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PROYECTO DE TP


Expediente 0646-D-2013
Sumario: PROMOCION DE EDUCACION SUPERIOR PARA ESTUDIANTES NATIVOS DE LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR Y SANDWICH DEL SUR.
Fecha: 12/03/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 8
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


LEY DE PROMOCIÓN DE EDUCACIÓN SUPERIOR PARA ESTUDIANTES NATIVOS DE LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR Y SANDWICH DEL SUR
Capítulo I
Programa ISLAS
Artículo 1º.- Creación: Créase el programa cultural para el apoyo de la movilidad académica de estudiantes universitarios nativos de las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, como herramienta del Estado Nacional para fomentar el aprendizaje de una carrera acreditada en universidad pública localizada en el territorio de nuestro país.
Artículo 2º.- Objetivos: El presente programa tendrá los siguientes objetivos:
a) Fomentar el conocimiento y la educación formal de la población joven nativa de las islas;
b) Fortalecer la capacitación en la enseñanza superior fomentando y estimulando la movilidad y el pleno reconocimiento académico de los estudios y cualificaciones adquiridos.
Artículo 3º.- Requisitos: Para acceder a los beneficios del presente programa será necesario:
a) ser natural de las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur;
b) haber completado el ciclo secundario;
c) estar cursando o por iniciar una carrera universitaria de grado medio o superior, maestrantes o doctorandos.
Artículo 4º.- Beneficios: Los estudiantes que formen parte del programa recibirán de manos de la autoridad de aplicación los siguientes beneficios:
a) Becas Islas: asistencia económica durante todo el desarrollo de su carrera. Esta asistencia se plasmará en el otorgamiento de una beca que cubrirá el cien por ciento (100%) de todos los gastos de manutención de los estudiantes de islas por todo el período de duración de su carrera de formación superior en nuestro país.
De forma enumerativa, se entiende por gastos de manutención a todas aquellas erogaciones vinculadas a gastos de vivienda, alimento, seguro de salud, transporte, recreación, material didáctico, etc.
Esta beca Islas se otorgará sin tener en cuenta y de manera independiente de la situación financiera familiar de cada estudiante.
b) clases de apoyo gratuitas en idioma español para facilitar al estudiante su integración en la carrera universitaria de acogida.
Capítulo II
Fondo Nacional ISLAS
Artículo 5º.- Creación: Créase el Fondo Nacional ISLAS que tendra por finalidad exclusiva financiar los beneficios y/o becas otorgadas por el Programa ISLAS
Artículo 6º.- Composición: El fondo estará compuesto por el uno por ciento (1%) de los recursos que el estado nacional recaude en conceptos de derechos de importación por tributos aduaneros producto del intercambio comercial con el Reino Unido de Gran Bretaña, sus territorios de ultramar y países de la Mancomunidad Británica de Naciones.
Capítulo III
Autoridad de Aplicación
Artículo 7º.- La autoridad de aplicación del programa y fondo creado por la presente será el Ministerio de Educación de la Nación.
Artículo 8º.- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El programa impulsado por la presente pretende ser una propuesta social y cultural que ofrecerá, a estudiantes universitarios nativos de las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, un tiempo de aprendizaje y de fomento de la vida social a partir de la oportunidad de vivir en la parte continental del país.
Posibilitando, además, el conocimiento y entendimiento de nuestra cultura y costumbres, induciendo el sentido de comunidad entre dichos estudiantes y los que aquí residen de modo tal de logra una cohesión e integración entre la población joven para la adquisición de una conciencia ciudadana en relación a la integralidad de nuestro territorio nacional.
Esta iniciativa cuenta con algunos antecedentes similares, a modo de ejemplo podemos citar dos de ellos:
El Programa ERASMUS, acrónimo del nombre oficial en idioma inglés EuRopean Community Action Scheme for the Mobility of University Students (Plan de Acción de la Comunidad Europea para la Movilidad de Estudiantes Universitarios).
Este programa esta orientado a la enseñanza superior, el Plan de Acción de la Comunidad Europea para la Movilidad de Estudiantes Universitarios es un plan de gestión de diversas administraciones públicas por el que se apoya y facilita la movilidad académica de los estudiantes y profesores universitarios dentro de los Estados miembros de la Unión Europea.
Tiene como objetivo atender a las necesidades de enseñanza y aprendizaje de todos los participantes en educación superior formal y en formación profesional de nivel terciario, cualquiera que sea la duración de la carrera o cualificación, incluidos los estudios de doctorado, así como a las instituciones que imparten este tipo de formación de modo tal de mejorar la calidad y fortalecer la dimensión europea de la enseñanza superior fomentando la cooperación transnacional entre universidades, estimulando la movilidad en Europa y mejorando la transparencia y el pleno reconocimiento académico de los estudios y cualificaciones en toda la Unión.
Programa MARCA de Movilidad Académica Regional para los cursos acreditados por el Sistema de Acreditación de Carreras Universitarias en el MERCOSUR y Estados Asociados.
Parte del objetivo de este es contribuir a la mejora de la calidad de la enseñanza superior en las carreras acreditadas en el MEXA de los países que participan del Sector Educativo del MERCOSUR (SEM).
Asimismo, busca estimular la cooperación interinstitucional e internacional en el ámbito de la enseñanza superior de las carreras acreditadas consolidando, a través del intercambio estudiantil, acciones conjuntas entre los países de la región, que permitan mayor participación estudiantil en cuestiones sociales y, consecuentemente, potencien las posibilidades de desarrollo integral de las naciones.
Por último, el programa pretende enriquecer la formación de los jóvenes, ofreciéndoles la oportunidad de conocer culturas distintas y desarrollar valores como solidaridad, tolerancia y respeto por la diferencia.
Por su parte, y en cuanto a la financiación del Fondo Nacional de Islas creado por la presente, prevemos que el mismo se componga por el uno por ciento (1%) de los recursos que el estado nacional recaude en conceptos de derechos de importación por tributos aduaneros producto del intercambio comercial con el Reino Unido de Gran Bretaña, sus territorios de ultramar y países de la Mancomunidad Británica de Naciones.
En este sentido es dable afirmar que, según publicaciones de la Cámara de Comercio Argentino- Británica (CCAB), el año pasado, el comercio bilateral entre Argentina y UK rondó los 1.400 millones de dólares y si bien la Argentina viene registrando un superávit comercial con el Reino Unido desde el año 2002, con un crecimiento de las exportaciones argentinas al Reino Unido, las importaciones argentinas de productos británicos -en menor medida- han experimentado un crecimiento
Finalmente, debemos insistir en la importancia geopolítica de esta iniciativa, ya que como decíamos más arriba, lo que pretendemos es afianzar el conocimiento y entendimiento de nuestra cultura y costumbres con la población -esencialmente la población joven- de las islas en el entendimiento de que la soberanía argentina sobre ese territorio debe defenderse en base al dialogo con sus habitantes en acciones concretas de intercambio social y cultural y no meramente en gestiones diplomáticas o discurso grandilocuentes ante la comunidad internacional.
Y hoy más que nunca, se hace es imprescindible plantear este tipo de acciones concretas de intercambio y relación con la comunidad isleña ya que sabido es que el 10 y 11 de marzo próximo pasado los pobladores decidieron, por medio de un referéndum, declararse -y continuar siendo- territorio británico de ultramar y promover la autodeterminación de los pueblos en las Naciones Unidas.
Por todo lo expuesto es que solicitamos la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
RE, HILMA LEONOR ENTRE RIOS COALICION CIVICA - ARI
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
PRESUPUESTO Y HACIENDA