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PROYECTO DE TP


Expediente 0518-D-2010
Sumario: DEROGACION DE LOS ARTICULOS 4, 5 Y 6 DE LA LEY 23928 Y MODIFICATORIAS (CONVERTIBILIDAD DEL AUSTRAL); CREACION DE LA COMISION BICAMERAL PERMANENTE DEL MANEJO DE RESERVAS INTERNACIONALES EN ORO Y DIVISAS EN PODER DEL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.
Fecha: 04/03/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 7
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


MODIFICACION DEL LA LEY DE CONVERTIBILIDAD DEL AUSTRAL Ley Nº 23.928 y Modificatorias
Artículo 1°: Deróguense los Artículos 4º, 5º y 6º de la Ley Nº 23.928 y sus modificatorias.
Artículo 2°: Créase, en el ámbito del HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, la Comisión Bicameral Permanente del manejo de Reservas Internacionales en oro y divisas en poder del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, la cual tendrá como misión primaria evaluar el nivel óptimo de reservas y las operaciones que utilicen los excedentes de acuerdo a las recomendaciones solicitadas al Directorio del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.
Esta Comisión Bicameral estará compuesta por cuatro (4) Diputados y cuatro (4) Senadores, designados por el Presidente de sus respectivas Cámaras a propuesta de los bloques parlamentarios respetando la proporción de las representaciones políticas.
Artículo 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Tesoro Nacional recibió del Banco Central de la Republica Argentina (BCRA) una parte de las "Reservas de Libre Disponibilidad" siendo estas definidas como aquellas que exceden la Base Monetaria (Circulación Monetaria más Depósitos a la vista de las Entidades Financieras en el BCRA).
Esta definición fue utilizada en el Régimen de Convertibilidad, cuando la Base Monetaria representaba básicamente los Pasivos Monetarios del BCRA. Por lo tanto, bajo la Convertibilidad, el respaldo de las reservas de la totalidad de la base monetaria implicaba que BCRA estaría en condiciones de hacer frente a sus pasivos monetarios al tipo de cambio vigente. La crisis de fines del 2001 y del 2002 dio lugar a la creación del "corralito y corralón" sobre los depósitos en el sistema financiero, lo cual demostró las deficiencias conceptuales de la convertibilidad porque las reservas internacionales tenían que respaldar, además de la base monetaria, los depósitos totales en el sistema financiero.
Desde la salida de la Convertibilidad el BCRA al abandonar la política de tipo de cambio fijo retomó el diseño y ejecución de la Política Monetaria, utilizando para ello instrumentos de regulación de la oferta monetaria, como ser operaciones de pases, emisión de letras y notas (LEBAC y NOBAC).
El pasivo del BCRA no es solo la Base Monetaria, sino también los demás pasivos, (como el encaje de los depósitos en dólares, pases y LEBAC/NOBAC). Si se toman estos pasivos las "reservas de libre disponibilidad" desaparecen y con ello los grados de libertad para el manejo de la Política Monetaria sin generar inflación.
La definición de reservas de libre disponibilidad consistente en la diferencia entre la Base Monetaria y las Reservas, carece de sentido económico en una flotación cambiaria administrada.
El BCRA, con el objetivo de acumular reservas y sostener un tipo de cambio devaluado, no se ocupó de preservar el poder de compra de los asalariados argentinos.
La Política Monetaria del BCRA contribuyó al aumento de la Inflación y al empobrecimiento de los asalariados.
El nivel óptimo de reservas no se toma solamente de la Base Monetaria, sino que toman agregados monetarios mas amplios, como ser M3, así como otras fuentes de demanda potencial de divisas de la economía, como ser los vencimientos de deuda en moneda extrajera de corto plazo y el nivel de importaciones.
Más allá de la determinación óptima del nivel de reservas, la experiencia de países como el nuestro muestra que el nivel de reservas debe exceder a los pasivos del BCRA, no solo a la Base Monetaria, para preservar el valor de la moneda asegurando la estabilidad en los precios y el equilibrio en el mercado de dinero.
El BCRA tuvo como objetivo primario acumular reservas sin preservar el valor de la moneda erosionada por una inflación de dos dígitos altos en los últimos 5 años.
Las propuestas de los DNU para utilizar las reservas del Banco Central demuestran que la acumulación de reservas persigue no solo fines de preservar el valor de la moneda sino también fines fiscales.
La utilización de las Reservas no es una potestad del Poder Ejecutivo para pagar a los acreedores externos e internos.
La falta de financiamiento a tasas bajas es responsabilidad directa del Poder Ejecutivo por la falta de seguridad jurídica, falta de estadísticas confiables y descreimiento a nivel nacional e internacional. Un ejemplo de esta realidad fue cuando en el 2008 el Gobierno se endeudó con el Gobierno de Venezuela por 2.000 millones de dólares a una tasa del 15% anual.
El riesgo país de Argentina a fines de 2006 y principios de 2007 era similar al de Brasil y se encontraba en torno a los 200 puntos básicos (pb). Hoy Brasil mantiene el mismo nivel de riesgo país y nuestro país está entorno de los 700 pb.
La hipótesis del gobierno de que el pago de la deuda con reservas es condición necesaria a fin de finalizar el canje de la deuda para acceder a los mercados de créditos es una medida falaz. En efecto, la propuesta de canje incluye la alternativa de conseguir un nuevo préstamo por los que entren en el canje por 1.000 millones a la tasa de interés del mercado, que en la actualidad es del 14%.
El acceso al mercado de capitales a tasas similares a la que obtienen nuestros países vecinos como Brasil, Chile o Uruguay, pasa por ser un país predecible y confiable.
Esta política de acumulación de reservas que contribuyó a los altos niveles de inflación fue pagada con la pérdida de poder de compra de todos los asalariados argentinos. La misma debe ser utilizada para mejor el bienestar de los estos.
Es potestad de este Congreso elegido el 28 de junio de 2009 por mandato popular administrar evaluar y controlar las operaciones vinculadas con la utilización de las reservas internacionales de los Argentinos.
Por todo lo expuesto, Señor Presidente, es que solicito la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL JUJUY UCR
ALFONSIN, RICARDO LUIS BUENOS AIRES UCR
ALVAREZ, ELSA MARIA SANTA CRUZ UCR
ASPIAZU, LUCIO BERNARDO CORRIENTES UCR
COSTA, EDUARDO RAUL SANTA CRUZ UCR
FIAD, MARIO RAYMUNDO JUJUY UCR
GIUDICI, SILVANA MYRIAM CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
RIOBOO, SANDRA ADRIANA BUENOS AIRES UCR
MARTINEZ ODDONE, HERIBERTO AGUSTIN CORDOBA UCR
TUNESSI, JUAN PEDRO BUENOS AIRES UCR
URLICH, CARLOS CHACO UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)
FINANZAS
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) 17/03/2010