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PROYECTO DE TP


Expediente 0590-D-2014
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA QUE EL MINIMO NO IMPONIBLE Y LAS EXENCIONES O DEDUCCIONES PERSONALES QUE ESTAN INCLUIDAS EN LA LEY DE IMPUESTOS A LAS GANANCIAS, SEAN ACTUALIZADOS POR EL INDICE OFICIAL QUE REFLEJE EL GASTO DE VIDA DE LOS TRABAJADORES EN RELACION DE DEPENDENCIA .
Fecha: 12/03/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 6
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Que el mínimo no imponible y las exenciones o deducciones personales que están incluidas en la ley de impuesto a las ganancias serán actualizados por el índice oficial que refleje el incremento de gasto de vida de los trabajadores en relación de dependencia.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La característica definitoria del impuesto a las ganancias conlleva la noción de renta que se refiere a un beneficio neto y debe diferenciarse de los impuestos que alcanzan simples ingresos o entradas, o sea, el beneficio bruto. Ello significa la deducción de los costos y los gastos que son cargas necesarias del ingreso. Las exenciones o deducciones personales (mínimo no imponible y cargas de familia) así como la progresividad de las tasas, son notas salientes que universalmente caracterizan también al gravamen.
El fundamento del impuesto a las ganancias es gravar los beneficios como tales independientemente de los capitales o fuentes de rentas que lo generan considerando que con ello se obtiene una medida ideal de la capacidad contributiva de los beneficiarios que los perciben, lo que permite una óptima aplicación del principio de equidad en la imposición.
Para que este principio de equidad se mantenga en el tiempo y para evitar las distorsiones que provoca la actualización de una de las variables (salario) en la situación patrimonial de los empleados se debe medir la renta en moneda homogénea (salarios y gastos) ya que, la ley de ganancia ha asimilado al concepto de gasto el monto no imponible y las deducciones personales para las rentas de empleados o trabajadores.
Es por ello que se torna indispensable hacer una actualización del mínimo no imponible y las exenciones o deducciones personales que están incluidas en la ley de impuesto a las ganancias con el índice que objetivamente refleje el incremento de gasto de vida de los trabajadores en relación de dependencia.
De esta manera no se vería afectada la utilidad neta de los trabajadores ya que estos no tienen posibilidad de traslado alguno a otra variable económica como si tienen las empresas (aumento de precios, reducción de costos o gastos, etc.), salvo la resignación de satisfacer las necesidades básicas del trabajador y su grupo familiar.
Por lo expuesto, solicito a mis pares me acompañen con su firma en el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
JUAREZ, MYRIAN DEL VALLE CATAMARCA FRENTE CIVICO Y SOCIAL DE CATAMARCA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)