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PROYECTO DE TP


Expediente 0427-D-2008
Sumario: IDENTIFICACION, REGISTRO Y CLASIFICACION DEL POTENCIAL HUMANO NACIONAL, LEY 17671: MODIFICACION.
Fecha: 10/03/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 6
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º: Sustitúyese el inciso f) del art. 17º de la ley Nº 17.671 por el siguiente texto:
"f) Expedir a solicitud del ciudadano que acredite la calidad de ex combatiente de la guerra de Malvinas el documento nacional de identidad con una sobretapa que llevará la impresión de la bandera argentina y la imagen del sol en el medio de la portada de acuerdo al modelo que como anexo I forma parte de la presente ley. En dicha sobretapa se consignará: a) en la parte superior de la portada, el número de documento de identidad con el mismo troquelado que el resto del documento y la leyenda DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD, b) en la parte inferior de la misma se inscribirá la leyenda EX COMBATIENTE REPÚBLICA ARGENTINA., c) en la parte superior de la contraportada se consignará la frase GLORIA-HONOR RECONOCIMEINTO, d) en su parte inferior se inscribirá la sigla MERCOSUR. y e) en el centro de la contraportada, el mapa de las Islas Malvinas con su identificación
Art. 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El 2 de abril de 2007, se cumplieron veinticinco años de la guerra de Malvinas. Este episodio ha dejado una huella importante en la experiencia colectiva de los argentinos que resulta difícil de abordar por su complejidad y por formar parte de un pasado reciente.
Ese día fuerzas militares argentinas desembarcaron en la capital de las Malvinas y, sin ocasionar bajas ni daño alguno al pequeño destacamento británico apostado en el lugar, ni a los malvinenses, reestablecieron la soberanía sobre las islas.
Entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982 centenares de compatriotas ofrendaron sus vidas y su integridad en cumplimiento del deber combatiendo por sobre la medida de sus escasas fuerzas frente a un enemigo aguerrido, apoyado por la tecnología y la logística del primer mundo.
La falta de vestimenta y de equipos apropiados, la escasez de alimentos, el clima cada vez mas frío por la inminencia del invierno, no impidieron al los soldados argentinos combatir como hombres de honor, hasta que el 14 de junio de 1982, tras duros combates, la guarnición argentina de Puerto Argentino debe capitular y se acordó el alto el fuego y la consiguiente rendición.
El desempeño de los soldados conscriptos en la campaña de Malvinas, no sólo fue correcto sino que mereció elogios hasta del propio ejército adversario.
El presente proyecto propicia la modificación del art. 17, inc. f) de la ley N° 17.671 del "Registro Nacional de las Personas", que fue sancionada el 29/02/68 y publicada en el Boletín Oficial el 12/03/68.
Esta ley regula la competencia, funciones y facultades del Registro Nacional de las Personas (creado por la ley N 13.482) y, entre estas últimas, la de otorgar -en exclusividad- los documentos nacionales de identidad.
El art. 17 de la ley N° 17.671 establece las responsabilidades del Registro Nacional de las Personas, en lo que respecta a la documentación y específicamente el actual inciso f) (incorporado por la ley N° 17.671) contempla la responsabilidad de: "Registrar a solicitud del ciudadano que acredite la calidad de ex combatiente de la guerra de las Malvinas la leyenda: "Ex combatiente, héroe de la guerra de las Malvinas".
En el presente proyecto se pretende distinguir a los ex combatientes con un documento con mayor representatividad de la gesta de las Malvinas, que ponga de resalto la GLORIA, el HONOR y el RECONOCIMEINTO que su actuación representó para nuestra Nación.
Esta iniciativa no es más que un humilde reconocimiento a quienes con hidalguía y en cumplimiento del deber defendieron la reivindicación de las Islas Malvinas, es por ello que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley a fin de afianzar los principios de soberanía y cumplimiento del deber de nuestro sistema de gobierno republicano y federal.
Proyecto

ANEXO

ANEXO I
Tabla descriptiva
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BALADRON, MANUEL JUSTO LA PAMPA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia)
DEFENSA NACIONAL