PROYECTO DE TP
Expediente 0489-D-2009
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR EL INCUMPLIMIENTO DE LOS CONTENIDOS MINIMOS DE LA "AGENDA DE GENERO PERIODO 2008 - 2010" APROBADO EN SESIONES DE LA CAMARA CORRESPONDIENTE AL DIA 12 DE MARZO DE 2008.
Fecha: 05/03/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 4
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Su más profunda preocupación por el
incumplimiento de los contenidos mínimos de la "Agenda de Género Período 2008-
2010", aprobada en la sala de sesiones de la Cámara de Diputados de la Nación el
12 de marzo de 2008, toda vez que de los 36 puntos contemplados en el
compromiso asumido, solo se aprobaron parcialmente dos de ellos, desconociendo
una vez más el deber del Congreso de la Nación impuesto por el artículo 75 inc. 23
de la Constitución Nacional, como las obligaciones contraídas por el Estado
Nacional, a través de diversos tratados internacionales de derechos humanos, en
particular la Convención sobre la Eliminación de Todas Formas de Discriminación
contra la Mujer (art. 75 inc. 22 C.N.) y la Convención Interamericana para Prevenir,
Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Convención de Belem do
Pará).
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El período legislativo 126 se presentó
auspicioso para la lucha de las mujeres. En la primera sesión del año 2008 se
aprobaba la "Agenda de Género Período 2008-2010" con 196 votos por la afirmativa,
6 abstenciones y la presencia de numerosas mujeres y organizaciones
comprometidas con los derechos de las mujeres.
Los votos y la versión taquigráfica de
la sesión dan cuenta del consenso alcanzado en relación con el compromiso a dar
tratamiento legislativo a los contenidos mínimos que contempla esa Agenda en
cuanto a garantizar los derechos fundamentales de las mujeres y el principio de
igualdad real de derechos, oportunidades y de trato entre varones y mujeres.
Sin embargo la falta de tratamiento de la
mayoría de los proyectos refutan esa manifestación de voluntad y quebrantan el
compromiso asumido por el cuerpo en la aprobación de una agenda parlamentaria
temática.
La "Agenda de Género Período 2008-
2010" tiene treinta y seis puntos de los cuales sólo se aprobó la modificación al
Código Civil respecto de la edad mínima para contraer matrimonio, igualando la
situación de hombres y mujeres, y las modificaciones al Código Penal y a la Ley Nº
24.660 ampliando los supuestos en los que los jueces pueden determinar el
cumplimiento de la pena bajo la modalidad de prisión domiciliaria en los casos de
mujeres con hijos menores de cinco (5) años o discapacitado. Cabe señalar que
estas dos modificaciones son solo una parte de dos de los puntos, que de ningún
modo se agotan en estos cambios. Todavía subsisten numerosas reglas en el
Código Civil que brindan un tratamiento diferenciado y discriminatorio a las mujeres
respecto de los hombres. La modificación a la 24.660, habilita la posibilidad de que
mujeres madres privadas de libertad cumplan su condena bajo la modalidad de
prisión domiciliaria, empero, ninguna norma acompaña el mejoramiento de las
condiciones de detención para aquellas mujeres madres que deban continuar
alojadas por orden del juez en unidades penitenciarias junto son sus hijos menores
de cinco (5) años.
El balance a un año de la aprobación
de la Agenda de Género es vergonzoso e irritante.
Quedan pendientes de tratamiento temas
tan trascendentales como: el reconocimiento de la jerarquía constitucional de la
Convención de Belém do Pará; una ley de prevención, sanción y erradicación de
todas las formas de violencia contra las mujeres y de atención a las víctimas; la
prevención y asistencia a las víctimas de delitos sexuales, de la trata de personas y
de explotación sexual; la elaboración de un plan de real igualdad de oportunidades y
de trato entre mujeres y varones; la jerarquización de una institución especializada
en políticas públicas para la promoción y protección de los derechos fundamentales
de las mujeres y el principio de igualdad y no discriminación dentro de la estructura
del PEN; el diseño de mecanismos que garanticen el acceso de las mujeres a
órganos y puestos de jerarquía en el sector público para lograr la paridad entre
mujeres y varones; la implementación de medidas para asegurar la plena vigencia
de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, con especial consideración
de las recomendaciones de los organismos encargados del monitoreo de los
tratados internacionales de Derechos Humanos y la garantía del cumplimiento
estricto del principio de no regresividad; reformas para mejorar el acceso a la justicia
de las mujeres a través de la reglamentación de la acción de amparo individual y
colectivo, entre otras; la revisión integral de la Ley antidiscriminatoria ley; incluyendo
la ampliación de los factores discriminatorios, la incorporación de la no taxatividad de
su enumeración, la especificación de la configuración de la discriminación por
intención o por resultado y la inclusión del concepto de categorías sospechosas;
reformas en la legislación laboral que aseguren la igualdad real de trato entre
varones y mujeres; la prevención, sanción y erradicación del acoso sexual en el
ámbito laboral; medidas para que el acceso y el ascenso en el ámbito laboral sean
en condiciones de igualdad de oportunidades; la creación de mecanismos ágiles e
idóneos para el reclamo por despidos por embarazo o maternidad; la reforma al
régimen laboral del empleo doméstico; la ampliación de la Ley 24.716 a todas las
patologías que exijan cuidados intensivos para el recién nacido; la modificación de la
ley de contrato de trabajo para garantizar el efectivo goce del derecho de contar con
salas de cuidados infantiles; una reglamentación que evite la publicidad
discriminatoria y la prevención de la violación de los derechos humanos de las
mujeres en los contenidos televisivos, así como la promoción de políticas en medios
de comunicación para la concientización y protección de los derechos de las
mujeres; la fijación de mecanismos de actualización en la sentencia de juicio por
alimentos; el reconocimiento de responsabilidades domésticas compartidas en la
atención del hogar y la crianza de hijos/as; la consagración de efectivas licencias por
paternidad; la reforma a las normas de disolución patrimonial del matrimonio y la
fijación de compensaciones al cónyuge que atendió las labores domésticas y
cuidados de los niños/as; la modificación del régimen de filiaciones para eliminar
normas discriminatorias; la revisión del Código Penal en cuanto a la incorporación de
la figura del reconocimiento de la imputabilidad disminuida en el estado puerperal de
la madre; la revisión integral de la Ley 24.270; la reforma de la normativa tributaria y
de la seguridad social para garantizar la igualdad real de trato entre mujeres y
varones; el reconocimiento de que la asignación por maternidad esté incluida en las
asignaciones que correspondan al sistema previsional; el derecho a la asignación
por maternidad de las mujeres bajo el régimen monotributista; el mejoramiento del
sistema de pensiones de madres con más de 7 hijos; medidas para la integración
económica de las mujeres, el acceso al crédito, a la propiedad y al trabajo, así ;
reconocimiento de la contribución económica de las mujeres desde la economía
informal y del cuidado, entre otras..
Se nos podrá apuntar que alguno de
estos temas, tiene la aprobación de alguna de las Cámaras del Congreso de la
Nación, pero lo innegable es que no hay leyes sancionadas en estas materias.
La aprobación de esta declaración es la
renovación del compromiso vulnerado, no solo respecto de las numerosas mujeres
que esperan de sus representantes el mejoramiento de su situación legal en pos de
una efectiva promoción y protección para el goce y ejercicio de sus derechos
fundamentales y la remoción de obstáculos para lograr una igualdad real entre
varones y mujeres, sino también respecto del reconocimiento de la deuda que
mantenemos como representantes del pueblo de la Nación, y el deber de honrar el
compromiso asumido hace un año.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
RODRIGUEZ, MARCELA VIRGINIA | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
STORNI, SILVIA | CORDOBA | UCR |
GIUDICI, SILVANA MYRIAM | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
CARCA, ELISA BEATRIZ | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
AUGSBURGER, SILVIA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
BISUTTI, DELIA BEATRIZ | CIUDAD de BUENOS AIRES | SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.) |
COMELLI, ALICIA MARCELA | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
MORANDINI, NORMA ELENA | CORDOBA | MEMORIA Y DEMOCRACIA |
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
MORAN, JUAN CARLOS | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
PEREZ, ADRIAN | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
GIL LOZANO, CLAUDIA FERNANDA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA GIL LOZANO, CLAUDIA FERNANDA (A SUS ANTECEDENTES) | 11/03/2009 |