PROYECTO DE TP
Expediente 0569-D-2015
Sumario: PROGRAMA NACIONAL DE TUTORIAS EN EL NIVEL DE EDUCACION SUPERIOR. CREACION.
Fecha: 09/03/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 6
El Senado y Cámara de Diputados...
Programa Nacional de Tutorías en el
nivel de Educación Superior
CAPÍTULO I
De su
institución
Artículo 1º.-
Créase el Programa Nacional de Tutorías en el nivel de Educación
Superior como extensión orgánica del Sistema Educativo Nacional, en
el marco de las leyes 26.206 -Ley de Educación Nacional-, 24.521 -Ley
Nacional de Educación Superior-, 26.058 -Ley de Educación Técnico-
Profesional- y 26.075 -Ley de Financiamiento Educativo-.
De su objeto
Art. 2º.- El
Programa Nacional de Tutorías en el nivel de Educación Superior tiene
por finalidad colaborar con el fortalecimiento de las acciones en
desarrollo por parte de cada Institución, tendientes a promover la
igualdad educativa, a través de distintas actividades de apoyo y
orientación, las cuales aporten valía a los estudiantes para la
culminación de sus estudios superiores.
De su
definición
Art. 3º.- A los
efectos de la presente ley, se considera Programa Nacional de Tutorías
en el nivel de Educación Superior al conjunto de procedimientos,
actividades y ejercicios optativos, de carácter pedagógico, técnico,
orientativo y formativo, tendientes a colaborar con la adaptación,
inclusión, integración, formación y especialización en el desarrollo
profesional, de las/los alumnos que se encuentren realizando estudios
en las instituciones de nivel superior.
De su
extensión
Art. 4º.- El
Programa Nacional de Tutorías en el nivel de Educación Superior se
constituye como una estrategia de desarrollo gradual, la cual se inicia
con el ingreso e inclusión de la persona dentro de la Institución de
Educación Superior, y culmina cuando el estudiante egresa.
De sus
destinatarios
Art. 5º.- El
Programa Nacional de Tutorías en el nivel de Educación Superior está
destinado a estudiantes de universidades, institutos universitarios e
instituciones de nivel superior y gestión estatal, definidas en el artículo
5º de la ley 24.521.
De sus
objetivos de gestión
Art. 6º.- Son
objetivos de gestión del Programa Nacional de Tutorías en el nivel de
Educación Superior:
a) Estimular la inclusión,
adaptación e integración del estudiante ingresante, facilitando su
interacción, participación y desenvolvimiento en la vida universitaria o
de estudios superiores.
b) Colaborar con el
desarrollo de habilidades intelectuales, técnicas y prácticas en los
estudiantes, mediante la implementación de herramientas pedagógicas
en espacios de intercambio personalizado.
c) Promover y orientar al
estudiante a desarrollar estrategias y técnicas de estudio, en la
selección de actividades extracurriculares, en el diseño de la
trayectoria curricular más adecuada acorde a los recursos,
necesidades, capacidades y expectativas que puedan mejorar su
formación, articulando con las instancias existentes de apoyo.
d) Promover la integración
de los estudiantes en las comunidades, sectores profesionales y el
sistema productivo.
CAPÍTULO II
Autoridad de
aplicación
Art. 7º.- El
Ministerio de Educación es la autoridad de aplicación de la presente ley
y debe ejecutar, controlar, evaluar y establecer los procedimientos
para que las distintas instituciones de educación superior estatal
participen del programa, respetando la autonomía y autarquía de cada
institución. Así mismo se constituye en órgano de asistencia técnica
para las jurisdicciones que así lo requirieran.
CAPÍTULO III
De la
definición de las dimensiones en conjunto del Programa de
Tutoría en el nivel de Educación Superior
Art. 8º.- A los
efectos de la presente ley se considera que el conjunto de las
dimensiones del Programa de Tutorías en el nivel de Educación
Superior representa espacios de interacción donde se articulan
estrategias, propuestas y herramientas de trabajo con el objeto de
establecer diferentes niveles de avance respecto de la inclusión y
desarrollo de los estudiantes, atendiendo sus necesidades y
problemáticas relacionadas con los estudios superiores, incluyendo
dispositivos de orientación, información y formación.
