PROYECTO DE TP
Expediente 0407-D-2010
Sumario: EXPRESAR REPUDIO ANTE LA DECISION UNILATERAL DEL GOBIERNO DEL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA DE EXPLORAR Y EXPLOTAR PETROLEO EN LA REGION NORTE DE LAS ISLAS MALVINAS, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 04/03/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 6
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
a) Expresar su más enérgico repudio
ante la inminente decisión unilateral del gobierno del Reino Unido de aprestarse para
la exploración y eventual explotación petrolera en la región norte de las Islas
Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur. La soberanía sobre las Islas -como lo establece
nuestra Constitución Nacional- constituye un objetivo permanente e irrenunciable del
pueblo argentino que ha sido históricamente refrendado ante los foros
internacionales.
b) Desconocer -ahora y en lo sucesivo-
los derechos que serán acordados a las compañías de prospección, exploración y
transporte petroleros que operen ilegalmente en la zona.
c) Rechazar la pretensión de incluir en el
Tratado de Lisboa -por la Unión Europea a pedido de Gran Bretaña- a las Islas
Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur en su lista de territorios de ultramar; tal
como fue reiteradamente expresado por la Cancillería Argentina.
d) Rechazar la reclamación del Reino
Unido ante la Secretaría de la Convención de Derechos Marítimos de las Naciones
Unidas (CONVEMAR) de delimitar la plataforma continental en torno a las islas que
usurparon a las 350 millas, proyectando su ocupación colonial sobre una superficie
marítima de 3.500.000 Km2 y su consiguiente reclamo sobre los territorios antárticos
en función de esta delimitación unilateral.
e) Ratificar que los actos de
avasallamiento de nuestra integridad territorial, -indicados en los Incisos anteriores
son contrarios a los principios del derecho internacional y a las resoluciones de la
Asamblea General y del Comité de Descolonización de la Organización de las Naciones
Unidas.
f) Ratificar que el argumento del "mayor
interés de los habitantes de las islas" y su supuesto derecho a la aplicación del
principio de autodeterminación que esgrime el Reino Unido para justificar las acciones
ilegítimas aquí adversadas, contraviene la Resolución 1514 (XV) de Naciones Unidas
que establece en el párrafo sexto que "todo intento encaminado a quebrar total o
parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible
con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas. En el mismo sentido
la Asamblea General de las Naciones Unidas, en el contencioso sobre las Islas
Malvinas, recogió la doctrina de aplicación del principio de integridad territorial frente
los deseos de la población de las Islas en su Resolución 2065 (XX) de 1965, ratificada
luego por múltiples decisiones desde 1973 a 1988. Por otra parte, el respeto al modo
de vida de los habitantes de las Islas ya está consagrado en Nuestra
Constitución.
g) Convalidar y acompañar las enérgicas
protestas que el gobierno argentino viene sosteniendo ante los organismos
internacionales.
h) Instar al gobierno del Reino Unido
para que abandone las acciones amenazantes de fortificación militar creciente de las
islas y se avenga a aceptar el principio de la resolución pacífica y negociada del
conflicto ocasionado por la ocupación ilegal de nuestro territorio. Y para que cese en
su renuencia pertinaz a continuar las negociaciones con nuestro país a pesar de los
múltiples llamamientos de la comunidad internacional en favor de una solución
definitiva de la disputa; y por ya también, reiteradas y variadas resoluciones de las
Naciones Unidas. Del mismo modo en que el Reino Unido como miembro del Consejo
de Seguridad de las Naciones Unidas insta a terceros países para que solucionen sus
conflictos de manera pacífica y en orden a las decisiones de los organismos
internacionales que contribuye a emitir.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Como representantes del pueblo de la Nación
Argentina, tenemos como responsabilidad primigenia el velar por sus intereses, sobre todo
aquellos taxativamente expresados en nuestra Carta Magna.
Siguiendo lo prescripto por la
Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional de 1994, en la que se expresa
que: "La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las Islas
Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares
correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional. La recuperación de
dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus
habitantes y conforme a los principios del Derecho Internacional, constituyen un objetivo
permanente e irrenunciable del pueblo argentino.";
Durante el año 2009, el Gobierno del Reino
Unido emitió declaraciones y decisiones que, en los hechos, constituyeron los pasos
previos de esta escalada unilateral convertida en un inaceptable desafío diplomático,
jurídico y geopolítico y militar que erosiona y debilita en forma permanente nuestra
soberanía territorial y marítima sobre el amplio espacio del Atlántico Sur. Entre estos
antecedentes, pueden mencionarse los siguientes:
- En el mes de marzo de 2009, el Reino
Unido elevó una propuesta al Parlamento Europeo, solicitando la incorporación de la
fortaleza militar emplazada en las islas como base europea de ultramar, corroborando, a
partir de ello, el virtual reconocimiento de las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur
como territorio europeo del ultramar.
- En el mes de mayo de 2009, el Gobierno
del Reino Unido presenta ante la Secretaría de la Convención de Derechos Marítimos de
las Naciones Unidas ( CONVEMAR), el reclamo de delimitación de la plataforma continental
en torno a las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur hasta las 350 millas,
proyectando, de esa manera, su ocupación colonial sobre una superficie marítima de unos
3.500.000 km2, a lo cual se le agrega el reclamo sobre la plataforma continental de la
porción de territorio antártico reclamada por el Reino Unido.
- En octubre de 2009, se publicitó el envío de
cuatro aviones de combate Typhoon a la base militar de Mount Pleasant, realizándose
importantes maniobras y ejercicios militares presididos por el Jefe de Estado Mayor
Conjunto de las FFAA británicas. Asimismo, se designó como Gobernador de las Islas a un
militar británico con amplia experiencia en misiones en regiones de alta conflictividad,
configurando, con ello, una provocación belicista inaceptable que escala el conflicto, en
contradicción con los acuerdos, exhortaciones y resoluciones de los más variados
organismos y foros de la comunidad internacional.
- En el mes de diciembre de 2009, el
Parlamento Europeo aprobó la Constitución Europea mediante la entrada en vigencia del
Tratado de Lisboa, que incorpora concretamente a las islas Malvinas, islas del Atlántico Sur
y Territorio Antártico Británico, como territorios europeos de ultramar. De esta manera,
nuestro país se transforma en Estado corribereño de la Comunidad Europea, consolidando,
de esa manera, una situación geopolítica de imprevisibles consecuencias para la integridad
de nuestros intereses territoriales y marítimos.
- En los primeros días del mes de enero del
presente año, el Reino Unido envió la plataforma petrolera Ocean Guardian, contratada
por la empresa Desire Petroleum- una de las principales empresas que opera en el
Atlántico Sur con licencias otorgadas unilateralmente por el Reino Unido- para comenzar
las actividades de prospección y exploración hidrocarburíferas.
Recordamos que la problemática de la
soberanía fue, sigue y seguirá siendo el tema central de la disputa con el Reino Unido y,
como tal, debe ser puesto en el centro del reclamo jurídico y diplomático.
Asimismo, es importante señalar que la especificidad
de la Cuestión de las Islas Malvinas reside en que el Reino Unido ocupó las Islas por la fuerza en
1833, expulsó a su población originaria y no permitió su retorno, vulnerando la integridad territorial
argentina.
En tal sentido, la Resolución 1514 (XV), "Declaración
sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales" establece en su párrafo
sexto que "Todo intento encaminado a quebrar total o parcialmente la unidad nacional y la
integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las
Naciones Unidas".
Reforzando esta línea de argumentación, en la
Cuestión de las Islas Malvinas la Asamblea General de las Naciones Unidas recogió esta doctrina-
de aplicación del principio de integridad territorial al hacer referencia a los intereses y NO a
los deseos de la población de las Islas-en su resolución 2065 (XX) de 1965, ratificada
posteriormente por otras resoluciones en 1973 (3160, XXVIII) 1976 (31/49), 1982 (37/9), 1983
(38/12), 1984 (39/6), 1985 (40/21), 1986 (41/40), 1987 (42/19) y 1988 (43/25). Todas declaran la
existencia de una disputa de soberanía y reafirman la invitación hecha en la resolución 2065 (XX)
a las Partes (la Argentina y el Reino Unido) "a proseguir sin demora las negociaciones
recomendadas por el Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la
aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos
coloniales, a fin de encontrar una solución pacífica al problema, teniendo debidamente en cuenta las
disposiciones y los objetivos de la Carta de las Naciones Unidas y de la Resolución 1514 (XV), así
como los intereses de la población de las Islas Malvinas."
Finalmente, esa misma posición se reafirma año a año
en el marco de las sesiones del Comité de Descolonización de las Naciones Unidas, en cuyo seno la
República Argentina ha vuelto a retomar- desde el año 2004- la tradicional postura diplomática y
jurídica de denuncia internacional de los permanentes actos de fuerza que el Reino Unido sigue
perpetrando en las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, los espacios insulares circundantes
y el Atlántico Sur.
Por todo lo expuesto solicitamos a los señores
diputados que nos acompañen con su firma.
Firmante | Distrito | Bloque |
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MACALUSE, EDUARDO GABRIEL | BUENOS AIRES | SI POR LA UNIDAD POPULAR |
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO | BUENOS AIRES | GEN |
SOLANAS, FERNANDO EZEQUIEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
MERCHAN, PAULA CECILIA | CORDOBA | LIBRES DEL SUR |
BELOUS, NELIDA | TIERRA DEL FUEGO | PROYECTO PROGRESISTA |
BONASSO, MIGUEL LUIS | CIUDAD de BUENOS AIRES | DIALOGO POR BUENOS AIRES |
PINEDO, FEDERICO | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
LOZANO, CLAUDIO RAUL | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
FEIN, MONICA HAYDE | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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