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PROYECTO DE TP


Expediente 0694-D-2014
Sumario: PEDIDO DE INFORMES VERBALES AL SEÑOR MINISTRO DE DEFENSA, INGENIERO AGRONOMO AGUSTIN OSCAR ROSSI, SOBRE LA REAL SITUACION DE LA DEFENSA NACIONAL Y POR ENDE DE LAS FUERZAS ARMADAS.
Fecha: 13/03/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 7
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Convocar al Señor Ministro de Defensa de la Nación, Ingeniero Agrónomo Agustín Oscar Rossi, para que brinde información detallada ante la Comisión de Defensa de esta Honorable Cámara acerca de una serie de inquietudes que se plantean sobre la real situación de la Defensa Nacional y por ende de las Fuerzas Armadas.
La Cámara manifiesta su intención de encontrar respuesta, entre otros, a los siguientes interrogantes:
- Explique los motivos por los cuales el Poder Ejecutivo Nacional no ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 1° del ANEXO I del Decreto 1729/2007 que establece que debe impartir en forma cuadrienal y con fecha septiembre del primer año de cada mandato presidencial, la Directiva de Defensa Nacional (DPDN), documento que inicia el Ciclo de Planeamiento de la Defensa Nacional, máxime teniendo en también cuenta que la anterior Directiva la produjo con casi un año de atraso y si el citado incumplimiento no genera de hecho una situación de indefensión de la Nación y de la que es responsable.
- Explique los fundamentos esenciales del Planeamiento Estratégico Militar Conjunto para el empleo de las Fuerzas Armadas actualmente en vigencia, Planeamiento sobre la base del cual se supone se han desarrollado estructuras y programas coherentes para la reestructuración de las Fuerzas Armadas, ya sea de educación, de empleo operacional, de fabricación de materiales afines, de adquisición de sistemas de armas, de conformación de la estructura de personal, entre otros.
- Explique la conformación de la estructura de personal de cada una de las tres Fuerzas Armadas, especialmente en lo que hace a Oficiales Superiores, la política de ascensos en vigencia y el diseño del instrumento militar que da fundamentos a las mismas.
- Detalle la cantidad y estado real de operatividad de los medios a disposición en el Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, conforme con el último informe preciso, detallado y actualizado, sobre la totalidad de los medios militares disponibles en sus ámbitos que los Estados Mayores Generales de las Fuerzas Armadas deben elevar semestralmente al Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas, conforme lo establecido en el Decreto 1714/2009 -Directiva de Política de Defensa Nacional-.
- Explique el estado en que se encuentra el desarrollo, conforme al criterio de "capacidades", del Planeamiento Estratégico Militar Conjunto para el empleo de las Fuerzas Armadas según el Decreto 1714/2009 -Directiva de Política de Defensa Nacional- y realizado de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1729/2007. Interesa fundamentalmente conocer el Proyecto de Capacidades Militares (PROCAMIL), el Plan de Capacidades Militares (PLANCAMIL) y el Programa de Inversiones de Defensa (PRIDEF), establecido por el Sistema Integral de Gestión de Inversiones para la Defensa (SIGID), todo lo cual debe dar fundamento a los motivos por los cuales se determina la adquisición de determinados sistemas de armas en detrimento de otros.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En mi calidad de Diputada Nacional de esta Honorable Cámara y en relación a la situación de la Defensa Nacional quiero manifestar mi estupor ante la falta total de la información que al respecto debe obligatoriamente proporcionar a la misma el Ministro responsable del área en cuestión, vulnerando de manera manifiesta e insólita lo establecido por la Constitución Nacional en sus Artículos 75, inciso 27 y 104.
Es conveniente tener muy presente que tanto el anterior como el actual Ministro de Defensa nunca han dado respuesta a los numerosos Proyectos de Resolución que he presentado solicitando explicaciones sobre distintos temas relacionados con la Defensa Nacional, comportamiento que pone de manifiesto la real importancia que le han dado al Congreso de la Nación las sucesivas administraciones que se han sucedido al frente del Poder Ejecutivo Nacional desde el año 2003 hasta la fecha, comportamiento que puede caracterizarse, por lo menos, como reñido totalmente con los principios fundamentales de la República.
En vista de ello es mi interés por conocer en detalle, entre otras, la conformación de la estructura de personal de cada una de las tres Fuerzas Armadas, el Plan de Capacidades Militares (PLANCAMIL) y el Programa de Inversiones de Defensa (PRIDEF) establecido por el Sistema de Gestión de Inversiones para la Defensa (SIGID); como así también, tanto el estado del Planeamiento Estratégico Militar Conjunto, como la real situación operacional de las Fuerzas Armadas, aspectos todos resultantes de la política de Defensa implementada por el Poder Ejecutivo, principalmente desde el año 2003 a la fecha, política basada en una abundante y confusa normativa, tal como se detalla seguidamente, pero que, aparentemente, no ha generado cambios positivos en la real situación operacional de las Fuerzas Armadas:
- Mediante las Leyes 25.148/1999, 25.645/2002, 25.918/2004, 26.135/2006 y 26.519/2009, el Congreso Nacional delegó en el Poder Ejecutivo una serie de facultades (facultades delegadas) para entender en la organización y el funcionamiento de las Fuerzas Armadas, facultades que a partir del 24 de agosto de 2010 el Congreso Nacional procede a retomar, tal lo establecido por la Constitución Nacional en su artículo 75° inciso 27°.
- En uso de sus atribuciones, como así también de las facultadas delegadas citadas precedentemente, el Poder Ejecutivo produjo una importante serie de Decretos que se relacionan tanto con el Planeamiento Estratégico Militar Conjunto, como con la organización y el funcionamiento de las Fuerzas Armadas, entre otros se pueden citar a los siguientes: 727/2006, 1168/2006, 1691/2006, 788/2007, 1729/2007 y 1714/2009.
- El Poder Ejecutivo mediante el Decreto 1691/2006 -Directiva Sobre Organización y Funcionamiento de las Fuerzas Armadas- procedió a derogar el Decreto 1116/1996 y a dejar sin efecto la Directiva Estratégica Militar 1999 (DEMIL 1999) y de los planes estratégicos y tácticos consecuentes así como del sistema de planeamiento por "hipótesis de conflicto", luego establece mediante el Decreto 1729/2007 el -Ciclo de Planeamiento de la Defensa Nacional- y por último, con casi un año de atraso con lo dispuesto por el Artículo 1° del Anexo I del citado Decreto, establece mediante el Decreto 1714/2009 -Directiva de Política de Defensa Nacional-, desconociéndose si entre el lapso transcurrido entre los años 2006 y 2009 existió algún planeamiento de contingencia, de no ser así se habría generado de hecho una situación de indefensión de la Nación de la cual fue responsable el Poder Ejecutivo Nacional.
- Considerando que de acuerdo a lo expresado en el Decreto 1714/2009 -Directiva de Defensa Nacional-.
"Este modelo de defensa argentino, enteramente previsible en términos de concepción estratégica y cabalmente ´ defensivo ´ en términos de su diseño
de fuerzas y de la disposición de sus capacidades asume a la Defensa Nacional según el esquema clásico y en coherencia con el ordenamiento normativo vigente establece que el Sistema de Defensa debe conjurar y repeler mediante el empleo de las Fuerzas Armadas, instrumento militar de la Defensa Nacional, toda agresión externa militar, a fin de garantizar y salvaguardar de modo permanente la soberanía, independencia y autodeterminación de la Nación, su integridad territorial y la vida y la libertad de sus habitantes".
se desprende que resulta ineludible considerar como posible el empleo de las Fuerzas Armadas y por lo tanto se aprecia que para el cumplimiento de una misión afín a lo indicado resulta imprescindible el empleo de medios adecuados a ella, por lo que es importante conocer si durante el 1er. Ciclo de Planeamiento se confeccionó el Proyecto de Capacidades Militares (PROCAMIL) y el Plan de Capacidades Militares (PLANCAMIL), los que luego debieron permitir el desarrollo del Programa de Inversiones para la Defensa (PRIDEF) con las consecuentes asignaciones presupuestarias.