De la
definición de los principios prioritarios de las
dimensiones.
Art. 9º.- Las
instituciones de educación superior de gestión estatal que presenten
proyectos en el marco del programa creado por esta Ley, deben
considerar, entre otras, las dimensiones cuyos principios prioritarios se
detallan en el presente artículo, evidenciando la pertinencia con el
proyecto institucional y garantizando los principios de autonomía y
autarquía de cada institución, que son los siguientes:
Principios de la
dimensión
1.-: Ingreso e Inclusión
a) Identificar las específicas
situaciones problemáticas que surjan en la etapa de ingreso al sistema
de educación superior de cada educando tutoriado.
b) Favorecer la pronta
integración del estudiante de nuevo ingreso.
c) Prevenir las situaciones
de abandono mediante el desarrollo de metodologías de contención.
d) Transformar al
espacio de tutoría en una instancia generadora de respuestas y
estrategias que acentúen la reflexión autónoma del alumno.
e) Generar información y
conocimiento relevante en el ámbito institucional, que puede abordarse
en aras de la identificación de situaciones conflictivas, problemáticas y
sus posibles ámbitos de actuación.
2.- Desarrollo educativo y
fortalecimiento de metodologías de aprendizaje
a) Apoyar el
aprendizaje disciplinar, privilegiando la comprensión y abordaje de los
casos problemáticos.
b) Evitar la tendencia
a centrarse exclusivamente en la adquisición del conocimiento
explícito, para valorar de igual forma la relevancia del conocimiento
tácito.
c) Desarrollar en el
educando tutoriado la capacidad para interactuar y afrontar situaciones
de complejidad.
d) Colaborar en la
selección y organización de contenidos teóricos de significativa
relevancia en la etapa de aprendizaje en que se encuentra el
estudiante tutoriado, como así también en la definición de planes para
la labor de estudio cotidiana, hecho que implica un proceso de
valoración de situaciones y de elección de alternativas a seguir.
e) Promover la
construcción de conocimientos y la adquisición de significados, los
cuales promuevan la capacidad de autorregular el propio aprendizaje,
planificando qué estrategias utilizar en cada situación.
3.- Orientación en las
distintas dimensiones institucionales administrativas
a) Facilitar
orientación sobre normativas académicas como trámites de matrícula,
inscripción a materias, la solicitud de equivalencias, materias
correlativas, becas y ayudas para el estudio y la elección del ciclo
superior de formación ente otros.
b) Proporcionar al
estudiante de reciente ingreso la asistencia necesaria para abordar con
éxito la inscripción a las diferentes asignaturas de estudio.
c) Orientar sobre las
modalidades de acceso a la información del sistema de organización de
la institución y su circuito administrativo.
4.- Fortalecimiento en los
saberes disciplinares
a) Orientar, plantear
situaciones problemáticas y analizar el trabajo de los estudiantes, más
allá de transmitir información.
b) Promover la
reflexión, el intercambio y la revisión de propuestas de enseñanza
planteadas como enunciados de trabajo a comprobar en la práctica,
acto que supone modificaciones, ajustes y reorientaciones.
c) Analizar el
progreso e innovación en ciclos curriculares en base a la correlatividad
de los saberes disciplinares.
d) Identificar y
abordar las razones y motivos de los logros y desaciertos.
e) Colaborar en la
creación de condiciones necesarias para prácticas extra-curriculares
sobre los saberes disciplinares, posibilitando la definición de
condiciones para su desarrollo efectivo.
f) Impulsar la
adquisición y fortalecimiento de los diferentes saberes disciplinares, los
cuales favorezcan que el estudiante tutoriado domine su propio
proceso de obtención del conocimiento específico y necesario para el
ejercicio de su profesión.
g) Orientar al
educando tutoriado hacia la elección de la especialidad, área de acción
o de ejercicio profesional, dentro de la ciencia, arte, técnica o disciplina
que estudia.
5.- Preparación, apoyo en
la presentación y defensa del Trabajo final integrado, de la tesis y/o de
su equivalente
a) Colaborar con el
educando tutoriado en la delimitación y objeto de estudio como así
también en la determinación del marco bibliográfico y los métodos de
investigación científica a implementar.
b) Orientar al
educando tutoriado con relación a los procesos de innovación en el
quehacer profesional, preparándolo para la utilización del conocimiento
avanzado en la delimitación y abordaje de su defensa final y / o de los
retos profesionales futuros.
c) Enseñar a
identificar el conocimiento necesario para apreciar el dinamismo que
puede experimentar su objeto de estudio, percibiendo la complejidad y
las diversas demandas técnicas y sociales que la investigación
requiere.
d) Promover el
aprendizaje de metodologías de sistematización que permitan delimitar
el problema planteado en la hipótesis, prever nuevas alternativas de
abordaje, visualizar las soluciones más favorables para analizarlas
críticamente y decidir entre ellas.
e) Impulsar al
educando tutoriado al desarrollo de capacidades que faciliten la
reflexión en la acción para adaptarse a múltiples contextos y
situaciones, desarrollando patrones para identificar y resolver
problemas de la manera más eficiente posible.
6.- Aportes para la
orientación profesional
a) Impulsar
procedimientos y acciones que guíen al educando tutoriado en el
proceso de identificación del / de los campo/s de desarrollo laboral
más relacionados con sus competencias y perfil profesional.
b) Potenciar la
posibilidad de que la/s experiencia/s de práctica/s profesional/es,
siempre que estén incluidas en el plan de estudio, den marco de origen
a nuevas investigaciones que permitan arribar a nuevos conocimientos.
c) Promover la
formación completa y continua de los educandos tutoriados de nivel
superior, instándolos a incorporarse en los espacios de creación del
conocimiento, el cual se adquiere mediante el trabajo conjunto con los
equipos de expertos, confrontados con retos complejos, planteados por
su práctica profesional innovadora.
De la
conformación de base de datos
Art. 10.- El
Ministerio de Educación, como autoridad de aplicación del Programa,
recopilará la información recabada en cada una de las instancias de
dimensiones por parte de las Instituciones de Educación Superior,
fijando la metodología de análisis y difusión de los datos
relevados.
Financiamiento
Art. 11.- Los
gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán
imputados a la partida presupuestaria del Ministerio de Educación -
Jurisdicción 70- del Presupuesto General de Gastos de la
Administración Pública.
Adhesión
jurisdiccional
Art. 12.- Invítese
a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la
presente ley.
Art. 13.-
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Las prácticas de Tutoría
en el Sistema de Educación Superior se presentan como un emergente
de imperiosa necesidad el cual precisa ser atendido, normado e
implementado, sobre la guía de una modalidad consensuada. Al
hablar de emergente hago referencia no solo a la necesidad de cambio
que pueda tener un sistema, en este caso el de un apéndice de la
Educación superior, sino también a la necesidad de prepararnos para
ese cambio.
Si consideramos que la
tutoría en el sistema de educación superior se funda en un conjunto de
actividades de carácter pedagógico, orientativo y formativo, tendientes
a colaborar con la adaptación, integración, desarrollo y especialización
profesional de los estudiantes que se encuentren realizando carreras
de grado en universidades e institutos universitarios, de gestión estatal
o privados, nacionales, provinciales o de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, y en instituciones de educación técnico profesional
correspondiente a la modalidad de la Educación Superior, esta
necesidad de orientación, colaboración, acompañamiento, seguimiento
y sostén se presenta como una petición imperiosa por parte de los
estudiantes a fin de no formar parte de la creciente estadística de
abandono antes de terminar el primer año de estudio, o de la pérdida
de rumbo al promediar la carrera.
En nuestro tiempo, el
ejercicio de la tutoría enfrenta el inmenso desafío de su
restructuración, con el propósito de trascender el ámbito áulico,
rompiendo con el carácter relativamente cerrado y acotado de las
actividades de orientación teóricas e investigativas, para aproximarse a
una gestión que relacione a los alumnos con los múltiples entornos de
interacción práctica, y al conocimiento situado y articulado con los
procesos de innovación.
La conquista de éste
desafío, facilitaría la creación de nuevos entornos de aprendizaje
donde la institución educativa, en palabras de Helfgot y Culp (1) sea "...
capaz de controlar, modificar, mejorar o abandonar sobre la marcha,
los programas que está llevando a cabo; crear nuevos servicios para
satisfacer las necesidades de los estudiantes; cuestionar premisas y
valores; investigar las conexiones existentes entre la visión que se
tiene del trabajo que se está haciendo y los valores y la actividad de
aprendizaje del día a día".
En tales entornos,
definen King y Baxter (2) , las dimensiones cognitivas y afectivas son
vistas por el docente tutor como partes de un proceso de "construcción
del conocimiento, adquisición de significado y conciencia del yo, partes
de trascendente importancia en el desarrollo del ser humano". Los
docentes tutores, frente a la aprobación e implementación de
iniciativas como la presente, tendrían la posibilidad de poder colaborar
con los estudiantes en el principio de reconocer que su aprendizaje "en
la clase" está directa e irreversiblemente relacionado con sus vidas
"fuera de las clases".
Dedicar un tiempo a
dialogar con los estudiantes sobre lo que aprenden y cómo lo hacen,
así como ayudarles a hacer conexiones, integrar y aplicar lo que están
aprendiendo a su vida o mundo real (3) , son formas de implicarse en su
aprendizaje.
El
documento The Student Learning Imperative (4) , recoge varios
apartados sobre la educación superior en los que sostienen que a
través del aprendizaje los estudiantes universitarios adoptarán un
sistema de valores basados en el proceso de su experiencia educativa
dentro y fuera de las instituciones de educación superior. De forma
destacada, un estudiante universitario tendrá "un sentido coherente de
identidad, autoestima, confianza, integridad, sensibilidad estética y
responsabilidad cívica".
La adopción de un
sistema de valores no tiene nada que ver con la incorporación de un
sistema rígido de creencias, sino más bien con la promoción de un
movimiento continuo hacia el fomento de la responsabilidad personal y
de la habilidad para regirse por principios éticos. En otras palabras, un
movimiento hacia la integridad individual e integración social.
En los temas que hay
múltiples perspectivas y respuestas diversas, los tutores pueden
ayudar a los estudiantes a comprender que los juicios de valor tienen
que hacerse no sólo para discernir qué es lo correcto sino también
para comprender que más de una perspectiva puede ser correcta.
La experiencia en
educación superior abarca tanto la vida dentro como fuera de la sede
educativa. El campo de educación superior es una comunidad donde
los estudiantes van a clase, hablan con sus profesores y con sus
compañeros, practican deportes, participan en actividades culturales.
Mediante el contacto con otros estudiantes aprenden y desarrollan su
personalidad, aprenden a vivir dentro de un contexto social que va
más allá de su círculo de amistades o familiar promoviendo, de esta
manera, el desarrollo comunitario.
En palabras de la
Gabriela de la Cruz Flores, Doctora en Psicología y en Psicología
Educativa y del Desarrollo de la Universidad Nacional Autónoma de
México y de Luis Felipe Abreu Hernández, Médico Cirujano, Maestro en
Enseñanza Superior; los principales retos de la tutoría en las
instituciones de educación superior, en el marco de la sociedad del
conocimiento, pueden agruparse en cinco grandes rubros:
1. Evitar la tendencia a
centrarse exclusivamente en la adquisición del conocimiento explícito
(por ejemplo asesoramiento en problemas escolares y dificultades
académicas), para valorar de igual forma la relevancia del
conocimiento tácito, desarrollando en los estudiantes la capacidad de
lidiar contra la complejidad del mercado.
2. Transitar desde una
tutoría centrada en los ambientes educativos cerrados, hacia los
sistemas abiertos situados en el mundo real.
3. Integrar a los alumnos
con las comunidades de profesionales de alto nivel orientadas a la
innovación.
4. Ejercer una tutoría de
manera tal que permita guiar las actividades de los estudiantes,
propiciando el traspaso progresivo del control, la autorregulación y la
transferencia creciente de responsabilidad hacia los alumnos.
5. Superar la visión de la
tutoría como una relación bipersonal, para abrir espacios de
multitutorías realizadas por comunidades de práctica que permitan
construir redes profesionales.
Sobre esta base de
principios, quisiera proseguir haciendo referencia a específicos puntos
comprendidos en las leyes 26.206, 24.521 y 26.058, que bien podrían
dar argumento a los propuesto en la presente iniciativa parlamentaria.
Las mismas son:
La Ley N° 26.206 " Ley
de Educación Nacional", en su Título I "Disposiciones generales", Cap.
I: "Principios, Derechos y Garantías", art. Nº 8, determina: "La
educación brindará las oportunidades necesarias para desarrollar y
fortalecer la formación integral de las personas a lo largo de toda la
vida y promover en cada educando/a la capacidad de definir su
proyecto de vida, basado en los valores de libertad, paz, solidaridad,
igualdad, respeto a la diversidad, justicia, responsabilidad y bien
común".
Es su Cap. II.
"Fines y Objetivos de la Política Educativa Nacional", art. Nº11, define:
"Los fines y objetivos de la política educativa nacional son:
a) Asegurar una
educación de calidad con igualdad de oportunidades y posibilidades,
sin desequilibrios regionales ni inequidades sociales.
b) Garantizar una
educación integral que desarrolle todas las dimensiones de la persona
y habilite tanto para el desempeño social y laboral, como para el
acceso a estudios superiores.
c) Brindar una formación
ciudadana comprometida con los valores éticos y democráticos de
participación, libertad, solidaridad, resolución pacífica de conflictos,
respeto a los derechos humanos, responsabilidad, honestidad,
valoración y preservación del patrimonio natural y cultural.
e) Garantizar la inclusión
educativa a través de políticas universales y de estrategias
pedagógicas y de asignación de recursos que otorguen prioridad a los
sectores más desfavorecidos de la sociedad.
f) Asegurar condiciones
de igualdad, respetando las diferencias entre las personas sin admitir
discriminación de género ni de ningún otro tipo.
g) Garantizar, en el
ámbito educativo, el respeto a los derechos de los/as niños/as y
adolescentes establecidos en la Ley N° 26.061.
h) Garantizar a todos/as
el acceso y las condiciones para la permanencia y el egreso de los
diferentes niveles del sistema educativo, asegurando la gratuidad de
los servicios de gestión estatal, en todos los niveles y
modalidades.
j) Concebir la cultura del
trabajo y del esfuerzo individual y cooperativo como principio
fundamental de los procesos de enseñanza-aprendizaje.
k) Desarrollar las
capacidades y ofrecer oportunidades de estudio y aprendizaje
necesarias para la educación a lo largo de toda la vida.
l) Fortalecer la centralidad
de la lectura y la escritura, como condiciones básicas para la educación
a lo largo de toda la vida, la construcción de una ciudadanía
responsable y la libre circulación del conocimiento.
m) Desarrollar las
competencias necesarias para el manejo de los nuevos lenguajes
producidos por las tecnologías de la información y la
comunicación.
s) Promover el
aprendizaje de saberes científicos fundamentales para comprender y
participar reflexivamente en la sociedad contemporánea.
t) Brindar una formación
que estimule la creatividad, el gusto y la comprensión de las distintas
manifestaciones del arte y la cultura.
En su Cap. II "La
formación docente", art. Nº 71, establece: "La formación docente tiene
la finalidad de preparar profesionales capaces de enseñar, generar y
transmitir los conocimientos y valores necesarios para la formación
integral de las personas, el desarrollo nacional y la construcción de una
sociedad más justa. Promoverá la construcción de una identidad
docente basada en la autonomía profesional, el vínculo con la cultura y
la sociedad contemporánea, el trabajo en equipo, el compromiso con la
igualdad y la confianza en las posibilidades de aprendizaje de los/as
alumnos/as."
En el mismo
Cap., en el art. Nº 73, norma "La política nacional de formación
docente" determina los siguientes objetivos:
a) Jerarquizar y
revalorizar la formación docente, como factor clave del mejoramiento
de la calidad de la educación.
c) Incentivar la
investigación y la innovación educativa vinculadas con las tareas de
enseñanza, la experimentación y sistematización de propuestas que
aporten a la reflexión sobre la práctica y a la renovación de las
experiencias escolares. ..."
En su Título V: "Políticas
de Promoción de la igualdad educativa", en el art. Nº 80 se fija: "Las
políticas de promoción de la igualdad educativa deberán asegurar las
condiciones necesarias para la inclusión, el reconocimiento, la
integración y el logro educativo de todos/as los/as niños/as, jóvenes y
adultos en todos los niveles y modalidades, principalmente los
obligatorios. El Estado asignará los recursos presupuestarios con el
objeto de garantizar la igualdad de oportunidades y resultados
educativos para los sectores más desfavorecidos de la sociedad. El
Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, en acuerdo con el
Consejo Federal de Educación, proveerá textos escolares y otros
recursos pedagógicos, culturales, materiales, tecnológicos y
económicos a los/as alumnos/as, familias y escuelas que se encuentren
en situación socioeconómica desfavorable".
En el Cap. VI "Derechos
y deberes de los /as alumnos/as", en el art. Nº 125 norma que
"todos/as los/as alumnos/as tienen los mismos derechos y deberes, sin
más distinciones que las derivadas de su edad, del nivel educativo o
modalidad que estén cursando o de las que se establezcan por leyes
especiales."
En el art. Nº 126 norma
lo siguiente: "Los/as alumnos/as tienen derecho a:
"a) Una educación
integral e igualitaria en términos de calidad y cantidad, que contribuya
al desarrollo de su personalidad, posibilite la adquisición de
conocimientos, habilidades y sentido de responsabilidad y solidaridad
sociales y que garantice igualdad de oportunidades"...
"f) Recibir el apoyo
económico, social, cultural y pedagógico necesario para garantizar la
igualdad de oportunidades y posibilidades que le permitan completar la
educación obligatoria.
g) Recibir orientación
vocacional, académica y profesional-ocupacional que posibilite su
inserción en el mundo laboral y la prosecución de otros estudios."
En el marco de la Ley Nº
24.521 "Ley Nacional de Educación Superior", se presenta el siguiente
articulado que permite dar sustento a la presente iniciativa
parlamentaria:
Título II "De la
Educación Superior", Cap. 1 "De los fines y objetivos", art. Nº 3,
dispone lo siguiente: "La educación superior tiene por finalidad
proporcionar formación científica, profesional, humanística y técnica en
el más alto nivel, contribuir a la preservación de la cultura nacional,
promover la generación y desarrollo del conocimiento en todas sus
formas, y desarrollar las actitudes y valores que requiere la formación
de personas responsables, con conciencia ética y solidaria, reflexivas,
críticas, capaces de mejorar la calidad de vida, consolidar el respeto al
medio ambiente, a las instituciones de la República y a la vigencia del
orden democrático".
En el art. 4º
establece: "Son objetivos de la Educación Superior, además de los que
establece la ley 24.195 en sus artículos 5, 6, 19 y 22 ..."
"e) Profundizar los
procesos de democratización en la Educación Superior, contribuir a la
distribución equitativa del conocimiento y asegurar la igualdad de
oportunidades..."
"i) Incrementar y
diversificar las oportunidades de actualización, perfeccionamiento y
reconversión para los integrantes del sistema y para sus
egresados..."
En el Cap. 3 "Derechos y
obligaciones", el art Nº 12, estipula: "Son deberes de los docentes de
las instituciones estatales de educación superior:..."
"b) Participar en la vida
de la institución, cumpliendo con responsabilidad su función docente,
de investigación y de servicio..."
En el art. Nº 13, del
mismo capítulo, establece: "Los estudiantes de las instituciones
estatales de educación superior tienen derecho:..."
"c) A obtener becas,
créditos y otras formas de apoyo económico y social que garanticen la
igualdad de oportunidades y posibilidades, particularmente para el
acceso y permanencia en los estudios de grado, conforme a las normas
que reglamenten la materia."
En el Título IV "De la
Educación Superior Universitaria", cap. 1 "De las instituciones
universitarias y sus funciones", art. Nº 28 "Son funciones básicas de
las instituciones universitarias:..."
