PROYECTO DE TP
Expediente 0426-D-2009
Sumario: RATIFICACION DE LA DECLARACION DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, ADOPTADA POR LA ASAMBLEA GENERAL DE NACIONES UNIDAS, EL 13 DE SEPTIEMBRE DE 2007, RESOLUCION 61/295.
Fecha: 05/03/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 4
El Senado y Cámara de Diputados...
Art 1° Ratificase la
adhesión de la Nación Argentina a la Resolución N° 61/295 de la
Asamblea General de las Naciones Unidas sobre los derechos de los
pueblos indígenas
Art. 2° De Forma
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En la 107 sesión plenaria de la Asamblea General de las Naciones
Unidas, celebrada el 13 de septiembre de 2007, los Pueblos Indígenas
lograron la aprobación de la Resolución 61/295 de la Declaración de
las Naciones sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, la que
afirma que los pueblos indígenas son iguales a todos los otros pueblos,
y reconoce el derecho de cada pueblo a ser diferente, a considerarse
diferente y a que se lo respeten como tal, ya que todos los pueblos
contribuyen a la diversidad de las civilizaciones y culturas que forman
en su conjunto el patrimonio de la humanidad.
Afirma además que "todas las doctrinas políticas y practicas basadas
en la superioridad de determinados pueblos o personas o que las
propugnan aduciendo razones de origen nacional o diferencias raciales,
religiosas, étnicas o culturales son racistas, científicamente falsas,
jurídicamente inválidas, moralmente condenables y socialmente
injustas, y que en el ejercicio de sus derechos, los pueblos indígenas
deben estar libres de toda forma de discriminación"
La Asamblea de la ONU, también manifiesta su "preocupación por el
hecho de que los pueblos indígenas han sufrido injusticias históricas
como resultado, entre otras cosas de la colonización y la enajenación
de sus tierras, territorios y recursos, lo que les ha impedido ejercer, en
particular, su derecho al desarrollo de conformidad con sus propias
necesidades e intereses."
Reconoce asimismo la" urgente necesidad de respetar y promover los
derechos de los pueblos indígenas afirmados en tratados, acuerdos y
otros arreglos constructivos con los Estados"
La Asamblea se manifiesta convencida de que "si los pueblos indígenas
controlan los acontecimientos que los afecten a ellos y a sus tierras,
territorios y re cursos, podrán mantener y reforzar sus instituciones
culturas y tradiciones y promover su desarrollo de acuerdo a su
aspiraciones y necesidades y que el respeto de los conocimientos, las
culturas y las prácticas tradicionales indígenas contribuye al desarrollo
sostenible y equitativo y a la ordenación adecuada del medio
ambiente"
La
Asamblea General de las Naciones Unidas manifiesta su especial
reconocimiento al derecho de las familias y comunidades indígenas a
que sigan compartiendo la responsabilidad por la crianza, la formación,
la educación y bienestar de sus hijos en consonancia con sus
derechos.
En sus
últimos artículos establece la necesidad de que cada Estado Nacional
adopte las medidas apropiadas, incluida las legislativas, con el objeto
de alcanzar los fines de la Declaración, interpretándose las
disposiciones que enuncia, con arreglo a los principios de la justicia, la
democracia, el respeto de los derechos humanos, la igualdad, la no
discriminación, la buena administración pública y la buena fe
Por
todo lo expuesto solicito a mis pares me acompañen en este proyecto
de Ley
Firmante | Distrito | Bloque |
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VILARIÑO, JOSE ANTONIO | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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POBLACION Y DESARROLLO HUMANO |