PROYECTO DE TP
Expediente 0517-D-2015
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA INSTRUMENTAR LA ACREDITACION DEL 100% (CIEN POR CIENTO) DEL IMPORTE CORRESPONDIENTE A LO RECAUDADO POR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) EN LA CUENTA BANCARIA VINCULADA A LA TARJETA DE DEBITO UTILIZADA POR AQUELLAS PERSONAS QUE COBREN LA ASIGNACION UNIVERSAL POR HIJO.
Fecha: 09/03/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 6
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo
Nacional que arbitre las acciones necesarias a fin de instrumentar la
acreditación del 100% (cien por ciento) del importe correspondiente a lo
cobrado por el impuesto al valor agregado en la cuenta bancaria vinculada a la
tarjeta de débito utilizada por aquellas personas que cobren la Asignación
Universal por Hijo, según lo establecido en el Decreto Nº 1548/01.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La devolución del IVA en compras
con tarjeta de débito ha sido una medida que permite la compra registrada de
la mayoría de los productos y servicios que utilizan los usuarios en la Argentina.
Esta medida, no sólo ha permitido la registración de los intercambios
comerciales y la bancarización de millones de ciudadanos, sino que ha sido una
medida acertada para combatir la evasión fiscal.
Los Decretos Nº 1387, 1402 y
1548, de fechas 1, 4 y 29 de noviembre de 2001, respectivamente, y la
Resolución General N° 1.166, de la AFIP permiten dicha operatoria vinculada a
la retribución del impuesto al valor agregado por las compras con tarjeta de
débito.
El presente proyecto se sustenta
en ejercicio de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 1402/01 y
1548/01, artículo 8°; y por los artículos 4° y 7º del Decreto Nº 618, de fecha 10
de julio de 1997 y sus complementarios.
Si modificamos la estructura
tributaria para complementar los efectos redistributivos de la asistencia social y
del aumento del empleo y del salario real derivados del crecimiento económico,
resulta justo aplicar una medida de sintonía fina como sería desgravar parcial o
totalmente a los sectores socioeconómicos más vulnerables del pago de
IVA.
La Asignación Universal por Hijo
(AUH) entró en vigencia en Noviembre del año 2009 mediante Decreto
1602/09. Esta asignación está destinada a los hijos de personas desocupadas,
que trabajan en el mercado informal o que ganan menos del salario mínimo,
vital y móvil; tal como establece el Art. 2º de la Resolución 393/2009 de la
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES): "La Asignación
Universal por Hijo para Protección Social será percibida por quien resulte titular,
cuando las personas a cargo del grupo familiar sean monotributistas sociales,
se encuentren desocupados o desempeñándose en la economía informal con un
ingreso inferior al salario mínimo vital y móvil y siempre que no se encuentren
alcanzados por alguna de las incompatibilidades mencionadas en el artículo 9º
del Decreto Nº 1602/09".
Por otra parte, resulta necesario
destacar uno de los párrafos de los considerandos del Decreto 1602/2009 el
cual señala que "...una medida de tal naturaleza tiene sin embargo una
indudable relevancia en cuanto significa más dinero en los bolsillos de los
sectores más postergados. No implica necesariamente el fin de la pobreza, pero
inocultablemente ofrece una respuesta reparadora a una población que ha sido
castigada por políticas económicas de corte neoliberal."
En este sentido, es que
consideramos que la devolución del IVA para todos aquellos que cobran la AUH
será una medida propicia para coadyuvar a los sectores más vulnerables en
cuánto a la capacidad de contar con más dinero para sus necesidades
básicas.
Es por ello que solicitamos al
Poder Ejecutivo, como bien se enuncia en el encabezado de este proyecto de
resolución, que arbitres las acciones tendientes a instrumentar la acreditación
del 100% (cien por ciento) del importe correspondiente a lo cobrado por el
impuesto al valor agregado en la cuenta bancaria vinculada a la tarjeta de
débito utilizada por las personas que resulta beneficiaras de la Asignación
Universal por Hijo, según lo establecido en el Decreto N º 1548/01.
El presente proyecto de resolución
tiene como antecedes los Expedientes 1055-D-2014 y 5283-D-2013, ambos de
mi autoría, haciéndose una representación de su letra resolutiva y
fundamentos.
Por los fundamentos expuestos
precedentemente, solicito a las Sras. Diputadas y Sres. Diputados la aprobación
del presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |