PROYECTO DE TP
Expediente 0642-D-2008
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA REASIGNAR PARTIDAS PRESUPUESTARIAS E INTEGRAR EL FONDO FIDUCIARIO CREADO POR EL REGIMEN REGULATORIO DE LA INDUSTRIA Y COMERCIALIZACION DE GAS DE PETROLEO.
Fecha: 13/03/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 9
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Exhortar al Poder Ejecutivo
Nacional a que a través de la Jefatura de Gabinete de Ministros reasigne partidas
presupuestarias para integrar el FONDO FIDUCIARIO creado por el artículo 46 de la ley
26020 - Régimen Regulatorio de la Industria y Comercialización de Gas Licuado de
Petróleo- para atender las necesidades de gas licuado de petróleo envasado de sectores
de bajos recursos, y financiar "un precio regional diferencial para los consumos
residenciales de GLP en garrafas de 10 kg., 12 kg. y 15 kg., en todo el territorio de las
provincias de Corrientes, Chaco, Formosa y Misiones, y norte de la provincia de Santa
Fe (desde Ruta Provincial Nº 98 Reconquista-Tostado hacia el Norte), hasta tanto esta
región acceda a redes de gas natural", según el inciso c) del artículo 44 de la ley
mencionada.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En la etapa de
desarrollo en que se encuentra el país es necesario un equilibrio social
integral de todas las regiones, que haga real aquello de que todos debemos
tener las mismas oportunidades. Para ello debemos, al instrumentar
políticas, tener bien presente que las normas vigentes se apliquen y
abarquen todo el territorio del país, que no puede haber diferencias entre
regiones o localidades.
Una de las
regiones más afectadas por esto es el Noreste, que cuando se privatizó Gas
del Estado fue la única en la que no se construyeron las redes para la
distribución de gas natural, y que por consiguiente el 100 % de las
poblaciones de Chaco, Corrientes, Formosa y Misiones son consumidores del
gas licuado de petróleo. No cuentan con otro sistema alternativo análogo de
energía; en consecuencia son los que han sufrido, junto a otras tantas
familias de escasos recursos y que viven en zonas alejadas y marginadas del
país, el peso abusivo del precio del GLP en todas sus formas de
comercialización, y el desabastecimiento del producto en diferentes épocas
del año.
Después de la
devaluación ha sido el producto que más ha aumentado su valor, sumado ya
a las desventajas, desprotección y discriminación como usuarios, las
empresas petroleras utilizando su posición dominante en el mercado
imponen arbitrariamente los precios afectando justamente a los sectores
más empobrecidos del país. Para evitar esta situación el Poder Ejecutivo
Nacional implementó la conocida garrafa social con el fin de atenuar estas
injusticias. Lamentablemente la implementación falló porque no se estableció
en todo el país. Esto ocurre en mi provincia donde en zonas como el
Impenetrable Chaqueño la garrafa la abonan a precios desmedidos
compatriotas con muchas necesidades al no existir bocas de expendio de las
mismas.
Hoy con una
crisis energética en ciernes, que agrava aún más la situación de los
consumidores de GLP, es el momento de comenzar a eliminar esos
desequilibrios.
En marzo de
2005 se promulgó la Ley 26020 estableciendo el Marco Regulatorio de la
Industria y Comercialización del Gas Licuado de Petróleo y creando el Fondo
Fiduciario para subsidios de Consumos Residenciales de GLP (artículo 44).
Hace tres años que debería haberse integrado el Fondo Fiduciario
mencionado siendo el Poder Ejecutivo Nacional el responsable de esta
inacción a través de la Secretaría de Energía de la Nación como autoridad de
aplicación. En Diciembre del 2007 el Congreso Nacional sancionó una
modificación de la Ley 26020 incluye un inciso en el artículo 45 -objeto del
Fondo Fiduciario para Subsidio de Consumos Residenciales de GLP-
subsidiando un precio regional diferencial para las provincias del NEA y el
norte de Santa Fé. Reconociéndose, de esta forma, lo expresado más arriba
de las diferencias entre compatriotas según en que región vive provocando
diferencial de todo tipo y estableciendo la existencia de argentinos de
primera y argentinos de segunda.
Por lo expuesto, Sr.
Presidente, solicitamos el urgente tratamiento del presente proyecto que es
de una necesidad imperiosa y presente que no permite dilaciones.
Firmante | Distrito | Bloque |
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BAYONZO, LILIANA AMELIA | CHACO | UCR |
MORINI, PEDRO JUAN | SANTA FE | UCR |
PORTELA, AGUSTIN ALBERTO | CORRIENTES | UCR |
BEVERAGGI, MARGARITA BEATRIZ | CHACO | UCR |
URLICH, CARLOS | CHACO | UCR |
ARBO, JOSE AMEGHINO | CORRIENTES | PARTIDO LIBERAL DE CORRIENTES |
ITURRIETA, MIGUEL ANGEL | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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