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PROYECTO DE TP


Expediente 0513-D-2009
Sumario: EXPRESAR BENEPLACITO POR LA IMPLEMENTACION DEL CERTIFICADO DE NACIMIENTO UNICO LLEVADO A CABO EN LA PROVINCIA DE SAN LUIS.
Fecha: 06/03/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 5
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Expresar su Beneplácito por la implementación por parte del Gobierno de la Provincia de San Luís, del Certificado de Nacimiento Único en toda la Provincia, según Ley Nacional N° |26.413 sobre la Identificación de Personas.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Provincia de San Luís, implementara desde marzo del año en curso, la Ley Nacional N° 26.413(que trata de la nueva Ley de Identificación de Personas), tanto en los centros de salud públicos como privados de toda la provincia.
Se entregaran certificados de partidas de nacimientos que tendrán un formato único y serán otorgados por el Registro Civil Provincial, de esta manera la Provincia de San Luís se convierte en la primera provincia del país en implementar la ley antes mencionada cuyo objetivo principal es evitar el tráfico de niños.
La legislación establece que los gobiernos provinciales tienen que confeccionar certificados de nacimiento con ciertas pautas, como la prenumeración de los mismos. En la actualidad en nuestro país cada clínica y hospital realiza las partidas de nacimiento de manera manual y con un formato diferente.
Esto va a cambiar en San Luís a partir de marzo, es un golpe duro a la sustracción, cambios y trata de niños. El objetivo es claro evitarlos. La medida busca garantizar el derecho fundamental a la identidad de las personas y prevenir, entre otros problemas, el tráfico de niños y la sustracción de personas.
La nueva certificación de nacimiento deberá contener el nombre completo de la madre, la huella digital del pulgar derecho y su firma. En cuanto al bebé, se registrará el sexo y la huella plantar de su pie. Algunos médicos son reacios a armar un certificado médico si la madre no tiene documento.
Con el nuevo documento se va a poder evitar esto porque como la ficha va a tener un espacio para observaciones, el profesional podrá detallar que la madre no posee documento, pero no obstante dice llamarse de tal manera.
Y como se toma la huella digital al niño y a la madre, el médico queda libre de responsabilidades. Además el documento llevará un sello de agua de la Provincia de San Luís y el sello de la institución en la que nació el niño.
La Ley 26.413, entró en vigencia el 6 de octubre de 2008, y establece que todos los actos o hechos que den origen, alteren o modifiquen quien el estado civil y la capacidad de las personas deberán inscribirse en los correspondientes registros de las provincias.
En uno de sus decretos se establece como objetivo incentivar y posibilitar el acceso al derecho a la identidad, de manera excepcional, para asegurar el goce y ejercicio del derecho a la identidad y la identificación de las personas.
El artículo 34, es el que hace hincapié en las partidas de nacimiento y establece que los gobiernos de las provincias, van a confeccionar certificado de nacimiento, por lo cual se preverán pautas sociales y enumerarán los certificados.
Por todo lo expuesto y por el valor moral y ciudadano que conlleva la aplicación de la Ley Nacional 26.453 es que solicito a mis pares me acompañen con su aprobación dicho proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI
LUSQUIÑOS, LUIS BERNARDO SAN LUIS FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI
POGGI, CLAUDIO JAVIER SAN LUIS FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia)