PROYECTO DE TP
Expediente 0537-D-2009
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LA INCLUSION DE LAS AREAS TECNICAS DE LOS GOBIERNOS DE LAS PROVINCIAS DE ENTRE RIOS, CORRIENTES Y MISIONES EN CUYO TERRITORIO OPERA LA "EMPRESA DE TRANSPORTE FERROVIARIO DE CARGAS AMERICA LATINA LOGISTICA MESOPOTAMICA SA (ALL MESO SA)" EN LOS ORGANISMOS QUE TENGAN COMO OBJETIVO VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS DE CONCESION.
Fecha: 06/03/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 5
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, a
través de la Secretaría de Transporte, Ministerio de Planificación Federal, Inversión
y Obras Públicas de la Nación:
a) la inclusión de las áreas técnicas
de los Gobiernos de las Provincias de Entre Ríos, Corrientes y Misiones en cuyo
territorio opera la EMPRESA DE TRANSPORTE FERROVIARIO DE CARGAS
AMERICA LATINA LOGISTICA MESOPOTAMICA SOCIEDAD ANONIMA (ALL
MESO SA) en los organismos de control creados o a crearse de acuerdo a las
normas actuales o futuras, que tengan como objetivo verificar el cumplimiento de
los Contratos de Concesión del Servicio Público de Transporte Ferroviario de
Cargas suscriptos entre el PODER EJECUTIVO NACIONAL y la mencionada
empresa y/o la que resulte concesionaria de dicho servicio, en lo referente a los
planes de inversión, de acuerdo a las necesidades de infraestructura relevadas o a
relevarse por cada uno de los organismos provinciales intervinientes.
b) la inclusión de los
Gobiernos de las Provincias de Entre Ríos, Corrientes y Misiones en cuyo territorio
opera la EMPRESA DE TRANSPORTE FERROVIARIO DE CARGAS AMERICA
LATINA LOGISTICA MESOPOTAMICA SOCIEDAD ANONIMA (ALL MESO SA)
en la Unidad de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos,
dependiente de los Ministerios de Economía y Producción y de Planificación
Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación a todos los fines establecidos en
el Decreto 311/2003 PEN.
c) se remitan a ésta
Honorable Cámara y a los Gobiernos Provinciales en cuya jurisdicción opera la
EMPRESA DE TRANSPORTE FERROVIARIO DE CARGAS AMERICA LATINA
LOGISTICA MESOPOTAMICA SOCIEDAD ANONIMA (ALL MESO SA) los
contratos de renegociación suscriptos entre ésta y el PODER EJECUTIVO
NACIONAL con la inclusión de las recomendaciones y/ u observaciones realizadas
por la Comisión Bicameral de Seguimiento de las Facultades Delegadas al Poder
Ejecutivo Nacional, Ley 25.561
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
I.- El 19 de diciembre de 2007
éste Honorable Cuerpo aprobó mediante resolución la propuesta de acuerdo
alcanzado entre el Poder Ejecutivo Nacional y la Empresa de Transporte
Ferroviario de Cargas América Latina Logística Mesopotámica Sociedad Anónima
(ALL Meso SA), cuyos antecedentes se encuentran en el Expediente 443-OV-07 de
la Comisión Bicameral de Seguimiento de las Facultades Delegadas al Poder
Ejecutivo Nacional Ley 25.561.
En el punto 3 de la
misma la Comisión realiza una serie de recomendaciones y observaciones en
relación a "...la fijación de los niveles de canon y alquiler e inversiones en función
de parámetros objetivos que garanticen la prestación sustentable del servicio en
condiciones de calidad y confiabilidad...", refiriéndose además a que "...la fijación
de un porcentaje y de montos mínimos de cumplimiento conjuntamente con la
facultad del concedente de rescindir el contrato por culpa del concesionario
constituyen pautas adecuadas para garantizar la ejecución de las inversiones
programadas...".
II.- La Audiencia
Pública realizada el 21 de diciembre de 2006 en la localidad de Rincón de Milberg,
Partido de Tigre, Provincia de Buenos Aires, se obvió y se ignoró por parte de la
Unidad de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos la opinión y
el análisis de los representantes de las tres provincias directamente afectadas,
amén de realizar la misma en un lugar totalmente ajeno geográfica y políticamente
al lugar donde las consecuencias del incumplimiento de los contratos firmados se
producen: las vías que se encuentran en los territorios de Entre Ríos, Corrientes y
Misiones.
