PROYECTO DE TP
Expediente 0701-D-2013
Sumario: MODIFICACION DE ESCALA PARA LA PRESTACION DE LA ASIGNACION POR HIJO Y ASIGNACION POR AYUDA ESCOLAR ANUAL - REGIMEN DE ASIGNACIONES FAMILIARES, LEY 24714.
Fecha: 12/03/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 8
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º: La asignación
por hijo prevista en el inciso a) y la asignación por ayuda escolar anual para la
educación inicial, general básica y polimodal prevista en el inciso c), del artículo 6º
de la ley 24.714 -Régimen de Asignaciones Familiares-, serán abonadas a los
trabajadores beneficiarios de la prestación por desempleo, con arreglo a la
siguiente escala:
Duración de la prestación por
desempleo Duración de las asignaciones
2 meses
4 meses
4 meses
8 meses
8 meses
16 meses
12 meses
24 meses
Art. 2º: Los trabajadores
beneficiarios de la prestación por desempleo que cuenten con CUARENTA Y CINCO
(45) o mas años de edad al momento de haber agotado el plazo legal de dicha
prestación, continuarán percibiendo las asignaciones previstas en los incisos a) y c)
del artículo 6º de la ley 24.714 -Ley de Asignaciones Familiares- por el lapso de
DOCE (12) meses adicionales si continuaran en situación legal de desempleo.
Art. 3º: Comuníquese al
Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto reproduce el
texto del Expte. 997-D-11 de mi autoría, que no fuera dictaminado en los períodos
2011 y 2012, por lo que caducó el 28/02/13 por imperio de la ley 13.640.
A continuación se transcriben los
fundamentos del expediente originario 997-D-11.
"El presente proyecto
tiene por objeto incrementar al doble el lapso durante el cual los trabajadores
beneficiarios de la prestación por desempleo, perciben las asignaciones por hijo y
por ayuda escolar anual para la educación inicial, general básica y polimodal.
La finalidad del
proyecto es que los trabajadores beneficiarios de la prestación por desempleo,
continúen percibiendo las asignaciones familiares referidas, durante un lapso
equivalente al doble del tiempo de percepción de la prestación.
El art. 119 de la ley
24.013 -Ley Nacional de Empleo- establece que los trabajadores beneficiarios de la
prestación por desempleo, también percibirán las asignaciones familiares que les
correspondan durante el mismo lapso.
A su vez, el artículo 2º
de la Resolución MTEySS nº 731/06, estableció que la extensión dispuesta por el
decreto 267/06 también incluía el pago de las asignaciones familiares
correspondientes
No puede
desconocerse la situación socioeconómica que impera actualmente con motivo de
la crisis internacional, por lo que resulta oportuno ampliar el tiempo de percepción
de las asignaciones familiares más allá del tiempo de percepción de la prestación
por desempleo.
En el mismo sentido,
la situación por la que atraviesan los beneficiarios del Sistema Integral de
prestaciones por Desempleo mayores de 45 años, hace necesaria también una
ampliación del lapso de percepción de las asignaciones familiares indicadas.
Es por estas razones
expuestas, que solicito a las Sras. y Sres. diputados la sanción del proyecto que se
somete a consideración."
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
RECALDE, HECTOR PEDRO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
LEGISLACION DEL TRABAJO |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |