PROYECTO DE TP
Expediente 0466-D-2014
Sumario: SISTEMA DE EMERGENCIAS COORDINADAS (LEY 25367): MODIFICACION DEL ARTICULO 2, SOBRE ASIGNACION DEL NUMERO *911, PARA RECIBIR DENUNCIAS A TRAVES DE MENSAJES DE TEXTO O SMS.
Fecha: 11/03/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 5
El Senado y Cámara de Diputados...
SISTEMA DE EMERGENCIAS
COORDINADAS
Modificación de la Ley 25.367,
asígnese el número telefónico *911, asterisco novecientos once, para recibir
denuncias a través de mensajes de textos.
Artículo 1: Modifíquese el art. 2 de la
ley 25.367 que quedará redactado de la siguiente manera;
ARTICULO 2°: A fin de implementar el
sistema de emergencias coordinadas dótese al mismo, de un único número de
teléfono de tres cifras (*911, asterisco novecientos once), que será el mismo en
todo el país, asimismo garantícese el soporte técnico para desarrollar e
implementar el servicio de mensajes de texto o SMS (Short Message Service), a fin
de receptar las denuncias.
Las llamadas serán sin cargo, y
podrán hacerse desde teléfonos públicos, semipúblicos, privados o celulares.
Los mensajes de texto o SMS (Short
Message Service), gozarán de la gratuidad mencionada en el párrafo anterior.
Artículo 2: Comuníquese al poder
ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Este proyecto tiene como antecedente
el Expediente 4536-D-2012, que ha perdido estado parlamentario.
La propuesta fomenta el uso de la
tecnología y aprovecha el masivo y popular uso de la telefonía celular para la
prevención del delito, procurando que quien es testigo de un delito, y corre peligro
si emite sonidos, advierta a la policía a través de un simple mensaje de texto al
*911.
Visto
Que los problemas de INSEGURIDAD
afectan e involucran a toda la población, condicionando la calidad de vida de tal
manera que es necesario convocar y participar en la búsqueda activa de una
solución.
Que el estado de derecho que expone
nuestra Carta Magna, asegura el derecho a la vida, a la integridad física y moral, a
la propiedad, a la libertad de trabajar y circular. Y es una obligación del Estado
realizar todos los esfuerzos que sean necesarios para lograr estos objetivos.
Que el desafío de garantizar la
seguridad pública no admite demoras, y los efectos nocivos de la inseguridad se
trasladan a toda la sociedad aún cuando muchos de ellos no sean víctimas directas
de los delitos que se cometen, sino meros observadores que podrían evitar los
mismos mediante la comunicación o denuncia del hecho en vías de
producirse.
Que como al perderse el control de la
situación, deben adoptarse en forma inmediata medidas generales de emergencia
que permitan la rápida neutralización del accionar delictivo y luego, aplicar
medidas a mediano y o largo plazo que aseguren el mantenimiento del orden de la
situación relativa favorable alcanzada con el objetivo ulterior de que la ciudadanía
regrese al sentimiento general de encontrarse en un ambiente libre de todo riesgo
real y / o potencial.
Que según un estudio británico de
2004, las personas con discapacidad o con capacidades diferentes, tienen más
probabilidades de ser víctimas de la violencia o la violación, y menos
probabilidades de obtener la intervención de la policía, protección jurídica o
cuidados preventivos.
Que los delitos más evidentes, se
generan con el mayor nivel de violencia contra los grupos más vulnerables, como
los ancianos, personas con capacidades diferentes y niños.
Que hay que abordar este tema de
una manera integral, teniendo el Estado un rol fundamental de conductor y
planificador. Dado que la seguridad de los individuos es algo que preocupa a la
sociedad actual, por ello se han ideado distintos procedimientos que aseguran su
integridad. Estos métodos se han hecho extensibles a la familia y al hogar, ya que
es éste uno de los lugares en los que más tiempo pasamos.
Y Considerando
Que los derechos civiles, culturales,
económicos, políticos y sociales son aplicables a todos los seres humanos, y los
Estados deben adoptar las medidas necesarias para que las personas con
discapacidad o con capacidades diferentes, gocen de estos derechos en igualdad
de condiciones con los demás.
Que asimismo, la propuesta es una
herramienta útil e integradora, dado que puede realizar una denuncia ante una
situación de indefensión total la victima que cuenta con un impedimento para
hablar y/o escuchar (hipoacúsicos/as), sea físico o por la situación inminente de
peligro, evitando de este modo, tal vez un mal mayor.
Que el proyecto tiene por objeto
eliminar los obstáculos que dificultan a las personas con discapacidad o
capacidades diferentes, llevar una vida independiente en la comunidad impidiendo
el goce respectivo de sus derechos, facilitando a través de herramientas
tecnológicas, el acceso a la justicia.
Que en países como EEUU, Inglaterra
y Uruguay, ya se encuentra desarrollada esta iniciativa.
Concluimos, en que las situaciones de
riesgo en las personas con discapacidad o capacidades diferentes, exigen una
actuación específica del Estado para garantizar su protección.
Y solicito, por todo lo expuesto, a los
compañeros/as diputados/as, acompañen con su voto el presente proyecto de
ley
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
TROIANO, GABRIELA ALEJANDRA | BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
DUCLOS, OMAR ARNALDO | BUENOS AIRES | GEN |
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