- Por otra parte el Decreto 1729/2007 por el cual se aprueba el "Ciclo de Planeamiento de la Defensa Nacional" emitido por el Poder Ejecutivo el 27/11/2007 establece en su Artículo 1° del ANEXO I:
"En cumplimiento de su misión, y a fin de establecer los lineamientos de orientación y planeamiento estratégico de la Política de Defensa y de la Política Militar de la República Argentina, el PODER EJECUTIVO NACIONAL, impartirá, en forma cuadrienal y con fecha septiembre del primar año de cada mandato presidencial, una Directiva de Política de Defensa Nacional (DPDN),
la cual, a propuesta del Ministerio de Defensa, será suscrita por el Presidente de la Nación. Este documento inicia el Ciclo de Planeamiento de la Defensa."
y dado que la Directiva en cuestión todavía no ha sido producida, el Poder Ejecutivo incurrió nuevamente en un atraso injustificable, que impide que se inicie el 2do. Ciclo de Planeamiento con todas sus implicancias en lo que hace a la Defensa Nacional.
- Los datos que proporcione el Señor Ministro de Defensa serán tenidos en cuenta para el análisis que permita establecer si es correcta o no la evaluación negativa sobre la situación de las Fuerzas Armadas que surge tanto de las múltiples interpretaciones que se suceden en diferentes foros y medios de comunicación que se interesan por el estado de la Defensa Nacional, como así también de las noticias cotidianas, de las que podemos mencionar, entre otras, el embargo de un navío emblemático, un barco que se hunde en el puerto, la imposibilidad de realizar desde hace varios años con medios propios las campañas antárticas, los aviones accidentados con su consecuente costo en vidas, la arbitrariedad y discrecionalidad manifiesta en la política de ascensos y eliminaciones del personal integrante de cada una de las tres Fuerzas.
- Ante el hecho de haberse incluido en el Proyecto de Ley de Presupuesto Nacional para el año 2014 asignaciones destinadas a la adquisición de sistemas armas por montos significativos, interesa sobremanera conocer los fundamentos que llevaron a tomar las decisiones en cuestión.
Lo puesto de manifiesto en los puntos precedentes evidencia la falta de una Política de Estado en lo que atañe a la Defensa Nacional, sobran los documentos confusos, en los que abundan planes y programas contradictorios, en los que se establecen pautas que el mismo gobierno incumple y faltan las realidades concretas que permitan apreciar la existencia de una real voluntad de dotar a la Nación de una Defensa acorde a sus necesidades, primando la arbitrariedad y discrecionalidad tanto en la política de personal como en la salarial.
Es por todo lo expuesto Sr. Presidente, que se solicita la aprobación del presente Proyecto de Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
TONELLI, PABLO GABRIEL CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS COMPROMISO FEDERAL
BROWN, CARLOS RAMON BUENOS AIRES FE
SPINOZZI, RICARDO ADRIAN SANTA FE UNION PRO
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
MAJDALANI, SILVIA CRISTINA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
CACERES, EDUARDO AUGUSTO SAN JUAN UNION PRO
BALDASSI, HECTOR W. CORDOBA UNION PRO
ALONSO, LAURA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
MARTINEZ, SOLEDAD BUENOS AIRES UNION PRO
BERGMAN, SERGIO ALEJANDRO CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
SCAGLIA, GISELA SANTA FE UNION PRO
PRADINES, ROBERTO ARTURO MENDOZA DEMOCRATA DE MENDOZA
DURAND CORNEJO, GUILLERMO MARIO SALTA CONSERVADOR POPULAR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DEFENSA NACIONAL (Primera Competencia)
ASUNTOS CONSTITUCIONALES
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 133 (2015), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996