PROYECTO DE TP
Expediente 0532-D-2008
Sumario: CREACION DEL FONDO FEDERAL DE COMPENSACION DE LOS RECURSOS COPARTICIPABLES.
Fecha: 12/03/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 8
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTICULO 1.- Créase el Fondo
Federal de Compensación de los Recursos Coparticipables, con el objeto de
restablecer el equilibrio distributivo entre la jurisdicción nacional y las jurisdicciones
provinciales, afectado por la implementación de los derechos de exportación
aplicados sobre toda la producción primaria nacional, incluyendo la actividad
agrícola-ganadera, minera, hidrocarburífera y forestal, y el impuesto a los Créditos
y Débitos en Cuenta Corriente Bancaria.
ARTICULO 2.- El objetivo del Fondo
será reintegrar a la masa de recursos coparticipables y en beneficio de las
jurisdicciones provinciales, los ingresos resignados por las Provincias, en concepto
de pago del impuesto a las ganancias, por aplicación de los porcentajes de
derechos de exportación aplicados a los productos detallados en el art. 1º y del
impuesto a los Créditos y Débitos en Cuenta Corriente Bancaria.
ARTICULO 3.- El Fondo estará
integrado por el monto equivalente al total de los ingresos resignados por las
provincias por el concepto referido en el art. 2º, determinado anualmente por el
órgano de administración del Fondo, correspondientes al año anterior del ejercicio
en consideración y extraído de recursos del tesoro nacional;
ARTICULO 4.- El Poder Ejecutivo
Nacional en acuerdo con las jurisdicciones provinciales dispondrá en el plazo de
noventa días (90) días desde la sanción de la presente para dictar las normas de
organización, sistema de asignaciones y distribución del Fondo Federal. Será
órgano de aplicación el Ministerio de Economía a través de la Secretaría de
Hacienda. La jurisdicción nacional será excluida de la distribución de este fondo
compensatorio.
ARTICULO 5.- La administración del
Fondo realizará anualmente un informe del destino de los recursos transferidos
durante el ejercicio anterior, en el que se detallarán los montos por provincias, el
cual será publicado íntegramente en el sitio web a crearse específicamente para el
seguimiento de la administración del Fondo.
ARTICULO 6.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La modificación del régimen
cambiario, provocada por lo que se denominó la "salida de la convertibilidad",
marcó un punto de inflexión para la realidad del espectro productivo. El paulatino
aumento de la cotización en dólares de las materias primas, acompañado por el
proceso devaluatorio de nuestra moneda, provocaron un margen de rentabilidad
sustentable para toda la actividad.
El aumento en los precios
internacionales de los productos agropecuarios y del petróleo, implica que con el
mismo esfuerzo productivo, el país obtiene mayores ingresos para su economía.
Para que este beneficio sea plenamente aprovechado y distribuído con razonables
niveles de equidad, se requiere contar con instrumentos que aporten razonabilidad
y justicia distributiva a nuestro esquema fiscal.
A partir del concepto de Estado
presente y regulador, el Poder Ejecutivo Nacional irrumpió en el centro de la
escena, aplicando a la producción primaria nacional el llamado derecho de
exportación, argumentando la legitimación de su implementación en una
delegación legislativa contenida en el art. 755 del Código Aduanero y en el Decreto
2752/91.
Más allá del análisis sobre
su legalidad tributaria, el ejercicio abusivo y desproporcionado de las
"retenciones", se ha convertido en una herramienta que ha vulnerado nuestro
sistema federal y el derecho de propiedad garantizado por la Ley Suprema.
Como consecuencia de las
arbitrariedades fiscales descriptas, las provincias se han visto privadas del
beneficio que la Nación disfruta, haciéndose de las rentas de nuestros productores
sin siquiera extender la posibilidad de distribuir esos ingresos y permitir que se
inviertan en la misma tierra que los generó. Buena parte de la bonanza fiscal se
sustenta en la fuerte trepada de los precios de la soja, el maíz y el trigo que la
Argentina vende al exterior. Lo que determinó en el último año una suba de 167%
en la recaudación por retenciones a la exportación.
El efecto soja sigue
siendo determinante a la hora de proyectar el crecimiento del año. La estimación
de recaudación por retenciones a las exportaciones para este año asciende a mas
de 27.000 millones de pesos, que serán usufructuados por la Nación sin
participación de las provincias. Ante este escenario, menos del 30% del total de
recursos obtenidos por el país, son distribuídos en concepto de coparticipación
federal, a las provincias.
La realidad es que la tierra
está salvando al país, la demanda mundial de granos crece, los precios no paran
de escalar y por vía directa el superávit nacional no para de ascender. Sin embargo
las provincias empiezan a sufrir el terror del déficit, fortaleciendo la construcción
macrocefálica de un país con provincias cada vez mas dependientes del poder
central.
La aplicación de las
retenciones no solo olvida en su mecanismo de distribución a las provincias, sino
que además le arrebata una jugosa porción de una fuente de ingresos
coparticipable, como el Impuesto a las Ganancias, no cobrado sobre el monto
retenido y por ende absorbido por la retención. La contundencia de las cifras me
eximen de mayores argumentos: sobre el monto estimado por retenciones
cerealeras para el año 2008, y calculando una alícuota del 35% de impuesto a las
ganancias, las provincias pierden una masa de distribución de recursos que
asciende a mas de 9.000 millones pesos. Solo por dar un ejemplo, la provincia de
Córdoba pierde mas de 900 millones pesos de fondos coparticipables, porque el
porcentaje que la Nación retiene deja de tributar a favor del sistema federal.
Pero no solo la aplicación
de retenciones afectan a la equidad distributiva, una de las columnas basales de la
masa de ingresos del tesoro nacional está hoy representada por el cobro del
impuesto a los débitos y créditos en cuenta corriente bancaria. Este tributo fue
creado por la Ley 25413 y estableció como porcentaje coparticipable solo el 30 %
del total de su recaudación. De tal forma hay un 70% del mencionado impuesto
que no se coparticipa, por Resolución de AFIP los sujetos pasivos del impuesto a
las ganancias están habilitados a compensar hasta un 34% del tributo
coparticipable con los pagos realizados por el impuesto al cheque. Esta suma
traducida en dinero, implica que más de 3000 millones de pesos son cooptados por
la jurisdicción nacional y no ingresan a la masa coparticipable.
Resulta entonces ineludible abordar el
tema de la distribución de los ingresos por retenciones y por el "impuesto al
cheque", y en ese camino impulsamos la creación de un Fondo Federal de
Compensación de Recursos Coparticipables, tendiente a generar un sistema de
restablecimiento del equilibrio fiscal, destrozado por las arbitrariedades tributarias.
Dicho Fondo deberá operar como una caja de compensación para las jurisdicciones
provinciales que se pierden de cobrar más de 9.000 millones de pesos en impuesto
a las ganancias y permita mediante las pautas establecidas por el régimen de
coparticipación federal distribuir recursos que alivien la situación crítica de muchas
tesorerías locales.
Consideramos que el Fondo
debe estar financiado con recursos atados a dos parámetros económicos: el
presupuesto nacional - para compensar las inequidades fiscales derivadas de
tributos como el impuesto al "cheque"- y el volumen de pérdidas que genera la
exclusión de lo abonado por retenciones del cálculo de impuesto a las ganancias.
Hoy observamos una
Nación con superávit fiscal aproximado al 3.5 % Producto Bruto Interno (P.B.I) y
las Provincias con déficit primarios (Ingresos corriente menos gastos corrientes /sin
intereses) a lo que se debe sumar un endeudamiento abultado.
La conclusión a la que
llegamos es que una política de estado de un país federal destinada a construir un
fuerte superávit fiscal nacional, en detrimento de sus jurisdicciones provinciales, no
solo es contradictoria, sino también unitaria e inviable.
En virtud de los
argumentos expuestos solicito a mis pares acompañen son su voto afirmativo la
iniciativa en tratamiento.-
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
AGUAD, OSCAR RAUL | CORDOBA | UCR |
MORINI, PEDRO JUAN | SANTA FE | UCR |
AZCOITI, PEDRO JOSE | BUENOS AIRES | UCR |
KRONEBERGER, DANIEL RICARDO | LA PAMPA | UCR |
LEMOS, SILVIA BEATRIZ | MENDOZA | UCR |
BAYONZO, LILIANA AMELIA | CHACO | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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