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PROYECTO DE TP


Expediente 0354-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL ESTADO DE SITUACION DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE BOSQUES NATIVOS, FIJADO EN EL ARTICULO 6 DE LA LEY 26331.
Fecha: 06/03/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 4
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo que, a través de los organismos con competencia en la materia, informe a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, sobre los siguientes puntos, vinculados a la aplicación de la ley 26.331, de Presupuesto Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos:
1) Determinar el estado de situación del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos fijado en el artículo 6º de la ley 26.331, por jurisdicción.
2) Cantidad y condiciones en que la autoridad de aplicación autorizó la realización de desmontes, a partir de la entrada en vigencia de la ley.
3) Montos y grado de ejecución de las partidas presupuestarias asignadas al Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos creado por los art. 30 y 31 de la Ley, para los años 2010, 2011 y 2012.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Citando al Ing. Agr. Rafael A. Sabattini, Profesor Titular de la Cátedra Ecología de los Sistemas Agropecuarios, de la Facultad de Ciencia Agrarias de la Universidad Nacional de Entre Ríos "...los bosques nativos son ecosistemas de gran importancia para el sustento de la vida en el planeta dado que sus funciones son irreemplazables por otros sistemas...A nivel mundial abarcan el 31% de la superficie total de la tierra, aproximadamente más de 4.000 millones de hectáreas, lo que corresponde a un promedio de 0,6 hectáreas per cápita según informes de la FAO. Sudamérica experimentó las mayores pérdidas netas de bosque entre 2000 y 2010 (4 millones de hectáreas anuales), seguida por África 3,4 millones de hectáreas, lo que marca un descenso pronunciado en la captura de carbono atmosférico..." (1)
En el año 2007, por medio de la sanción de la Ley Nº 26.331, en plena función de sus facultades constitucionales, el Congreso de la Nación estableció los presupuestos mínimos de protección ambiental para el enriquecimiento, la restauración, conservación, aprovechamiento y manejo sostenible de los bosques nativos.
Tras el fuerte reclamo de más de setenta organizaciones ambientales, en 2009 y por medio del Decreto Nº 91, el Poder Ejecutivo aprueba la reglamentación de la ley 26.331 que se publicó en el Boletín Oficial el día 16 de febrero de 2009.
Tal como reza el artículo 1º de la ley 26.331, se establecen los presupuestos mínimos de protección ambiental y establece un régimen de fomento y criterios para la distribución de fondos por los servicios ambientales que brindan los bosques nativos.
Es así que uno de los puntos centrales de la ley 26.331 es el establecimiento del Fondo Nacional para el Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques, que según el artículo 30 tiene el objeto de compensar a las jurisdicciones que conservan los bosques nativos, por los servicios ambientales que éstos brindan.
Tal como lo analiza la Fundación Vida Silvestre (2) , la incorporación del mencionado Fondo en la ley se enmarca en la concepción de que el ordenamiento territorial por sí solo pierde sentido si no está acompañado de políticas activas que apoyen y promuevan el uso sustentable del bosque nativo.
Diversas organizaciones ambientalistas han llevado a cabo diversos reclamos públicos ante la violación de la citada ley. En el informe "Ley de Bosques: 5 años con pocos avances" (3) elaborado y difundido por la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), Greenpeace y la Fundación Vida Silvestre Argentina se identifican dos problemas clave, a los que la presente solicitud de informes apunta.
Por un lado la continuidad de la emergencia forestal provocada por el otorgamiento de nuevos permisos de desmonte, de dudosa sustentabilidad y por el otro, la falta de financiación de la ley, con asignaciones presupuestarias que se ubican muy por debajo de lo exigido por la ley 26.331 en su artículo 31.
Tal como indica el citado documento tomando datos oficiales, la moratoria a nuevos permisos de desmontes establecida en los artículos 7 y 8 de la Ley de Bosques (desde su sanción a fines de 2007 hasta que las provincias realizaran el Ordenamiento Territorial de sus Bosques Nativos), no fue respetada: durante ese período en la región chaqueña, la selva misionera y la selva de yungas, se deforestaron más de 470.000 hectáreas (4) .
Continúan relatando que este año los fondos serán de tan sólo $ 230 millones (10 veces menos que lo establecido por la Ley de Bosques); cuando debieron haber sido de al menos $ 1.515 millones (0,3% del Presupuesto Nacional). Si se suman las retenciones a las exportaciones, los fondos debieron haber alcanzado los $ 2.300 millones.
Reclaman asimismo las organizaciones ambientalistas en el mismo documento que falta información clara sobre el nivel de ejecución de estos fondos a nivel provincial, ya que muy pocas provincias han podido rendir las partidas presupuestarias asignadas y transferidas por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, quien estima que sólo el 10% de los fondos girados han sido rendidos y efectivamente ejecutados.
El presente proyecto tiene su antecedente en el proyecto de resolución 8710-D-12 sobre la misma temática.
Por las razones expuestas, señor Presidente, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GONZALEZ, GLADYS ESTHER BUENOS AIRES PRO
TONELLI, PABLO GABRIEL CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
MAJDALANI, SILVIA CRISTINA BUENOS AIRES PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA