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PROYECTO DE TP


Expediente 0363-D-2010
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA PROHIBIR LA IMPORTACION, FABRICACION, FRACCIONAMIENTO, COMERCIALIZACION Y USO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DEL PRINCIPIO ACTIVO ENDOSULFAN EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL.
Fecha: 04/03/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 6
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través de los Organismos competentes, proceda a prohibir la importación, fabricación, fraccionamiento, comercialización y uso de productos formulados a base del principio activo endosulfan en todo el territorio nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El endosulfán es un pesticida usado utilizado para controlar insectos en la agricultura, especialmente en el cultivo de soja genéticamente modificada.
Ese principio activo ha sido incluido por la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (EPA) en el grupo "1b" (sustancias altamente peligrosas).
La exposición a endosulfán ocurre principalmente al ingerir alimentos o agua contaminados, aunque también puede ocurrir por contacto de la piel o por vía aérea. Frecuentemente se rocía sobre los sembrados y el rocío puede viajar largas distancias antes de depositarse. Puede demorarse años en degradarse completamente, no se disuelve fácilmente en agua y puede acumularse en los cuerpos de animales que habitan agua contaminada con esta sustancia.
El endosulfán afecta al sistema nervioso central. En adultos expuestos a altos niveles se han observado hiperactividad, náusea, mareo, dolor de cabeza o convulsiones. La intoxicación seria puede causar la muerte. Es fácilmente absorbido por el sistema digestivo, pulmones y piel. La exposición crónica a bajas dosis se relacionó en animales de laboratorio con daños renales y hepáticos, y en el desarrollo del feto. También disminuye las defensas ante infecciones.
El uso de este pesticida está prohibido en la Comunidad Europea, Colombia, Belice, Singapur, y tiene uso restringido en muchos otros.
El 2 de diciembre de 2.005 la Comisión Europea adoptó la decisión de retirar el pesticida endosulfan a partir del 2 de junio de 2006. (Decisión 2005/864/CE). La Comisión basó dicha decisión en que "durante la evaluación de esta sustancia activa, se han identificado varios motivos de preocupación, en particular respecto al destino y comportamiento ambientales, ya que la forma de degradación de la sustancia activa no está completamente clara y se han encontrado metabolitos desconocidos en estudios sobre la degradación en el suelo, sobre la degradación en el agua/sedimento y sobre el mesocosmos. Por otra parte, el endosulfán es volátil, su principal metabolito es persistente y se ha encontrado en resultados de controles realizados en regiones en las que no se ha utilizado."
Es un insecticida extremadamente peligroso con un historial muy importante de casos de intoxicación aguda en los Estados Unidos. Entre 1966 y 1982 ese país registró 113 accidentes de intoxicación, 5 de ellos fatales. No existe antídoto para este plaguicida.
En 2.002 FUNAM difundió los resultados de análisis efectuados por CEPROCOR en el barrio Ituzaingó de la ciudad de Córdoba, en los que se detectó plaguicidas Beta Endosulfán, DDT y también isómeros del DDT. La aplicación de plaguicidas en campos vecinos habría contaminando el barrio que se ubica a unos 100 metros de áreas cultivadas con soja y sometidos periódicamente a fumigación aérea y terrestre.
Así también en julio de 2.003, la ONG ECOSOL denunció que los habitantes de Villaguay, departamento de la provincia de Entre Ríos, estában sufriendo los efectos de la aplicación indiscriminada de Endosulfán en los cultivos de soja para combatir la chince verde y las lagartas. En aquel momento se hizo publico que: "Hay varios niños que se han bañado en lagunas y arroyos linderos, que tienen la piel toda lastimada, como si les hubiera agarrado hongos. Hay peces muertos en muchos arroyos y lagunas. También liebres, y otros animales silvestres tirados en el campo". "También como la fumigación se hace desde avión, fumigan sobre las casas de las personas que viven en el campo y sobre las escuelas de campo, ocasionando todo tipo de trastornos a los chicos y a las maestras."
Hace unos meses, en Colombia, murió un muchacho campesino de 16 años en el municipio de Córdoba y 154 personas de diversas edades han resultado intoxicadas durante el 2007 debido al contacto con el agrotóxico endosulfán.
El Poder Ejecutivo Nacional está facultado, por el artículo 9 de la Ley 22.289, a limitar o prohibir el uso de plaguicidas para la agricultura cuando ciertos principios activos de alto riesgo toxicológico y de alta residualidad, pueden ocasionar daños a la salud humana y al medio.
En razón de lo expuesto, considero que es necesario prohibir el uso del pesticida endosulfan con el fin de proteger la salud de la gente y el ambiente, por ello solicito a mis pares apoyen con su voto afirmativo esta iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BENAS, VERONICA CLAUDIA SANTA FE SI POR LA UNIDAD POPULAR
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL BUENOS AIRES SI POR LA UNIDAD POPULAR
BARRIOS, MIGUEL ANGEL SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
BONASSO, MIGUEL LUIS CIUDAD de BUENOS AIRES DIALOGO POR BUENOS AIRES
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA BUENOS AIRES LIBRES DEL SUR
CARDELLI, JORGE JUSTO CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
FEIN, MONICA HAYDE SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
PARADA, LILIANA BEATRIZ CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
ITURRASPE, NORA GRACIELA BUENOS AIRES SI POR LA UNIDAD POPULAR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
INDUSTRIA (Primera Competencia)
COMERCIO
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
13/10/2010 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
10/11/2010 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 129 (2011), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 16/03/2011