"e) Extender su acción y
sus servicios a la comunidad, con el fin de contribuir a su desarrollo y
transformación, estudiando en particular los problemas nacionales y
regionales y prestando asistencia científica y técnica al Estado y a la
comunidad..."
Prosiguiendo con la
argumentación normativa de la iniciativa parlamentaria, en Ley Nro.
26.058 "Ley de Educación Técnico Profesional", se presentan las
siguientes normas que otorgan base y sustento al proyecto de ley que
se presenta.
En el Título I "Objeto,
alcances y ámbito de aplicación", art. Nº 4, se establece: "La
Educación Técnico Profesional promueve en las personas el
aprendizaje de capacidades, conocimientos, habilidades, destrezas,
valores y actitudes relacionadas con desempeños profesionales y
criterios de profesionalidad propios del contexto socio-productivo, que
permitan conocer la realidad a partir de la reflexión sistemática sobre
la práctica y la aplicación sistematizada de la teoría."
En el Título II "Fines,
objetivos y propósitos", el art. Nº 6, expresa: "La Ley de Educación
Técnico Profesional tiene como propios los siguientes fines y
objetivos:..."
"e) Favorecer el
reconocimiento y certificación de saberes y capacidades así como la
reinserción voluntaria en la educación formal y la prosecución de
estudios regulares en los diferentes niveles y modalidades del Sistema
Educativo.
f) Favorecer niveles
crecientes de equidad, calidad, eficiencia y efectividad de la Educación
Técnico Profesional, como elemento clave de las estrategias de
inclusión social, de desarrollo y crecimiento socio-económico del país y
sus regiones, de innovación tecnológica y de promoción del trabajo
docente. "
A su vez, en el Art. Nº 7º
manifiesta: "La Educación Técnico Profesional en el nivel medio y
superior no universitario tiene como propósitos específicos:.."
"b) Contribuir al desarrollo
integral de los alumnos y las alumnas, y a proporcionarles condiciones
para el crecimiento personal, laboral y comunitario, en el marco de una
educación técnico profesional continua y permanente.
c) Desarrollar procesos
sistemáticos de formación que articulen el estudio y el trabajo, la
investigación y la producción, la complementación teórico- práctico en
la formación, la formación ciudadana, la humanística general y la
relacionada con campos profesionales específicos.
d) Desarrollar trayectorias
de profesionalización que garanticen a los alumnos y alumnas el
acceso a una base de capacidades profesionales y saberes que les
permita su inserción en el mundo del trabajo, así como continuar
aprendiendo durante toda su vida..."
En el 8º del mismo
Título: "La formación profesional tiene como propósitos específicos
preparar, actualizar y desarrollar las capacidades de las personas para
el trabajo, cualquiera sea su situación educativa inicial, a través de
procesos que aseguren la adquisición de conocimientos científico-
tecnológicos y el dominio de las competencias básicas, profesionales y
sociales requerido por una o varias ocupaciones definidas en un campo
ocupacional amplio, con inserción en el ámbito económico-productivo.
"
En el Cap. III "De la
formación profesional", en el art. Nº 17 estipula: "La formación
profesional es el conjunto de acciones cuyo propósito es la formación
socio-laboral para y en el trabajo, dirigida tanto a la adquisición y
mejora de las cualificaciones como a la recualificación de los
trabajadores, y que permite compatibilizar la promoción social,
profesional y personal con la productividad de la economía nacional,
regional y local. También incluye la especialización y profundización de
conocimientos y capacidades en los niveles superiores de la educación
formal."
Concluyendo la
argumentación normativa, la misma Ley, en el Título IV "Mejora
continua de la calidad de la educación técnico profesional", cap. VII
"De la igualdad de oportunidades", en el art. Nº 40 prevee: "El
Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología implementará acciones
específicas para garantizar el acceso, permanencia y completamiento
de los trayectos formativos en la educación técnico profesional, para
los jóvenes en situación de riesgo social o con dificultades de
aprendizaje. Dichas acciones incluirán como mínimo los siguientes
componentes: ..."
ii) Sistemas de tutorías y
apoyos docentes extra clase para nivelar saberes, preparar exámenes
y atender las necesidades pedagógicas particulares de estos jóvenes.
