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PROYECTO DE TP


Expediente 0437-D-2007
Sumario: LEY 24449, DE TRANSITO: INCORPORACION DEL ARTICULO 14 BIS, SOBRE FISCALIZACION DEL OTORGAMIENTO DE LAS LICENCIAS DE CONDUCIR.
Fecha: 12/03/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 8
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


FISCALIZACION DEL OTORGAMIENTO DE LAS LICENCIAS DE CONDUCIR
Artículo 1: Incorporase como artículo 14 bis, de la ley 24.449, el siguiente:
"Artículo 14 bis: La fiscalización del cumplimiento de lo dispuesto en este capitulo por parte de las jurisdicciones locales y provinciales podrán ser realizadas por Organizaciones No Gubernamentales que tengan idoneidad y reconocida trayectoria en lo referido a la problemática de la seguridad vial y que se anoten en un registro especial habilitado al efecto, bajo la coordinación de la Comisión Nacional de Tránsito y Seguridad Vial, en el marco de las facultades previstas por el artículo 96 de la presente."
Los informes elaborados por dichas organizaciones deberán ser elevadas a dicha Comisión y a ambas Cámaras del Congreso Nacional.
Artículo 2: De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Una de las principales causas de muerte en Argentina, es debida a los accidentes de tránsito. Estos responden a numerosas causas, entre ellas, en un elevado porcentual, a imprudencias y/o falta de condiciones psicofísicas del conductor para manejar vehículos.
El sistema de expedición de licencias de conductores en Argentina esta claramente legislado, pero en muchos casos el otorgamiento de licencias resulta totalmente caótico, existiendo a lo largo y lo ancho del país numerosos casos que muestran profundas deficiencias.
Esta es la principal razón de que estén circulando por las mismas rutas y calles por lo que transitan a diario nuestros familiares, amigos y vecinos, muchísimas personas que no reúnen las condiciones para ello; sea por falta de conocimiento de las disposiciones y normas de tránsito mas elementales como por no reunir las condiciones psicofísicas necesarias para conducir su vehículo.
Autorizar a circular libremente a una persona con inhabilidad para ello es un acto irracional de total indiferencia ante el valor de la vida humana, que se cobra a diario innumerables vidas. Esta realidad se repite en todo el país y lamentablemente podemos comprobarlos a diario.
Cualquiera de mis pares seguramente pudo comprobar personalmente esta situación cuando intenta cruzar la calle, cuando los semáforos y las señales no son respetadas, cuando tenemos prioridad de paso y el otro conductor no se detiene, cuando no se usa el guiño para anunciar una acción de giro, entre otras tantas circunstancias que llevan a accidentes que después tenemos que lamentar.
A diario en distintos puntos del país se le confiere la habilitación de poder conducir a personas no aptas para ello, y eso en otras palabras es poner en sus manos un arma que puede dispararse en cualquier momento, y causar incontable daños y muertes.
Las leyes prescriben los requisitos para poder otorgar licencias de conductor, pero existen funcionarios locales que con total desidia y displicencia otorgan licencias por amistad, por compromiso, etc. a quienes no deben conducir.
Analizando la situación desde este ángulo, podemos concluir que todo esfuerzo que se haga para prevenir posibles accidentes, será totalmente en vano, si no controlamos exhaustivamente la entrega de licencias de conducir.
Por ello este proyecto propone introducir una modificación a nuestra ley de Tránsito con el objeto de fortalecer el control sobre la expedición de licencias para que los organismos que integran el Sistema de Seguridad Vial puedan tomar las previsiones del caso.
En efecto, se prevé la incorporación de organizaciones no gubernamentales con reconocida trayectoria en materia de seguridad vial que aportarán su compromiso y esfuerzo para que las normas sean aplicadas correctamente.
Esta actividad, coordinada por la Comisión Nacional de Tránsito y Seguridad Vial, que es la autoridad competente para la fiscalización de lo normado por la ley de Tránsito,
permitirá incorporar el invalorable aporte del control social a través de esas organizaciones de la sociedad civil que están directamente interesadas en que estas normas se cumplan adecuadamente a lo largo y ancho del país.
De esa forma, los funcionarios locales que no cumplan con sus obligaciones podrán ser denunciados a la justicia y se podrá contar con la información necesaria para que las autoridades máximas de las jurisdicciones locales que correspondan puedan conocer la comisión de irregularidades y así tomar cartas en el asunto.
Se debe hacer todo lo necesario para que no se sigan perdiendo una gran cantidad de vidas por los accidentes de tránsito. Este proyecto es una contribución en este sentido.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del mismo.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LOVAGLIO SARAVIA, ANTONIO SALTA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)