PROYECTO DE TP
Expediente 0709-D-2015
Sumario: FONDO PARA EL DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL PARA LA ZONA DEL NUEVO CUYO. CREACION.
Fecha: 12/03/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 9
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo I - Créase el Fondo Para el
Desarrollo Económico y Social a la zona del Nuevo cuyo. Donde los recursos serán
destinados a programas de desarrollo social, de reactivación económica, de
promoción de empleo, salud, y de educación.
Art 2° - En los presupuestos se creará
una partida para atender al fondo establecido por el artículo 1º de la presente
ley.
Art 3° - El fondo se distribuirá en
programas que desarrollen las provincias de Cuyo, respetando las proporciones
asignadas a las mismas por el régimen de coparticipación federal vigente.
Art 4° - Créase en el ámbito del
Ministerio de Economía de la Nación la cuenta respectiva, correspondiente a los
fondos para el Desarrollo Económico y Social del Nuevo Cuyo.
Art 5° - El Banco de la Nación
Argentina transferirá a la cuenta especial, solicitada en el artículo 4º, el monto
establecido por el Ministerio de Economía de la Nación. la presente ley al inicio de
la ejecución de los presupuestos respectivos, y el ente enviará a las respectivas
provincias los fondos para la ejecución de Proyectos Productivos respectivamente
aprobados que demandare las Provincias del Nuevo cuyo.
Art 6° - El control financiero y de
gestión estará a cargo de la Auditoría General de la Nación.
Art 7° - Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Como una Mujer del interior, y de
Cuyo me veo en la obligación moral, ética y profesional de legislar a favor de mis
comprovincianos.
El Nuevo Cuyo fue tierra de
colonizadores, de esfuerzo y de trabajo, de enormes sacrificios, de lealtades
profundas. Su historia se amalgama con la historia misma de la Nación Argentina,
y la sangre de sus ancestros, sean indígenas o españoles, se incorporó a la tierra
misma, en una suerte de altar donde se forjara la estirpe de nuestra raza.
La provincia de Buenos Aires desde la
década del 90 recibe recursos de un Fondo de Reparación Histórica del Conurbano
para combatir pobreza y marginalidad, mientras que en Cuyo sólo se reciben
fondos coparticipables, aunque es cierto que existen regímenes de promoción
industrial, en la provincia de San Luis, y San Juan esto no alcanza.
Los parámetros evidencian las
diferencias de crecimiento entre las diversas regiones del país; en tal sentido, es
obligación primigenia para los cuerpos legislativos atender estos desniveles,
promoviendo políticas que posibiliten la integración humana y territorial en una
Nación unificada bajo condiciones de vida semejantes.
Por todo lo expuesto ut supra, y por
su importancia, es que solicito a mis pares acompañen el presente proyecto de ley
para su aprobación.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CASELLES, GRACIELA MARIA | SAN JUAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PARTIDO BLOQUISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ECONOMIAS Y DESARROLLO REGIONAL (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |