PROYECTO DE TP
Expediente 0567-D-2012
Sumario: CUOTA HILTON: CARNES VACUNAS DE ALTA CALIDAD. REGIMEN DE DISTRIBUCION DE CUPOS DE EXPORTACION.
Fecha: 09/03/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 6
El Senado y Cámara de Diputados...
REGIMEN DE
DISTRIBUCION DE CUPOS DE EXPORTACIÓN DE CORTES DE CARNE
VACUNAS DE ALTA CALIDAD
Arìculo1º -
Establécese el régimen para la DISTRIBUCION DE CUPOS DE
EXPORTACIÓN DE CORTES DE CARNE VACUNAS DE ALTA CALIDAD,
conforme al biotipo establecido por la Unión Europea, o cualquier cupo
de exportación que pudiera ser concedida a la Argentina.
Articulo 2º-
Crease en el ámbito del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de
la Nación la "Comisión Nacional de Distribución de Cupos de
Exportación de Cortes de Carne vacunas de alta Calidad".
Articulo 3º - La
"Comisión Nacional de Distribución de Cupos de Exportación de Cortes
de Carne vacunas de alta Calidad" estará conformada de la siguiente
forma: El Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación,
quien ejercerá la Presidencia de la comisión; un (1) miembro en
representación de cada una de las Provincias con cabezas de
ganado.
Esta comisión, tendrá la
asistencia técnica especial del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad
Agroalimentaria (SENASA). Así también podrá eventualmente convocar
a otros organismos técnicos que considere necesario.
De su Función
Articulo 4º- La
función de "La Comisión Nacional de Distribución de Cupos de
Exportación de Cortes de Carne vacunas de alta Calidad" será la
distribución de los cupos tarifarios de cortes de carnes vacunas de alta
calidad asignadas anualmente por los Gobiernos o Grupos de
Gobiernos extranjeros a nuestro País.
Articulo 5º- La
distribución del total de los cupos asignados a la Argentina será
ejecutado por "La Comisión Nacional de Distribución de Cupos de
Exportación de Cortes de Carne vacunas de alta Calidad"
La Comisión distribuirá los
cupos asignados en forma automática a cada una de las Provincias
según el rodeo total de cada una de ellas en relación con el rodeo total
del País, de acuerdo a los datos que surjan de las últimas vacunaciones
antiaftosa proporcionadas por el SENASA.
Articulo 6º- Para
el caso de aquellas provincias a las que se les adjudica un cupo
tarifario y no posean plantas frigoríficas habilitadas para exportar a la
Unión Europea y/o destino de origen de la cuota, o lo adjudique
parcialmente, el total o el saldo que le quedare será redistribuido por
dicha provincia a empresas frigoríficas, asociaciones, consorcios y
cooperativas que se encuentren en otras provincias.
Articulo 7º- La
autoridad de aplicación, a los fines de esta ley, será el Ministerio de
Agricultura, Ganadería y Pesca.
Articulo 8º- La
autoridad de aplicación dará fehaciente notificación a todas las
provincias para que éstas adhieran por ley a la misma y designen sus
representantes.
Articulo 9º - El Poder
Ejecutivo Nacional deberá reglamentar la Presente Ley a los 90 días de
promulgada la presente.
Artículo 10º-: De forma. -
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Al no existir normas precisas, los
conflictos que se han generado en torno a la distribución de cupos de
exportación de cortes de carne vacuno, se vieron retroalimentado en la
fluctuación de los criterios empleados, los que suelen ir variando conforme a
quien esté al frente de dicha distribución.
La Cuota Hilton es el cupo de
cortes de carne de exportación de alta calidad autorizados, anualmente, por la
Unión Europea. Argentina es el principal abastecedor mundial de la cuota, con
28.000 toneladas, el 50% del total.
Los distintos discernimientos
aplicados han merecido objeciones, por parte de los frigoríficos exportadores
involucrados, cuando les ha tocado quedar marginados o acotados en la
repartición. Sospechas de connivencias, reproches de corrupción y otros
cargos de esa naturaleza, han sido moneda corriente, que en varias ocasiones
derivaron en demandas judiciales. Sobre el particular, cabe recordar que en
octubre de 2004 la SAGPyA solo pudo adjudicar 17.800 toneladas de Cuota
Hilton, ya que las otras 10.200 toneladas, habían sido otorgadas por diferentes
jueces, al darle curso favorable a recursos de amparo planteados por
frigoríficos que se consideraban perjudicados.
La cuestión de la distribución de
la Cuota Hilton también afloró en el Senado de la Nación; entre los senadores
oficialistas está tomando cuerpo el criterio de que la distribución recaiga en las
provincias de otra forma, puesto que la actual colocación les merece reparos.
Cabe aclarar, que no es una novedad que en este Congreso se hayan realizado
tentativas para cambiar la metodología con que se reparte la preciada cuota,
varios han sido y son actualmente los legisladores que entienden que la
distribución debe efectuarse mediante los lineamientos de una ley nacional,
sancionada a tal efecto, es por ello que esta iniciativa recoge este criterio.
La Unión Europea, determina
rigurosos requisitos que no pueden ser cumplimentados por todos los
frigoríficos. Entre los establecimientos que están en condiciones, se determina
quienes y cuanto acceden a la cuota correspondinte. A lo largo de los años,
muchas y variadas son las irregularidades que en nuestro país se han
registrado en la materia. Presentaciones judiciales, recursos de amparo y otros
subterfugios han estado a la orden del día, como así también el
cuestionamiento de funcionarios responsables.
En la distribución para el ciclo
2007-2008, volvieron a resurgir algún tipo suspicacias. Al respecto, actores
del sector se preguntaban como podía ser, que se le adjudicaran 100 Toneladas
a un frigorífico de Lujan, cuando hacía
poco tiempo pesaban que a esta
empresa se le suspendía la matrícula habilitante como consecuencia de
incumplimientos fiscales.
Debemos destacar la
concentración en la distribución; en 8 grandes frigoríficos; Finexcor,
Quickfood, Friar, Gorina, Swift, Rioplatense, Arre Beef, y AB&P se
adjudicaron el 52% del total que le corresponde a nuestro país, en materia de
Cuota Hilton, en tanto que el 48% se distribuyó entre otras 50 empresas, tras
la evaluación practicada por la autoridad competente, entre todas las
postulaciones recibidas con tal propósito.
Esta iniciativa intenta
transparentar la cuota asignada a la Argentina para la exportación de carnes de
primera calidad, con el criterio de otorgar a cada una de las provincias la
potestad en la distribución de la misma. Esto permitiría a cada una de las
regiones ganaderas, poder exigir a los frigoríficos la instalación del mismo en
estas zonas, así lograr grados crecientes de industrialización en regiones con
poco desarrollo.
La Comisión distribuirá los
cupos asignados, en forma automática a cada una de ellas, según el rodeo total
de las provincias en relación con el rodeo total del País, de acuerdo a los datos
que surjan de las últimas vacunaciones antiaftosa proporcionadas por el
SENASA.
Aquellas provincias a las
que se les adjudica un cupo tarifario y no posean plantas frigoríficas
habilitadas para exportar a la Unión Europea y/o destino de origen de
la cuota, o lo adjudique parcialmente, el total o el saldo que le quedare
será redistribuido por dicha provincia a empresas frigoríficas,
asociaciones, consorcios y cooperativas que se encuentren en otras
provincias.
Sr. Presidente por todo lo
expuesto, solicitamos la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
FERNANDEZ, RODOLFO ALFREDO | CORRIENTES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia) |
COMERCIO |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |