PROYECTO DE TP
Expediente 0548-D-2011
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL PROGRAMA DE APOYO A TALLERES PROTEGIDOS DE PRODUCCION Y DEL PROGRAMA NACIONAL DE INSERCION LABORAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD - PRONILAD.
Fecha: 10/03/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 6
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional
para que, a través de los organismos competentes en la materia, informe lo
siguiente:
A) Situación actual del Programa de
Apoyo a Talleres Protegidos de Producción y del Programa Nacional de Inserción
Laboral para personas con Discapacidad (PRONILAD) dependiente del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social.-
B) Acciones efectuadas, proyectos
elaborados y monto asignado durante los años 2008 , 2009 y 2010 discriminado por
Provincia y Localidad o Departamento.-
C) Proyectos y acciones programadas
para el año 2011 por Provincia y Localidad o Departamento.-
D) Presupuesto destinado para el
cometido de las acciones y proyectos elaborados para el corriente año.-
E) Nómina de Instituciones que
ingresaron y de entidades que han obtenido su inscripción en el registro de
Instituciones de Capacitación y empleo (RECICE) del Ministerio de Trabajo.-
F) Todo otro dato de interés que
considere al respecto de lo solicitado precedentemente.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En Julio de 1997 EL MINISTRO DE
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL resolvía crear el PROGRAMA DE APOYO A
TALLERES PROTEGIDOS DE PRODUCCION, el que se desarrollaría de acuerdo a lo
establecido la Resolución 355/97 y sus disposiciones reglamentarias.
A partir de allí, los subsidios que
demandarían en virtud del Programa se financiarían con recursos provenientes de los
fondos que recaudaría el BANCO CENTRAL en virtud de las multas previstas en la Ley
N° 24.452 destinados al financiamiento de programas de atención integral para
personas con discapacidad.
Este Programa se articulaba con la
primera fase del PROGRAMA NACIONAL DE INSERCION LABORAL PARA PERSONAS
CON DISCAPACIDAD (PRONILAD) y tenia como objetivo promover la adaptación
laboral de las personas con discapacidad para su integración en el mercado laboral
protegido y no protegido.
A efectos de cumplir con el objetivo
establecido promovería el accionar de los Talleres Protegidos de Producción
existentes y la creación de nuevos Talleres por medio de subsidios, para mejor
cumplimiento de su finalidad económica y social.
El Programa estaría dirigido a personas
de ambos sexos, en edad laboral, que padecieran una alteración funcional,
permanente o prolongada, física o mental, que en relación a su edad y medio social
implique desventajas considerables para su integración familiar, social educacional o
laboral, cuya discapacidad esté certificada por la autoridad de aplicación en los
términos de la Ley N° 22.431, Decreto N° 498/83 y/o leyes provinciales análogas, y
que estén en condiciones de desarrollar actividades laborales dentro del ámbito del
Taller Protegido de Producción.
Podrían presentar proyectos de subsidio
las entidades que hubieren obtenido su inscripción en el REGISTRO DE
INSTITUCIONES DE CAPACITACION Y EMPLEO (RECICE) de este MINISTERIO.
Los proyectos de creación de talleres
deberían ser presentados por entidades comunitarias sin fines de lucro, en forma
conjunta con organismos públicos provinciales o municipales, organismos
descentralizados, entes autárquicos, empresas públicas o privadas. Los proyectos
deberían incluir en su presentación un plan de desarrollo empresarial evaluado
favorablemente por una entidad de elevado nivel técnico y/o académico, reconocida
por el MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, y un compromiso de co
financiamiento.
La adjudicación de fondos de los
proyectos presentados se realizaría mediante un régimen de concurso público.
Otorgándose subsidios para la elaboración de planes de desarrollo empresarial, fuera
del régimen de concurso, a las entidades que así lo requieran, conforme recaudos
que establezca la reglamentación.
Los recursos que asignaran al
PROGRAMA DE APOYO A LOS TALLERES PROTEGIDOS DE PRODUCCION deberían
destinarse a erogaciones en asistencia técnica, en bienes de capital e insumos y/o en
capacitación, en los términos que establezca la reglamentación.
El programa estaría encargado de
proveer un seguro de responsabilidad civil para cubrir riesgos de siniestros que
pudieran acaecer a los beneficiarios durante el desarrollo de las tareas previstas
durante el período de ejecución del Programa, financiado con recursos provenientes
de los fondos que recaude el BANCO CENTRAL en virtud de las multas previstas en la
Ley de Cheques N° 24.452, destinados al financiamiento de programas de atención
integral para personas con discapacidad.
Los TALLERES PROTEGIDOS DE
PRODUCCION subsidiados por este programa deberían acreditar que los beneficiarios
tengan cobertura de salud a través de Obras Sociales, Hospitales Públicos u otros
medios adecuados.
La SECRETARIA DE EMPLEO Y
CAPACITACION LABORAL seria la encargada de realizar la evaluación permanente
del reglamento de concurso con el fin de verificar que el mismo garantice eficiencia
en la asignación de recursos, transparencia e igualdad de oportunidades para la
presentación de proyectos. Podrá asimismo introducir, en función de los resultados
de las evaluaciones, los cambios que considere pertinentes en acuerdo con el
COMITE COORDINADOR. Además de ser la responsable de la instrumentación,
seguimiento, supervisión y evaluación del Programa en todo el país.
Modificaciones posteriores llevarían a
que el Programa de Apoyo Económico a los Talleres Protegidos otorgue un beneficio
económico a los miembros de los Talleres Protegidos de Producción registrados antes
del 31/12/07 y que no reciban ningún dinero hasta que comience a funcionar el
Régimen Federal para el Trabajo Protegido.
En ese sentido, creado por Resolución
Ministerial Nº 802/04, está también el Programa de Inserción Laboral que tiene como
objetivo promover la inserción laboral de los trabajadores con discapacidad en el
sector privado, a través del otorgamiento de mayores incentivos a los empleadores
para su contratación. Destinado a Trabajadores con discapacidad desocupados que
estén en condiciones de ingresar al mercado laboral competitivo. Mayores de 18
años, que no perciban ningún beneficio de la Seguridad Social.
Los trabajadores con discapacidad
reciben una suma de dinero durante 9 meses, que el empleador podrá descontar del
monto total de la remuneración a percibir.
Los empleadores tienen como opción la
instrumentación de un período de inducción y reentrenamiento laboral, que se
desarrolla durante el primer mes de trabajo. Además de la aplicación de los
beneficios impositivos nacionales y provinciales que se encuentran vigentes para la
inserción laboral de trabajadores con discapacidad.
Señor Presidente, en el marco que
brindan las normas que de modo uniformes ordenan la igualdad de oportunidades
para las personas con discapacidad, la postura clara y manifiesta que debe adoptar
el Estado en relación a la inserción laboral, al mantenimiento de los ingresos y a la
seguridad social, y en el marco de programa específico que se ha descripto
precedentemente, es que solicito se apruebe el presente proyecto para tener una
clara imagen de las acciones que se llevaron a cabo y se piensan realizar en el
transcurso del corriente año.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PIEMONTE, HECTOR HORACIO | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
MORAN, JUAN CARLOS | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
CARCA, ELISA BEATRIZ | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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