Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 0631-D-2011
Sumario: "DIA DE LA CONMEMORACION ANUAL DE LAS VICTIMAS DEL HOLOCAUSTO". SE INSTITUYE COMO TAL EL 27 DE ENERO DE CADA AÑO Y LA INCORPORACION DE CONTENIDOS EN LA CURRICULA ESCOLAR.
Fecha: 14/03/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 8
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º.- Instituyese el día 27 de enero de cada año como "Día de Conmemoración Anual de las Victimas del Holocausto".
Artículo 2º.- Invítese a las Provincias a adherir a las disposiciones de la presente Ley.
Articulo 3º.- EL Ministerio de Educación de la Nación coordinará con los Ministerios de Educación de las Provincias que adhieran a la presente ley, la incorporación de los contenidos referentes al Holocausto a la currícula escolar vigente en todos los niveles de los establecimientos escolares de gestión estatal y privada.
Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El término "Holocausto", de raíz griega (holos = todo, kaustos = quemado), es decir "quemarlo todo", fue utilizado mayormente para referirse a cuestiones o relatos bíblicos, de allí que también se lo conoce como la Shoá , que en hebreo significa "La Catástrofe", "La Devastación".
El monje y cronista inglés Richard of Devizes utilizó la expresión "holocaust" en su narración de la coronación de Ricardo I de Inglaterra (Ricardo Corazón de León) en el siglo XII, refiriéndose a las matanzas de judíos en Londres.-
Desde el siglo XVI se utilizó la expresión "holocaust" en el idioma inglés para catástrofes extraordinarias de incendios con gran cifra de víctimas y a partir del siglo XVIII la palabra adquiere un significado más general de muerte violenta de gran número de personas.
Por ello, Winston Churchill usó la expresión "holocaust" en su publicación ¨El mundo en crisis¨ en referencia al Genocidio armenio en Turquía (The World in Crisis, volume 4: The Aftermath, New York, 1923, p. 158).
En relación a este trágico acontecimiento podemos señalar que el mismo comprende un periodo histórico amplio, que abarca desde el año 1890 hasta 1923, pero donde realmente se produce el genocidio como plan sistemático, deliberado y planificado, que casi pone en riesgo la supervivencia total del pueblo armenio, fue durante la Primera Guerra Mundial, entre los años 1915 y 1918.
Allí es donde los jóvenes turcos, a través de su Partido Unión y Progreso y de un golpe de Estado, toman el poder e instauran un nacionalismo extremo, estableciéndose a partir de ese momento el genocidio por el que fueron asesinados más de 300.000 armenios.
Pero será en la Segunda Guerra Mundial cuando el término "Holocausto" tome una dimensión global, pues será el nombre que se aplica al genocidio de aproximadamente 6 millones de judíos, aparte de unos 800.000 gitanos, 4 millones de prisioneros de guerra soviéticos o víctimas de la ocupación (fueron también objeto de exterminio sistemático), polacos e individuos calificados de varias nacionalidades (presos políticos, homosexuales, discapacitados físicos o psíquicos, delincuentes comunes, etc.).
El uso de la expresión "holocaust" en referencia al plan de Adolf Hitler para la exterminación de los judíos esta recogido en un artículo de diciembre 1942 del diario ¨News Chronicle¨.
En enero de 1945, los soviéticos liberaron Auschwitz, el campo de concentración y exterminio más grande instaurado por el nazismo en suelo polaco, mostrando al mundo las terribles secuelas que el odio, la intolerancia, el fanatismo, el racismo infligieron en millones de personas y por ende en la Humanidad en su conjunto.
Ante el avance ruso en Polonia y a fin de ocultar el genocidio perpetrado, el régimen nazi había forzado a la mayoría de los prisioneros de Auschwitz en las marchas de la muerte, y cuando los soldados soviéticos entraron al campo encontraron vivos a solamente algunos miles de prisioneros hambrientos.
Los campos nazis de exterminio cumplieron la función exclusiva del asesinato en masa. A diferencia de los campos de concentración, que servían primariamente como centros de detención y trabajo, los campos de exterminio eran casi exclusivamente fábricas de muerte. La eliminación física de los judíos se realizó de forma sistemática, meticulosa y efectiva conforme a una estrategia bien elaborada, más de tres millones de judíos fueron asesinados en los campos de exterminio, con gas y fusilamiento.-
Así se instrumentó la "Solución Final", nombre en clave del régimen nazi para su deliberado y planificado asesinato en masa de todos los judíos europeos-
Casi todos los deportados que llegaban a los campos eran mandados inmediatamente a las cámaras de gas. Para la primavera de 1943 Auschwitz operaba cuatro cámaras de gas (usando ácido prúsico o Zyklon B). Al culminar las deportaciones, hasta ocho mil judíos eran gaseados cada día, para noviembre de 1944, más de un millón de judíos y decenas de miles de gitanos, polacos, y prisioneros de guerra soviéticos habían sido asesinados.
Los campos de concentración nazis fueron establecidos como lugares donde los reclusos eran utilizados como mano de obra esclava hasta que morían por agotamiento o enfermedad. Allí donde los nazis conquistaban nuevos territorios al este de Europa, escuadrones especializados llamados Einsatzgruppen asesinaban judíos y oponentes políticos en fusilamientos masivos. Los judíos y los gitanos fueron encerrados en ghettos antes de ser transportados por centenas o millares por trenes de carga hacia campos de exterminio donde, si sobrevivían al viaje, la mayoría de ellos eran asesinados en cámaras de gas. Todo el aparato burocrático nazi estuvo involucrado en la logística del asesinato masivo, convirtiendo al país en lo que Michael Berembaum ha llamado "un Estado genocida".
Precisamente el término "genocidio", combinando geno-, término griego que significa raza o tribu, con -cidio, del sufijo latino que significa matar, fue creado en 1944 por el abogado polaco Judío Rafael Lemkim intentando describir la política nazi de cometer asesinatos en forma sistemática, incluyendo el objetivo de eliminar a la comunidad judía europea.
Al proponer este nuevo término, Lemkin se refería a "un plan coordinado compuesto por diferentes acciones que apuntan a la destrucción de los fundamentos esenciales de la vida de grupos nacionales, con el objetivo de aniquilar dichos grupos".
En 1945 el Tribunal Militar Internacional de Nuremberg acusó a los principales nazis de "crímenes contra la humanidad". La palabra "genocidio" se incluyó en el acta, pero como un término descriptivo y no legal.
Lemkim afirmaba "El problema ahora apunta a establecer si es un crimen que sólo tiene importancia nacional, o un crimen en el cual la sociedad internacional en cuanto tal debería estar vitalmente interesada....... Por su precisa naturaleza legal, moral y humanitaria, debe ser considerado un crimen internacional. La conciencia de la humanidad ha sido sacudida por este tipo de barbaridades en masa."
"Una vez que hemos reconocido las implicaciones internacionales de las prácticas genocidas, debemos crear la estructura legal para el reconocimiento del genocidio como crimen internacional (delicta juris gentium). La principal característica de un crimen internacional es el reconocimiento de que por causa de su importancia internacional debe ser punido y punible a través de la cooperación internacional. El establecimiento de la maquinaria internacional para este sancionamiento es esencial".
La historia, los hechos históricos, los aporte teóricos y doctrinarios y el afán de evitar en el futuro nuevas atrocidades como las relatadas dan lugar a la aprobación el 9 de diciembre de 1948 por la Asamblea General de las Naciones Unidas de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, que establece: "Considerando que la Asamblea General de las Naciones Unidas, por su resolución 96 (I) de 11 de diciembre de 1946, ha declarado que el genocidio es un delito de derecho internacional contrario al espíritu y a los fines de las Naciones Unidas y que el mundo civilizado condena, reconociendo que en todos los períodos de la historia el genocidio ha infligido grandes pérdidas a la humanidad, convencidas de que para liberar a la humanidad de un flagelo tan odioso se necesita la cooperación internacional.
Las Partes contratantes confirman que el genocidio, ya sea cometido en tiempo de paz o en tiempo de guerra, es un delito de derecho internacional que ellas se comprometen a prevenir y a sancionar.-
Se entiende por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal:
a) Matanza de miembros del grupo;
b) Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo;
c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial;
d) Medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo;
e) Traslado por fuerza de niños del grupo a otro grupo."
Por Resolución 60/7 del 1 de noviembre de 2005 La Asamblea General de la ONU decidió designar al 27 de enero Día Internacional de Conmemoración anual de las víctimas del Holocausto. La iniciativa fue auspiciada por Australia, Canadá, Israel, Rusia y Estados Unidos, y más tarde se sumaron unos 90 países, entre ellos Argentina.
El 27 de enero es la fecha en que se conmemora la liberación de los campos de concentración nazis en Europa, en 1945.
La resolución insta a los Estados miembros a elaborar programas educativos que inculquen a las generaciones futuras las enseñanzas del Holocausto, para prevenir actos de genocidio.
Enseñar acerca del Holocausto ayuda a combatir los mecanismos clasificatorios que dan lugar a la exclusión, a la discriminación y a la xenofobia y permite construir una ciudadanía reflexiva, responsable, solidaria y esencialmente democrática.
Es trascender los límites de la historia acumulada en aras de la construcción de una sociedad y de un futuro mejor, basado en valores tales como la dignidad humana, el respeto a la diversidad, la justicia, la convivencia, la promoción de los derechos civiles y el ejercicio de la ciudadanía.-
Además rechaza toda negación de ese hecho histórico y condena las manifestaciones de intolerancia religiosa, incitación, acoso o violencia contra personas o comunidades sobre la base de su origen étnico o sus creencias.
En los fundamentos de la Resolución 60/7 la Asamblea General, "reafirma la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que proclama que toda persona tiene todos los derechos y libertades enunciados en ella, sin hacer distinción alguna por motivos de raza, religión o de ninguna otra índole; ...afirma que todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona;... toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión;... el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad".
Nuestro país, que ha sabido y sufrido a un "Estado Genocida", pero que también ha podido enarbolar las banderas de los derechos humanos y la justicia con fuerza y compromiso, que ha hecho de la memoria una herramienta fundamental para evitar que sucesos como los vividos puedan jamás reiterarse en nuestro suelo patrio, ha extendido esta política hacia las víctimas del holocausto.
Así, por medio del Decreto 157/2010 se declaró de interés nacional el "Día Internacional de Conmemoración Anual en Memoria de las Víctimas del Holocausto" que tiene como objetivo central el de rendirle homenaje al día de la liberación por parte del ejército soviético del mayor campo de exterminio nazi en los complejos de Auschwitz y Birkenau, ubicados en la República de Polonia en el año 1945.
En la provincia de Córdoba, el Proyecto de Ley Número 1929/L/08, presentado por la legisladora María Amelia Chiófalo, se convirtió en la Ley, la cual establece en su artículo 1º, dentro de la Provincia de Córdoba, la conmemoración anual de las víctimas del holocausto.
El peso propio de los hechos, nuestra historia reciente, la legislación provincial, nacional e internacional en la materia y la necesidad de fortalecer y apuntalar la lucha constante por la más amplia vigencia de los derechos humanos se convierten en razones fundamentales del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
FORTUNA, FRANCISCO JOSE CORDOBA CORDOBA FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)
EDUCACION
LEGISLACION GENERAL