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PROYECTO DE TP


Expediente 0580-D-2012
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA GESTION AMBIENTAL DE LA ACTIVIDAD PESQUERA.
Fecha: 09/03/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 6
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, a través de los órganos que considere pertinente, en base a lo expuesto en los expedientes 124/04, 017/08, 009/11 de la Auditoría General de la Nación, sobre el control de gestión ambiental de la actividad pesquera, para que informen los siguientes puntos:
1. Medidas instrumentadas para evitar los excesos en la explotación del recurso pesquero y asegurar su explotación sustentable.
2. Sobre el control de la actividad pesquera, cuáles son las medidas adoptadas en relación a las siguientes observaciones:
a) Inconsistencia en la carga de datos;
b) Desactualización de los registros y de la información periódica;
c) Calidad de vigencia de los Permisos de Pesca y controles a las embarcaciones autorizadas;
d) Funcionamiento de los mecanismos de control del esfuerzo pesquero;
e) Sobre los regímenes disciplinarios vigentes;
3. Sobre los buques, qué medidas han sido implementadas respecto de las observaciones que se detallan:
a) Exceso de capturas por sobre el cupo autorizado en su permiso de pesca y su relación con los índices de Capturas Máximas Permisibles;
b) Capturan especies no contempladas en su permiso;
c) Con los buques que pasan períodos de inactividad significativa sin intervención de autoridad competente;
d) Uso de dispositivos de selectividad de las capturas;
4. Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero:
a) Medidas adoptadas para mejorar su funcionamiento a fin de realizar una investigación científica profunda de las especies y lograr la realización de informes específicos a tiempo para fijar las Capturas Biológicamente Aceptables;
5. Consejo Federal Pesquero:
a) Metodología para la confección del índice de Captura Máxima Permisible;
b) Influencia del índice de Captura Biológicamente Aceptable sobre el índice de Captura Máxima Permisible;
Ante todas las observaciones informadas se considera pertinente deslindar y efectivizar las correspondientes responsabilidades.
6. Puntualmente, de las recomendaciones de la A.G.N. y la regularización de la actividad pesquera, qué medidas se han tomado para:
a) Contar con los informes del INIDEP para cada Stock en tiempo y forma. Recomendar al Consejo Federal Pesquero que la Captura Máxima Permisible se ajuste a la Captura Biológicamente Aceptable fijada por el INIDEP y efectivizar los controles para evitar que las capturas superen estos índices.
b) Aumentar las áreas de veda permanente y/o áreas de veda transitoria. Controlar en todas las áreas de pesca permitida el uso de dispositivos de selectividad.
c) Profundizar las negociaciones bilaterales con Uruguay con la finalidad de no interrumpir el ciclo de vedas estacionales durante los meses de invierno.
d) Implementar los mecanismos a fin de acelerar la tramitación de expedientes. Hacer cumplir los regímenes disciplinarios vigentes. Implementar medidas positivas para aquellas empresas que no registren ilícitos ni sanciones.
e) Implementar el Registro de Reincidentes y de Antecedentes de infractores a las disposiciones de la ley 24.922, a fin de aplicar el régimen sancionatorio correspondiente y evitar otorgar permisos de pesca a embarcaciones con historial en pesca ilegal, no declarada o no reglamentada.
f) Reducir los errores en la declaración de captura, la subdeclaración y el descarte y lograr una aplicación efectiva del régimen sancionatorio.
g) Particularmente, con respecto al Calamar illex, se recomienda profundizar la investigación científica sobre el mismo, ya que su abundancia depende de las condiciones del ambiente y de lapsos interanuales para su desarrollo.
h) Se recomienda fortalecer el sistema sumarial para que se cumpla en tiempo y forma con el régimen disciplinario e implementar medidas de carácter positivo para las empresas que no registren ilícitos. Cumplir de manera indefectible la parada automática de 30 días para los buques que merezcan dicha sanción.
i) Dotar al departamento de análisis de infracciones y sanciones del personal necesario para atender a la demanda de expedientes, dotar al área de una mesa de entradas propia e independiente y Modernizar el sistema informático.
j) Sobre la inspección: Realizar un exhaustivo seguimiento de la actuación de los inspectores a fin de sancionar a los que actúen de mala fe o no cumplan con sus funciones. Impulsar la utilización de registros fotográficos y/o videos como alternativa al control de las operaciones de pesca para asegurar la efectiva utilización de los dispositivos de selectividad vigentes. Dotar al área de un sistema informático confiable y seguro en el cual quede registrado el historial de cada uno de los buques y de los inspectores, de manera tal que se pueda realizar el seguimiento de su actividad. Permitir el acceso a la información necesaria para liberar únicamente los buques en regla.
k) Dotar los mecanismos para controlar eficazmente las descargas, reanudar el control de tallas en las descargas y realizar abordajes sorpresivos conjuntamente con el personal de PNA.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Conforme lo establece la ley 24.922: "La Nación Argentina fomentará el ejercicio de la pesca marítima en procura del máximo desarrollo compatible con el aprovechamiento racional de los recursos vivos marinos. Promoverá la protección efectiva de los intereses nacionales relacionados con la pesca y promocionará la sustentabilidad de la actividad pesquera, fomentando la conservación a largo plazo de los recursos, favoreciendo el desarrollo de procesos industriales ambientalmente apropiados que promuevan la obtención del máximo valor agregado y el mayor empleo de mano de obra argentina."
Asimismo la ley 24.315 ("Acuerdo sobre las relaciones en materia de pesca marítima con la Comunidad Económica Europea."): la nación ha acordado los limites de captura, en particular, para las especies Merluza hubbsi, Merluza de cola, Bacalao criollo y Calamar illex.
En base a los informes realizados por la Auditoria General de la Nación en los años 2004, 2008 y 2011, la actividad pesquera se encuentra en un momento deplorable en el ámbito de control y seguimiento. No se cumplen los regímenes disciplinarios vigentes, ni resoluciones que reglamentan sobre los excesos de captura y su castigo. No se respeta el uso de dispositivos de selectividad, causa de la alta tasa de mortalidad de los juveniles. Los infractores toman las sanciones como un costo más de la actividad pesquera y reinciden en el delito. El sobredimensionamiento del esfuerzo pesquero sin respetar los límites y métodos necesarios, deja en riesgo la conservación del recurso.
El Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero no cuenta con los medios para aportar a la administración las investigaciones necesarias para conocer la situación en tiempo y forma. Esta es una situación que debe regularizarse de manera inmediata, ya que sin una investigación profunda y precisa, la actividad pesquera puede estar afectando seria e irreversiblemente al recurso.
Según los informes, en los periodos en los que se elaboraron, la biomasa reproductiva de algunas especies se encuentra en una disminución considerable, afectando y poniendo en riesgo la existencia de estas especies. La situación del recurso pesquero amerita un mayor control y un seguimiento de la actividad para la conservación a largo plazo.
Ante la falta de capacitación de los inspectores se elaboran mal los informes y no se labran actas sobre las situaciones irregulares. Hay inconsistencias sobre el control de las capturas declaradas. No se cuenta con el acceso de la información para todas las autoridades de control a fin prevenir de manera efectiva y de desalentar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada.
La situación en el Stock norte es sumamente grave, las vedas estacionales reglamentadas en la zona común no han sido suficientes para proteger a este recurso y por lo tanto deben tomarse medidas más efectivas inmediatamente.
Conforme los informes mencionados al inicio, los límites de Captura Biológicamente Aceptable no han sido respetados en los últimos 5 años. En este periodo el índice puesto por el Consejo Federal de Pesca, Captura Máxima Permisible, ha superado a los índices de Capturas Biológicamente Aceptable, y en algunos casos también las capturas totales han superado a ambos índices.
La situación actual de la Merluza hubbsi continúa siendo preocupante. Entre las causas principales se encuentra la alta tasa de mortalidad de los juveniles producida por el sobredimensionamiento del esfuerzo pesquero y la falta de uso de dispositivos de selectividad de las flotas que operan en esta actividad. Con respecto al Calamar Illex, su abundancia depende de las condiciones del ambiente y de lapsos interanuales para su desarrollo, situación que obliga a profundizar la investigación científica sobre el tema.
En relación a la Merluza común, los informes dan cuenta de:
Stock Norte: En el año 2006, la Captura Declarada argentina en conjunto con la uruguaya y la brasilera, se mantuvo debajo de la Captura Máxima Permisible y de la Captura Biológicamente Aceptable. En los períodos siguientes, años 2007,2008 y 2009, la Captura Declarada conjunta solo se mantuvo debajo de la Captura Máxima Permisible, superando la Captura Biológicamente Aceptable. Esta situación del recurso pesquero nos lleva a que, no solo la biomasa total, sino que también la biomasa reproductiva están amenazadas en su capacidad de reproducción y de recuperar los niveles de equilibrio. Se necesita urgentemente reducir la presión de pesca para recuperar la biomasa total y la reproductiva.
Stock Sur: En el período 2006 - 2009, con excepción del año 2008, la administración pesquera ha establecido índices de Captura Máxima Permisible altamente superiores a los índices de Captura Biológicamente Aceptable recomendadas por las investigaciones científicas. Además las Capturas Declaradas superaron al índice Captura Máxima Permisible en todo este periodo. En estos años no se han utilizado dispositivos selectivos en muchas de las embarcaciones. Como consecuencia de ello, entre un 20% o 30% de las capturas de esa especie son juveniles que se descartan.
El Estado nacional debe garantizar que no existan excesos en la explotación del recurso pesquero y asegurar su explotación sustentable para generaciones futuras.
La legislación vigente sobre pesca regula a la actividad sobre límites de captura, artes de pesca, permisos de pesca para las empresas, sus derechos y obligaciones, zonas de veda permanente o transitoria, para cada especie, y, los dispositivos de selectividad vigentes para cualquier tipo de pesca; establece que la autoridad de aplicación (Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, Dirección Nacional de Coordinación Pesquera, Dirección Nacional de Planificación Pesquera), los entes reguladores (Coordinador del Área de Análisis de Infracciones y Sanciones, Responsable de la Dirección de Administración y Fiscalización, etc.), los mecanismos de control, los medios para su buen funcionamiento y la investigación necesaria para la evaluación y conservación del recurso marítimo (Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero) son los responsables de cumplir su cometido.
Dada la gravedad de las observaciones detectadas por la A.G.N., en los informes a los que se ha hecho mención y que ponen en serio riesgo una actividad muy importante y sensible a la economía y alimentación de nuestro país, resulta ineludible adoptar de manera urgente las medidas indispensables para garantizar la conservación y adecuada explotación de nuestra riqueza ictícola.
Por todas las razones expuestas anteriormente solicitamos el voto afirmativo para el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GIL LAVEDRA, RICARDO RODOLFO CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
JURI, MARIANA MENDOZA UCR
ALVAREZ, ELSA MARIA SANTA CRUZ UCR
TUNESSI, JUAN PEDRO BUENOS AIRES UCR
BAZZE, MIGUEL ANGEL BUENOS AIRES UCR
FIAD, MARIO RAYMUNDO JUJUY UCR
SACCA, LUIS FERNANDO TUCUMAN UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS (Primera Competencia)