En la audiencia se presentaron a la
UNIREM distintos antecedentes que evidenciaron las falencias de la empresa
concesionaria destacándose las denuncias de la Defensoría del Pueblo de la
Nación realizada en junio de 2005, los informes de la Comisión Nacional de
Regulación del Transporte del mes de septiembre de 2005 y muy especialmente el
documento de la Auditoria General de la Nación de agosto de 2006.
El documento
establece que "...la CNRT concluye que el Concesionario (ALL) no ha presentado
documentación técnica y contable que avale los montos que manifiesta haber
invertido...se basa principalmente en que: a) el Concesionario no ha presentado
documentación contable alguna que dé sustento a las sumas que dice haber
invertido y b) la cantidad y la calidad de los trabajos realizados por el
Concesionario no son siquiera comparables a los que efectivamente debió haber
realizado conforme a la oferta..."
El informe de la
Auditoria sintetiza los incumplimientos en punto 4.6 en los rubros de
"...Infraestructura: la inversión ejecutada representa un 5,68% de lo previsto y
los principales déficit son: Reacondicionamiento de vías: No se realiza
mejoramiento pesado (se comprometieron 619km de vía a tratar). En cambio se
ejecuta mejoramiento liviano, tratamiento de calidad inferior al anterior que se ha
efectuado sólo en parte de los sectores previstos; Instalaciones: el Concesionario
no ha realizado ninguna de las inversiones previstas para este ítem; Equipo de
Vía: el monto invertido en este rubro representa un 1,4% del total; Material
Rodante: la inversión ejecutada representa un 4,88% de lo previsto;
Reconstrucción de locomotoras: de las 50 a reconstruir se completaron 14
unidades; Vagones: el Concesionario no ha incorporado el material remolcado
comprometido en la Oferta; Equipamiento: en este rubro la inversión ha sido
nula...etc".
Asimismo, destaca
el documento en el punto 4.71. "... la gestión de mantenimiento de la
infraestructura de vía es extremadamente deficitaria...en sectores de vía principal
no se realizan tareas de conservación sistemática... es insignificante dotación de
las cuadrillas de mantenimiento, que tratan únicamente los sectores más
comprometidos o efectos de descarrilamientos..."
Por su parte, los
representantes de las Provincias también objetaron la concesión: Entre Ríos
planteo la necesidad de estar representada en los órganos de control, Misiones
puntualizó en su presentación el estado de la infraestructura de vías y Corrientes
apuntó la falta de inversión en la red ferroviaria y el abandono de ramales que no
resultan rentables para la empresa.
No
obstante todo ello, la UNIREM consideró que "...las observaciones vertidas por la
ciudadanía no ameritan cambios de fondo de los términos y condiciones del
entendimiento...".
III.- En este contexto es
viable recordar que la EMPRESA DE TRANSPORTE FERROVIARIO DE
CARGAS AMERICA LATINA LOGISTICA MESOPOTAMICA SOCIEDAD
ANONIMA (ALL MESO SA) opera en los territorios de las provincias
mesopotámicas de Entre Ríos, Corrientes y Misiones en cuyos territorios se
producen, desde la concesión del transporte de cargas, innumerables problemas
causados por la falta de inversión y mantenimiento de los tramos ferroviarios que
comunican a localidades de las tres provincias mencionadas, lo cual trae
consecuencias en el plano social, ya que afecta directamente al transporte de
pasajeros por hechos que son de público y notorio conocimiento, traduciéndose
esto en graves problemas para el crecimiento y desarrollo de las economías
regionales.
La Empresa no sólo ha
incumplido su contrato concesión sino que también ha demostrado un desinterés
total por operar servicios de carga de manera eficiente.
En Entre Ríos , ninguno de los tres (3)
ramales de cargas que acceden a los Puertos de Ibicuy, Diamante y Concepción
del Uruguay se encuentran operables .En ellos, el Estado Provincial efectuó una
importante inversión y ALL, de manera irresponsable , abandonó el acceso a los
mismos. Los productores entrerrianos no pueden utilizar el servicio de transporte
de cargas, ya que la empresa Concesionaria sólo trabaja para los grandes grupos
económicos, sin interesar las economías regionales. Demuestra esto el convenio
firmado entre la Concesionaria y el Puerto Privado propiedad de "Del Guazú S.A.",
ubicado sobre el Río Paraná Guazú, próximo al Complejo Zárate -Brazo Largo, en
jurisdicción entrerriana, para realizar inversiones en el ingreso ferroviario al
mismo.
En
Misiones, la Cámara Exterior de esta Provincia denunció que la Concesionaria ALL
"...está causando una caída en la competitividad de productos de la región
Nordeste (NEA) a causa del deficiente servicio que brinda. ALL prioriza el
transporte con la acopiadora de granos brasileña AGRENCO llevando soja desde
Paraguay y Bolivia a Brasil, y grano hasta el puerto entrerriano del Guazú. El
volumen que exportan ocuparía prácticamente el total de la capacidad de ALL, por
lo que la ferroviaria optó por cumplir con la demanda de la mencionada compañía
y fue desplazando del servicio a las empresas argentinas de la vías que corren por
territorio argentino, al igual que vagones y locomotoras locales para atender un
convenio millonario, en detrimento de la producción nacional..."
Cómo se puede observar,
considerando los aspectos legales, sociales, económicos y políticos, las
observaciones realizadas tanto por organismos nacionales y provinciales, públicos
y privados no fueron considerados por la UNIREN en las audiencias públicas
realizadas.
No obstante y atendiendo a
que, aún en ese contexto, fue aprobado el acuerdo por la UNIREM en primera
instancia y luego por la Comisión Bicameral de Seguimiento de las Facultades
Delegadas al Poder Ejecutivo Nacional Ley 25.561, con el objeto de evitar la
continuidad de situaciones como la planteada, se entiende necesario prever la
participación de los Gobiernos Provinciales por cuyo territorio circulen empresas de
transporte tanto de cargas como de pasajeros concesionados por el Gobierno
Nacional, en el procedimiento de integración de los contratos a suscribirse y en el
control de las inversiones que ellas se obliguen a realizar.
Si bien la concesión y el
control del servicio de transporte de cargas y/o pasajeros, corresponde al Poder
Ejecutivo Nacional, el territorio que atraviesan pertenece a las Provincias y sus
efectos repercuten en forma directa en las mismas, por lo que es dable considerar
que ellas, a través de sus áreas técnicas participen activamente del control de las
inversiones y del mantenimiento de las vías ferroviarias.
Los análisis técnicos
presentados por organismos públicos nacionales y la opinión de los representantes
provinciales deben considerarse como parte esencial de cualquier proceso en el
que se pretenda concesionar o renegociar los contratos existentes, así como en la
verificación de sus cumplimientos.
La desaparición del tren como medio
de transporte fue una pérdida no cuantificable económicamente para los miles de
argentinos que habitan pequeñas localidades de la Mesopotamia Argentina, que
han quedado no solo aisladas de las importantes rutas terrestres sino que han
perdido, en muchos casos, su historia y su identidad.
En muchos de ellos,
cooperativas de ex ferroviarios, hombres de trabajo y de emprendimientos, desean
recuperar esa historia, pero en la mayoría de los casos y a pesar de contar con el
apoyo económico y político de los Gobiernos Provinciales, sus proyectos fracasan
por la falta de cumplimiento de las empresas concesionarias con sus obligaciones
contractuales.
Es por ellos y porque las
obligaciones contraídas y las responsabilidades asumidas de acuerdo a las leyes
vigentes, tanto por el Estado concedente como por la Empresa concesionaria,
deben ser respetadas y cumplidas, que elevo este proyecto para la consideración
de mis pares.
Firmante | Distrito | Bloque |
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PETIT, MARIA DE LOS ANGELES | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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TRANSPORTES (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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27/10/2009 | DICTAMEN | Aprobado con modificaciones como proyecto de declaración |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
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Diputados | Orden del Dia 2315/2009 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE DECLARACION | 24/11/2009 |