PROYECTO DE TP
Expediente 0672-D-2015
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA SITUACION DEL CIERRE ARBITRARIO DE CUENTAS CORRIENTES POR PARTE DE ENTIDADES BANCARIAS HACIA MUTUALES Y COOPERATIVAS, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 11/03/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 8
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional
en los términos del art. 100 inciso 11 de la C.N. para que por intermedio del Banco
Central de la Nación Argentina y organismos competentes en la materia, informen
a esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación, sobre las siguientes
cuestiones vinculadas a la situación del cierre arbitrario de cuentas corrientes por
parte de entidades bancarias hacia las Mutuales y Cooperativas:
1.- Precisar si existen disposiciones
reglamentarias en relación a requisitos adicionales particulares o distintos a los
dispuestos por la normativa general que deban ser requeridos para la apertura de
cuentas bancarias con mutuales y cooperativas.
2.- Establecer los motivos por los
cuales los bancos producen el cierre unilateral y arbitrario de las cuentas
corrientes de las Entidades Mutuales y Cooperativas.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La cuenta corriente bancaria es un
convenio bilateral en donde las partes son el cliente y el banco, quedando en
cabeza del último la potestad autónoma de fijar condiciones de apertura y
causales para el cierre de las mismas. No obstante ello y una vez cumplimentados
todos los requisitos cada entidad financiera tiene reservado a su sólo criterio el
derecho de admitir o rechazar el cliente.
Es acá donde las Mutuales y
Cooperativas se han convertido en el blanco de los bancos para el rechazo como
cuentacorrentistas, haciendo uso de la cláusula unilateral para el cierre de las
mismas.
Se podría calificar a este tipo de
actitudes como discriminatorias y discrecionales por parte de las entidades
financieras hacia estos sectores de la economía social.
Este tipo de actos preocupa al sector
de Mutuales y Cooperativas , debido a la dificultad planteada al momento de abrir
y operar con cuentas corrientes, incrementándose este tipo de perjuicios en las
pequeñas localidades del interior del País donde sólo existe una entidad
bancaria.
Es oportuno recordar que confundir a
las mutuales con una sociedad de bolsa es desconocer ampliamente la naturaleza
social y jurídica de la mutualidad y el cooperativismo argentino.
La gravedad de los hechos descriptos,
motivan el presente pedido de informes y solicito por consiguiente, su
aprobación.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
DAER, HECTOR RICARDO | BUENOS AIRES | FRENTE RENOVADOR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
FINANZAS (Primera Competencia) |