
para la población, dado que es una enfermedad clínicamente muy
manifiesta. En el caso del Chagas, si alguien, un chico, digamos, es
picado por la vinchuca, esa primera infección pasa desapercibida, y
el problema aparece a los 20 o 30 años, cuando puede tener una
complicación severa, como una cardiopatía.
En
nuestro País, aproximadamente dos millones de personas lo
padecen, lo que representa casi el 4% del total de la población. Es
una enfermedad que no ha sido erradicada, según los especialistas
sostienen que si bien existían programas que tenían como meta la
erradicación del Chagas vectorial, que es el trasmitido por la
picadura de la vinchuca y eliminarlo significaría tener el control de la
enfermedad porque después quedarían los efectos residuales, los ya
adquiridos. Por factores diversos de continuidad de políticas
sanitarias su aplicación no surtió los efectos esperados. Para
eliminar el Chagas vectorial es necesario una activa participación
comunitaria, lo que no ocurre porque El Chagas es una
enfermedad silenciosa, la enfermedad se genera después.-
Importante es destacar que norma prevé acciones
conjuntas con las Provincias, que trascienden a los gobiernos, para
llegar al objetivo propuesto; la erradicación del mal de Chagas, por
ello es absolutamente necesario que el Poder Ejecutivo reglamente
la ley 26.281.
Por
ello solicito a mis pares me acompañen en la aprobación de éste
proyecto
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
VILARIÑO, JOSE ANTONIO | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
20/04/2010 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0208/2010 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE DECLARACION | 29/04/2010 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION | 12/05/2010 | APROBADO |
Diputados | CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA | 30/11/2011 |