Asimismo, se ejecutarán una línea de acción para promover la
incorporación de mujeres como alumnas en la educación técnico
profesional en sus distintas modalidades, impulsando campañas de
comunicación, financiando adecuaciones edilicias y regulando las
adaptaciones curriculares correspondientes, y toda otra acción que se
considere necesaria para la expansión de las oportunidades educativas
de las mujeres en relación con la educación técnico profesional. "
Como
fundamento de conclusión Sr. Presidente, el presente proyecto de ley
sobre Programa de Tutoría en Educación Superior, se presente como
un proceso integral que permitiría:
- Contribuir a determinar
las aptitudes del futuro estudiante universitario frente a las diversas
ramas de la ciencia y de las actividades profesionales.
- Promover la inscripción
en las carreras de mayor interés para el futuro estudiante como para el
desarrollo local, regional y nacional.
- Contribuir a determinar
las aptitudes del futuro estudiante de Educación Superior, respecto a
las diversas áreas del conocimiento.
- Colaborar en garantizar
la igualdad de oportunidades en el ingreso y permanencia en el
sistema de educación superior
- Investigar las causales de
deserción universitaria para contribuir a la implementación de políticas
de retención.
- Realizar estudios sobre
las condiciones socio-culturales de los estudiantes con el propósito de
identificar carencias, expectativas y dificultades derivadas de los
condicionantes externos a la institución que podrían afectar el
rendimiento académico de los estudiantes universitarios.
- Asesorar a estudiantes
con dificultades con el fin de favorecer la continuidad de sus estudios.
- Diseñar políticas y
mecanismos de integración y comunicación tendientes a promover el
conocimiento y la participación estudiantil en torno a la vida
institucional y al funcionamiento del sistema de educación
superior
- Detectar necesidades de
investigación, formación, capacitación, reconversión, actualización,
perfeccionamiento y especialización;
- Orientar vocacional,
profesional y ocupacionalmente al estudiante.
- Profundizar el trabajo
iniciado en el proceso de integración curricular y seguimiento de los
alumnos durante los últimos años de carrera, con objeto de
potencializar la posibilidad para que puedan completar sus estudios en
el tiempo estipulado en los planes de estudio
- Guiar al alumno durante
la etapa de preparación, presentación y defensa de su trabajo final
integrador, de su tesis y / o de su equivalente
- Darle orientación y
respaldo para su inclusión en el ámbito laboral.
Como cierre, Sr. Presidente,
quisiera retomar el principio de cambio y de adaptación al mismo
referido en el párrafo inicial del presente fundamento, sobre la base de
lo dispuesto en la estrategia para el ciclo 2008 - 2013 enunciada por la
UNESCO. El documento expresa: "El desarrollo y la prosperidad
económica dependen de la capacidad de los países para educar a
todos los miembros de sus sociedades y ofrecerles un aprendizaje a lo
largo de toda la vida. Una sociedad innovadora prepara a su población
no sólo para aceptar el cambio y adaptarse al mismo, sino también
para controlarlo e influir en él. La educación enriquece las culturas,
crea entendimiento mutuo y sustenta a las sociedades pacíficas." Sin
duda, la presente propuesta podría ser una herramienta de
significativa utilidad a fin de prepararnos, aceptar y adaptarnos a los
cambios en el marco de la Educación Superior que se avecinan.
Es menester referir Sr.
Presidente, antes de finalizar con la fundamentación, que el presente
proyecto se presenta como una mejoría superadora a partir de los
antecedentes en la iniciativa parlamentaria 118-D-2011 la cual tuviera
tratamiento y aprobación en la Comisión de Educación durante el
período 2011.
Es por la necesidad de
dar respuesta y marco normativo a todo lo expuesto Sr. Presidente,
que solicito la aprobación y el acompañamiento de mis coleas en la
sanción del presente proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MARTINEZ, SOLEDAD | BUENOS AIRES | UNION PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
EDUCACION (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |