PROYECTO DE TP
Expediente 0554-D-2012
Sumario: IMPUESTO AL VALOR AGREGADO LEY 23349 MODIFICACION DEL ARTICULO 7, SOBRE EXENCIONES A LA YERBA MATE, MATE COCIDO Y TE.
Fecha: 09/03/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 6
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º-:
Modifíquese el Inc. f) del art. 7 º de la Ley 23.349 correspondiente al
Título II "Exenciones", que quedará redactado de la siguiente
manera:
Artículo 7º Inc. f-: El Agua ordinaria natural, el pan común, la leche
fluida o en polvo, entera o descremada sin aditivos, el arroz blanco
común, la harina de trigo, la papa, el azúcar blanco común, los huevos
de gallina, la sal fina común y gruesa, la yerba mate, mate cocido, el
té y sus derivados producidos en nuestro país, cuando el comprador
sea un consumidor final, el Estado Nacional, las provincias,
municipalidades o la Ciudad Autónoma de Buenos Aires u organismos
centralizados o descentralizados de su dependencia, comedores
escolares o universitarios, obras sociales o entidades comprendidas en
los incisos e), f), g) y m) del artículo 20 de la Ley de Impuesto a las
Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, y las
especialidades medicinales para su uso humano cuando se trate de su
reventa por droguerías, farmacias u otros establecimientos autorizados
por el organismo competente en tanto dichas especialidades hayan
tributado el impuesto en la primera venta efectuada en el país por el
importador, fabricante o por los respectivos locatarios en el caso de la
fabricación por encargo.
Artículo 2º-:
Quedan derogadas las normas referidas al impuesto al valor agregado
que les dieran tratamiento a los productos señalados en el artículo
anterior.
Artículo 3º-: Las
disposiciones de la presente Ley entrarán en vigencia el primer día del
mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Nación.
Artículo 4º-:
Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional. -
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Proyecto de Ley
que se pone a consideración de este Honorable Congreso de la Nación, tiene
por finalidad la eliminación del Impuesto al Valor Agregado, comúnmente
denominado I.V.A., sobre la yerba mate, mate cocido y el té producidos en
nuestro país, y para todas sus presentaciones comerciales, teniendo en cuenta
la incidencia de los mismos en la canasta básica alimentaria.
Consideramos Canasta Básica
Alimentaria la elaborada por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censo
(INDEC) para la medición de indicadores.
El Impuesto al Valor Agregado
constituye un impuesto indirecto al consumo, en el que no coincide el sujeto
final que paga el impuesto con el obligado legal al ingresarlo. En el caso de
los productos derivados de la yerba mate, asistimos a una fijación de precios
por parte del Instituto Nacional de la Yerba Mate, que es perjudicial para la
rentabilidad de los productores y que, a su vez, presenta la paradoja de
encarecerse en las góndolas de los supermercados, afectando negativamente
en el nivel de consumo de vastos sectores de nuestro país.
Los productos alcanzados por el
presente Proyecto de Ley, presentan un elevado nivel de consumo masivo a lo
largo y ancho del país, pero también en los sectores altos y bajos de nuestra
escala social.
Debemos destacar también su
importancia nutricional, la incidencia en el consumo en muchas provincias de
la Argentina, y el hecho consuetudinario representado por esos productos en
ritos sociales histórica y culturalmente arraigados en vastos sectores de nuestra
sociedad.
Esta medida refleja la visión de
asociaciones de consumidores que han reclamado la adopción de medidas
tendientes a reducir la alícuota del Impuesto del Valor Agregado en los
productos de la canasta familiar, y también la de otras organizaciones
intermedias- de consumidores y
productores- y movimientos
sociales, preocupados por el alto costo de vida, quienes reclaman medidas
para detener el alza de los alimentos esenciales de la canasta familiar.
Sr. Presidente por todo lo
expuesto, solicitamos la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
FERNANDEZ, RODOLFO ALFREDO | CORRIENTES | UCR |
ASPIAZU, LUCIO BERNARDO | CORRIENTES | UCR |
PORTELA, AGUSTIN ALBERTO | CORRIENTES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
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COMERCIO |