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PROYECTO DE TP


Expediente 0576-D-2007
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA DECLARACION DE EMERGENCIA DEL FERROCARRIL BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA - DECRETO 446/06 -, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 14/03/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 10
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar el Poder Ejecutivo Nacional que, a través del organismo que corresponda, informe respecto de la declaración de emergencia del FF. CC. Belgrano Cargas Sociedad Anónima (Decreto 446/2006), el llamado a licitación para adecuar la composición accionaria de la concesión del mencionado servicio (Decreto 24/2004; Resolución 454/2004; Resolución 1277/2005) y la posterior presentación por parte de la Unión Ferroviaria de una nueva propuesta de recomposición accionaria sin llamado a licitación, lo siguiente:
1- ¿Por qué el Contrato de Concesión de la empresa BELGRANO CARGAS SOCIEDAD ANONIMA no ha sido incluido en el listado de empresas sujetas a renegociación en el marco de la Ley Nº 25.561?.
2- ¿Por qué no se tomó ninguna acción ante los incumplimientos de la Unión Ferroviaria?
3- ¿Son las condiciones actuales de negociación más flexibles y permisivas que las estipuladas por el llamado a licitación declarado desierto por la resolución 1277/2005? En caso de respuesta afirmativa explique por qué no se realiza un nuevo llamado a licitación pública.
4- El plazo de emergencia establecido por el decreto 446/2006 supera al plazo dado por la ley de emergencia 25561, prorrogada por la ley 26067 ¿cómo se compatibiliza esto?
5- ¿De qué monto es el subsidio mencionado en al artículo 2º del decreto 446/2006?¿En qué plazo debe desembolsarse el mismo?
6- ¿Quién manejará este subsidio?¿La concesionaria o la Secretaría de Transporte?
7- ¿Quién controlará la aplicación del subsidio?
8- Por el artículo 5º del decreto 446/2006 se le otorga a la Secretaría de Transporte la facultad de modificar el contrato de concesión. Si, a su vez, es operadora del FF. CC., ¿son compatibles estas dos funciones simultáneas en el tema de la transferencia del paquete accionario? Justifique su respuesta.
9- La licitación caída se enmarcaba dentro de lo estipulado por el Artículo 16 de la Ley 23696. ¿Cumple la nueva propuesta que analiza el Poder Ejecutivo nacional con este artículo?
10- Si tiene éxito la nueva propuesta y asume el grupo empresario interesado:
a)¿Se va hacer cargo este grupo empresario de todos los trabajadores?
b)¿El Estado va a seguir subsidiando el pago de los sueldos de estos trabajadores?
11- ¿Cuál será el esquema de garantías y obligaciones patrimoniales que se van a exigir a los futuros concesionarios?
12- Si van a participar de la composición accionaria el Estado Nacional y 14 Estados Provinciales ¿Por qué no se hace una empresa de mayoría estatal? Justifique su respuesta.
13- Si existe un Convenio de Gerenciamiento, provéanos de una copia del mismo.
14- Si existe un Plan de Emergencia con las obras prioritarias, provéanos de una copia del mismo y detalle las inversiones que se hayan realizado.
15- Si existe un Plan de Equipamiento, provéanos de una copia del mismo y detalle las inversiones que se hayan realizado.
16- ¿Integra al grupo empresarial interesado en la concesión y presentado por la Unión Ferroviaria la empresa a la que se le revocó la concesión del Correo Argentino debido a sus reiterados incumplimientos?
17- Si se ha firmado un convenio de gerenciamiento con el grupo empresario liderado por el grupo Macri. En caso afirmativo, informe lo siguiente:
a) Detalle de todo lo concerniente al mismo y provéanos de una copia de dicho convenio.
b) Si se ha creado una Sociedad Operadora de Emergencia Sociedad Anónima (SOE). En caso afirmativo informe cómo esta conformada esta sociedad y cuáles son sus funciones, derechos y obligaciones.
c) Informe quién se hará cargo de todos los gastos operativos, de las obras prioritarias, del personal y de las reparaciones del material tractivo y rodante como así también de las inversiones del programa de emergencias de la empresa, durante la gestión de la Sociedad Operadora de Emergencia Sociedad Anónima.
d) Si la Sociedad Operadora de Emergencia Sociedad Anónima recibirá algún tipo de retribuciones por la tarea que se le pudiere encomendar.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Por más de 15 años las provincias argentinas del Norte Grande Argentino han estado reclamando que el gobierno nacional haga algo para mejorar la capacidad y eficacia de la red de trocha métrica de más de 10.000 km del Ferrocarril General Belgrano (FCGB), actualmente concesionado a la Unión Ferroviaria (UF).
