Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 0682-D-2011
Sumario: IMPUESTO A LAS GANANCIAS - TEXTO ORDENADO 1997 Y MODIFICATORIAS: MODIFICACION DEL ARTICULO 23, SOBRE ADECUACION DEL MINIMO NO IMPONIBLE DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS.
Fecha: 15/03/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 9
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ADECUACION DEL MINIMO NO IMPONIBLE DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS
Artículo 1º.- Sustitúyense los montos previstos en el artículo 23 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, por los siguientes importes:
- En el inciso a) donde dice "...la suma de NUEVE MIL PESOS ($ 9.000.-)..." deberá decir "...la suma de CATORCE MIL CUATROCIENTOS ($14.400.-)....".
- En el inciso b) donde dice "...NUEVE MIL PESOS ($ 9.000.-)..." deberá decir "...CATORCE MIL CUATROCIENTOS ($14.400.-)....".
- En el punto 1) del inciso b) donde dice "...DIEZ MIL PESOS ($ 10.000.-)...." deberá decir "...DIECISEIS MIL PESOS ($ 16.000.-)....".
- En el punto 2) del inciso b) donde dice "...CINCO MIL PESOS ($ 5.000.-)...." deberá decir "...OCHO MIL PESOS ($ 8.000.-)...".
- En el punto 3) del inciso b) donde dice "...TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA PESOS ($ 3.750.-)...." deberá decir "...SEIS MIL ($ 6.000.-)....".
- En el inciso c) donde dice "...la suma de NUEVE MIL PESOS ($ 9.000.-)..." deberá decir "...la suma de CATORCE MIL CUATROCIENTOS ($14.400.-)...."..
Artículo 2º.- Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y surtirán efectos desde el inicio del período fiscal en curso.
Artículo 3º.- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


A través del presente proyecto de ley se busca corregir la sobrecarga impositiva que pesa sobre los trabajadores producto del progresivo desfasaje entre las deducciones en concepto de ganancia no imponible, cargas de familia y deducción especial, contenidas en el artículo 23 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, y la evolución de precios y salarios.
Dichas deducciones no se actualizan desde septiembre de 2008, lo cual, en un contexto de alta inflación con ajuste nominal de salarios como el que experimenta nuestra economía, ha provocado la paradójica situación que cada vez más trabajadores con menor poder adquisitivo - y capacidad contributiva- queden injustamente alcanzados por el tributo.
En virtud de la fenomenal distorsión experimentada en la carga tributaria sobre este segmento de sujetos obligados, hoy ya no sólo es pasible de retención por este tributo personal jerárquico en relación de dependencia, como históricamente ocurría, sino que son comúnmente alcanzados hoy también simples operarios.
Es así que, concretamente, tomando como referencia la evolución general de los salarios, proponemos ajustar un 60% las sumas fijas contenidas en el referido art 23.
Por las razones expuestas ponemos a consideración de nuestros pares el presente proyecto, solicitándoles el más pronto tratamiento.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
FERRARI, GUSTAVO ALFREDO HORACIO BUENOS AIRES PERONISMO FEDERAL
GAMBARO, NATALIA BUENOS AIRES PERONISMO FEDERAL
DE NARVAEZ, FRANCISCO BUENOS AIRES PERONISMO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)