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PROYECTO DE TP


Expediente 0384-D-2012
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA CREACION DE LA "MESA METROPOLITANA DE SEGURIDAD" CREADA POR RESOLUCION DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD 78/12 DEL DIA 17 DE FEBRERO DE 2012.
Fecha: 07/03/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 4
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo Na- cional y por su intermedio al Ministerio de Seguridad, de acuerdo con lo pre- visto en los artículos 117 y 204 del Reglamento, a fin de que informe acerca de la resolución MS 78/12, del 17 de febrero de 2012, publicada en el Boletín Oficial el 24 de febrero de 2012, por la cual el citado ministerio creó y fijó los objetivos de la "Mesa Metropolitana de Seguridad". En particular se requiere que informe sobre los siguientes puntos:
1. Razones por las cuales el Mi- nisterio de Seguridad no invitó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a participar e integrar la Mesa Metropolitana de Seguridad.
2. Razones por las cuales la Po- licía Metropolitana de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su carácter de fuerza policial de seguridad, no fue convocada a participar de las acciones de la Mesa Metropolitana de Seguridad.
3. Cuál fue el criterio utilizado para determinar el ámbito de actuación de la Mesa Metropolitana de Seguri- dad y realizar la selección y convocatoria de sus integrantes.
4. Cuál es la relación funcional con la Policía Metropolitana de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
5. Cómo se realiza y a través de qué organismo o de qué funcionarios la tarea de coordinación con la Policía Metropolitana de la Ciudad de Buenos Aires que a ese ministerio le imponen la ley de ministerios y la ley de seguridad interior (arts. 22 bis, inc. 3°, de la ley 22.520 de ministerios y 8° de la ley 24.059 de seguridad interior).

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La ministra de Seguridad de la Nación dictó la resolución 78, del 17 de febrero de 2012, publicada en el Bo- letín Oficial el día 24 del mismo mes. Mediante la citada resolución, la minis- tra creó la "Mesa Metropolitana de Seguridad", con el objetivo de "entender en materia de delitos complejos y criminalidad organizada, en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, y los municipios de Lanús, Avellaneda, Lomas de Zamora y La Matanza de la Provincia de Buenos Aires" (art. 1°).
De acuerdo con lo resuelto por la ministra, esa mesa está conformada por "la Secretaría de Seguridad Ope- rativa, la Secretaría de Políticas de Prevención y Relaciones con la Comuni- dad, la Subsecretaría de Delitos Complejos y Lucha contra la Criminalidad Organizada y la Dirección Nacional de Fiscalización de Desarmaderos y Auto- partes" (art. 2°). También se invitó a participar de la citada mesa al Ministe- rio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, y a los municipios de Avellaneda, Lanús, Lomas de Zamora y La Matanza de dicha provincia (art. 3°). Y, por último, se dispuso "convocar a participar a la Policía Federal Argentina, la Gendarmería Nacional Argentina, la Prefectura Naval Argentina y a la Policía Bonaerense (art. 4°, inc. d).
Teniendo en cuenta que la Mesa Metropolitana de Seguridad abarca en su ámbito de actuación a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (art. 1°), lo primero que el lector siente la tenta- ción de preguntar es si la ministra sabe que existe la Ciudad Autónoma de la Ciudad de Buenos Aires como una entidad federal equiparada a las provin- cias (art. 129 de la Constitución Nacional) y que el gobierno de la ciudad cuenta con un Ministerio de Justicia y Seguridad y una Policía Metropolitana, dado que ninguno de ellos ha sido invitado a integrar la mesa, a pesar de la evidente competencia que tienen en la materia.
Es evidente, más allá de la ini- cial de tentación de preguntar al respecto, que la ministra conoce perfecta y acabadamente la existencia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como lo certifica el hecho de que ella fue integrante de la convención constituyente que sancionó la constitución de la ciudad. Y tampoco caben dudas de que conoce la existencia del Ministerio de Justicia y Seguridad y de la Policía Me- tropolitana, a los cuales se ha referido públicamente en más de una oca- sión.
No obstante ese indiscutible conocimiento, misteriosa e injustificadamente, la ministra no invitó ni convo- có al Gobierno de la Ciudad a participar de la "Mesa Metropolitana de Seguri- dad", pese a que el más importante y extenso territorio respecto del cual esa mesa deberá actuar es, precisamente, la Ciudad Autónoma de Buenos Ai- res.
Dado que de los fundamentos de la resolución no surge razón alguna para excluir al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de la integración de la mesa, sin dudas nos encontramos en presencia de un nuevo acto arbitrario y fundamentalmente discriminatorio del Gobierno nacional para con la seguridad de los porteños. Esta actitud se suma al retiro de la Policía Federal de los edificios públicos, de los hospitales, y recientemente de los subtes.
Resulta a todas luces irrazona- ble e ilógico que si el ámbito territorial de la Mesa Metropolitana de Seguri- dad alcanza a la Ciudad de Buenos Aires no se invite y convoque a su go- bierno a participar en las decisiones de las acciones para la que fue creada. Por lo demás, el trato discriminatorio resulta manifiesto si se advierte que la convocatoria sí se efectuó a los otros municipios de la provincia de Buenos Aires a los que alcanza la Mesa Metropolitana (Avellaneda, Lanús, Lomas de Zamora y La Matanza).
La exclusión resulta aún más grave, si tenemos presente que la Ciudad de Buenos Aires tiene su propia fuerza policial de seguridad, la Policía Metropolitana, y también un Ministerio de Justicia y Seguridad del que ella depende, y que tampoco fueron convo- cados a participar. En cambio y paradójicamente los municipios provinciales que sí fueron invitados a integrar la mesa carecen de competencia en mate- ria de seguridad y policía.
De este modo, la ministra in- cumple con sus propias competencias atribuidas legalmente. En particular, viola su obligación de dirigir y "coordinar" las funciones de las fuerzas de se- guridad nacionales y de las provincias y la Ciudad de Buenos Aires (art. 22 bis, inc. 3°, de la ley 22.520 de ministerios y art. 8° de la ley 24.059 de se- guridad interior). En consecuencia, incumple igualmente su obligación de garantizar un adecuado nivel de seguridad interior en todo el país (art. 8°, inc. 1°, de la ley 24.059).
Por su parte, hay que señalar que la exclusión del Gobierno de la Ciudad de la Mesa Metropolitana de Se- guridad, al igual que de otras políticas y acciones nacionales, constituye en realidad una discriminación y trato desigualitario hacia los porteños, quienes resultan los principales perjudicados por estos temperamentos caprichosos.
Nos encontramos ante un hecho de extrema gravedad, y ante un posible caso de incumplimiento de los debe- res de funcionario público por parte de la ministra Garré, quien no puede elegir caprichosamente con qué jurisdicción coordinar y programar políticas de seguridad nacionales y con cuál no, como viene ocurriendo respecto de la Ciudad de Buenos Aires.
Este Congreso Nacional, como el órgano más representativo del sistema republicano, debe velar por la igualdad de trato de todos los habitantes y de todas las jurisdicciones del país y tomar cartas en el asunto ante el actuar de los funcionarios públicos que violan estos principios constitucionales básicos.
Por las razones expuestas, soli- cito al Poder Ejecutivo que informe con carácter urgente sobre los puntos señalados, en el entendimiento de que corresponde a este Honorable Con- greso adoptar oportunamente las acciones que permitan garantizar la igual- dad de trato y no discriminación que sufre la Ciudad de Buenos Aires, y prin- cipalmente sus vecinos, en una materia tan sensible como la seguridad.
Todo ello, sin perjuicio de im- pulsar respecto a la ministra Garré los procesos constitucionales de respon- sabilidad política a la que se encuentran sujetos los ministros del Poder Eje- cutivo frente a este Congreso Nacional.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
TONELLI, PABLO GABRIEL CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
MARTINEZ, SOLEDAD BUENOS AIRES PRO
OBIGLIO, JULIAN MARTIN CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
BERTOL, PAULA MARIA CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
ALONSO, LAURA CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
PINEDO, FEDERICO CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
DE MARCHI, OMAR MENDOZA DEMOCRATA DE MENDOZA
MICHETTI, MARTA GABRIELA CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
TRIACA, ALBERTO JORGE CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
GONZALEZ, GLADYS ESTHER BUENOS AIRES PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 131 (2013), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996