Hoy, la región del NOA produce alrededor de 7 millones de commodities y aún cuando las tarifas de carga ferroviaria son alrededor de un 25% más bajas que las del transporte automotor, solo un 20% de la producción utiliza este modo.
Un alto porcentaje de este tráfico se desplaza hasta la ciudad de Tucumán donde es transferida a las vías del Nuevo Central Argentino (NCA), para proseguir viaje hasta los puertos de Rosario y Buenos Aires.
Es evidente que una trocha métrica eficiente que enlace las provincias del norte con los puertos de Formosa, Barranqueras, Santa Fe y Rosario, es fundamental para asegurar el futuro del desarrollo de la región.
Es sabido que el ferrocarril es de fundamental importancia cuando se trata de transportar grandes volúmenes de producción de bajo valor agregado a distancias del orden y mayores a los 1000 km.
Finalmente , a fines de 2002, y luego de múltiples idas y vueltas, el gobierno nacional decidió actuar. El 8 de enero de 2004 se promulgó un decreto autorizando al Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios (MINPLAN) a reprivatizar la concesión de la empresa Belgrano Cargas SA (BCSA) controlada por la Unión Ferroviaria.
En línea con estos objetivos se designó al Banco de Inversión y Comercio Exterior SA (BICE) como agente financiero y consultor durante el proceso de reprivatización.
Hasta la fecha la concesión controlada por el gremio Unión Ferroviaria ha resultado ser una de las concesiones que peor desempeño ha tenido en relación a las demás privatizadas durante la década de los noventa.
Mientras el proceso reprivatizador estaba dando sus primeros pasos, varios grupos económicos hicieron pública su intención de participar del proceso con vistas a obtener una participación mayoritaria en la concesión.. Desde los inicios de este proceso , se destacaron dos fuertes grupos económicos interesados por competir por el control de la concesión: el primero de ellos liderados por la Aceitera General Deheza (AGD), con el acompañamiento de la Asociación de Cooperativas Argentinas. El otro grupo estaba conformado por Genesee & Wyoming, a través de su subsidiaria boliviana Ferrocarril Oriental (FO), Celsur Logística y las cerealeras Cargill, Dreyfus y Noble Grain. Las brasileñas América Latina Logística y la poderosa Companhia Vale do Rio Doce también mostraron algún interés, perro se retiraron cuando se encontraron con un pliego de condiciones extremadamente complicado y ambiguo.
Finalmente Cuando se produjo el lanzamiento oficial del proceso, el pliego de bases y condiciones fue adquirido por AGD, FO, Roggio. Emepa y FEVE (la empresa española de Ferrocarriles de Vía Estrecha), autorizándolos a ofertar por el 75% deel paquete accionario del BCSA. En términos generales la UF retendría el 220% , el gobierno nacional se quedaría con el 1% y la acción de oro y el restante 4% estaba presumiblemente reservado a las provincias.
Cuando los potenciales oferentes comenzaron a analizar detenidamente la letra chica de las bases y condiciones, se encontraron con una serie de cláusulas que en su opinión tornaban a la licitación en un proceso extremadamente complicado.
Luego de varias demoras y postergaciones, las ofertas fueron finalmente recibidas el 25 de febrero de 2005. Solo dos de los oferentes presentaron sus ofertas por la concesión. Uno de los grupos estaba conformado por Emepa, Maderas Duras del Norte SA y la empresa de origen belga Transturb Consult. El grupo Roggio fue el otro oferente.
Tanto Roggio como Emepa condicionaron sus ofertas. Estos condicionamientos estaban referidos a la revisión de algunas de las más importantes cláusulas contenidas en los términos de referencia, relacionadas con las mayorías especiales y los privilegios otorgados a la Unión Ferroviaria y al plan de inversiones.
Un mes después se desestimó la oferta del grupo Roggio, pero Emepa sostuvo sus condicionamientos, lo que motivó que la licitación se declare desierta.
Luego de varios meses se dictó el decreto 446/2006, declarando la emergencia del FF.CC Belgrano Cargas y abriendo, en forma polémica, la puerta a una negociación directa con un grupo empresario propuesto por la Unión Ferroviaria.
Mientras todo esto sucede el Ferrocarril Belgrano Cargas sigue siendo operado en forma deficiente y los cargadores de las provincias del norte argentino deberán seguir pagando costos de transportes que tornan poco competitivas a sus productos.
Por los motivos expuestos solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
STORERO, HUGO GUILLERMO SANTA FE UCR
NIEVA, ALEJANDRO MARIO JUJUY UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)