Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 0361-D-2011
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL DISPONGA ACORDAR CON LOS REPRESENTANTES DE LAS COMUNIDADES INDIGENAS LA DISTRIBUCION EQUITATIVA DE ALIMENTOS ESTABLECIDA EN LA LEY 25989, DE REGIMEN ESPECIAL PARA LA DONACION DE ALIMENTOS (DONAL).
Fecha: 04/03/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 4
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través de las autoridades correspondientes, disponga acordar con los representantes de las comunidades indígenas la pronta y necesaria distribución equitativa de alimentos, establecida en la ley 25.989 de Régimen Especial para la Donación de Alimentos -DONAL.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El 16 de diciembre de 2004 fue sancionada la Ley 25.989 de Régimen Especial para la Donación de Alimentos-DONAL, con la finalidad de regular la donación de productos alimenticios no aptos para la venta pero sí para el consumo, en beneficio de las entidades que asisten a personas sin recursos económicos.
Esta norma establece la creación de un Registro Especial de Donación de Alimentos en Buen Estado, que da seguimiento al circuito de los mismos desde las empresas donantes a las instituciones públicas o privadas sin fines de lucro, como la Red Argentina de Bancos de Alimentos, que son las que se encargarán de la distribución entre las organizaciones de base, comedores escolares y comunitarios que atienden a familias de bajos recursos económicos. Asimismo, las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSCs) tienen reservado un papel muy importante, ya que se constituyen en garantes de que estos alimentos lleguen a las familias que más los necesitan y que no se lucre con los productos donados.
El 10 de junio de 2010 en el marco de su 5º Conferencia "Construyendo redes para un país mejor alimentado" la Red Argentina de Bancos de Alimentos presentó una encuesta realizada en el mes de mayo, a organizaciones que brindan servicios alimentarios comunitarios en 13 ciudades del país - Jujuy, Caritas (Mar del Plata), Buenos Aires, Córdoba, Goya, La Plata, Manos Solidarias (Mar del Plata), Mendoza, Neuquén, Tandil, Tucumán, Valle de Uco y Virasoro. De acuerdo a los resultados del estudio, cuya muestra abarcó 210 instituciones, durante el primer semestre de 2010 el 81% de las organizaciones han recibido una mayor demanda de alimentos de las familias y personas, aunque sólo un 56% de las organizaciones señalan haber podido ofrecer una respuesta a esta demanda. Sin embargo, según lo expresado desde la Red Argentina de Bancos de Alimentos, el 88% de las organizaciones encuestadas afirman que retirar alimentos de los Bancos de Alimentos les ha permitido mejorar sus servicios alimentarios, porque pudieron incrementar la cantidad y mejorar la calidad de alimentos que brindan, aumentando así la cantidad de personas asistidas.
La Red Argentina de Bancos de Alimentos agrupa a los 12 Bancos de Alimentos del país. Los Bancos de Alimentos asisten a 1.100 organizaciones de base (comedores, escuelas y hogares) que contribuyen con la alimentación y desarrollo de 170.000 personas, en su mayoría niños en situación de indigencia, es decir que los ingresos de sus familias no son suficientes para adquirir una canasta básica de alimentos. Desde que se crearon los primeros bancos de alimentos en el año 2001, siempre la necesidad ha sido superior a las donaciones recibidas.
Hoy es inexcusable que con la tecnología, el mejoramiento de las especies agropecuarias y el potencial de la bioingeniería el hombre no pueda impedir la desnutrición de los sectores más vulnerables.
Por ello, para erradicar los casos de desnutrición, apostando a la vida, la libertad y la confianza de nuestras comunidades, es necesario ajustarse a la ley para asegurar que todos los beneficiarios reciban una provisión suficiente y de calidad, así como garantizar la transparencia en todo aspecto concerniente a la distribución de los alimentos.
La Ley Nacional Nº 23.302, sobre "Política Indígena y Apoyo a las Comunidades Aborígenes" establece en su artículo 5º que en el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) se constituirá el CONSEJO DE COORDINACION que también estará integrado por representantes elegidos por las comunidades aborígenes. Con el objetivo de hacer efectiva la representación indígena en dicho Consejo, el INAI ha dictado la Resolución Nº 152/2004 y su Modificatoria Nº 301/04 impulsando la conformación del CONSEJO DE PARTICIPACION INDIGENA (CPI).
La creación del CPI en el ámbito del INAI es el inicio de un proceso de consulta y participación entre el Estado Nacional y los pueblos originarios, constituyéndose en un espacio para todos los asuntos que afecten a estos últimos. La posterior Resolución 41/2008 del INAI establece un mecanismo de designación de representantes por cada Etnia y Región en el Consejo de Coordinación.
En tal sentido, sería conveniente acordar con los representantes elegidos por las comunidades aborígenes afectadas por la falta de alimentos el suministro inmediato de los mismos, atendiendo y entendiendo los requerimientos más adecuados a su cultura.
Por las razones expuestas, señor Presidente, y por considerar necesario el trabajo mancomunado entre todos los actores sociales para terminar con el flagelo del hambre y la desnutrición en forma definitiva, solicito la pronta aprobación de la presente iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
VILARIÑO, JOSE ANTONIO SALTA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
02/08/2011 DICTAMEN Aprobado con modificaciones como proyecto de declaración
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 2357/2011 CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE DECLARACION 15/08/2011
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 07/09/2011 APROBADO