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PROYECTO DE TP


Expediente 0331-D-2010
Sumario: EXPRESAR RECHAZO A LA UTILIZACION DE ARMAS DE DESCARGA ELECTRICA POR PARTE DE CUALQUIER FUERZA DEPENDIENTE DEL ESTADO.
Fecha: 04/03/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 6
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Su más enérgico rechazo a la utilización de armas de descarga eléctrica por parte de cualquier fuerza dependiente del Estado y en particular la Policía Metropolitana para la cual el Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha concretado la compra de cinco pistolas Taser X26, cuestionadas por Amnistía Internacional como así también por el Comité contra la Tortura y el Consejo de Derechos Humanos de la ONU por entender que su uso es un método de tortura.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En el mes de Enero del corriente año se han producido denuncias en contra del Poder Ejecutivo Porteño por la compra de cinco pistolas Taser X26 (1) por el monto total de ciento veintiún mil pesos ($121.000) para uso de la Policía Metropolitana creada por Ley 2.894 de 2008.
Los dispositivos Taser X26 constituyen un tipo de arma que emplea "un sistema de propulsión de nitrógeno comprimido para transmitir pulsos eléctricos administrando una descarga de 50 mil voltios que deja al individuo incapacitado en forma inmediata; utiliza dos dardos conductores lanzados a una distancia de hasta 11 metros y transmite una señal eléctrica que ataca al sistema nervioso periférico, afectando la movilidad y el equilibrio". (2)
Tal accionar por parte del Poder Ejecutivo Porteño se vio cuestionado por numerosos organismos de Derechos Humanos como personalidades políticas y otros. Sin ingerir en las potestades que le conciernen a cada Poder Estatal, consideramos que la implementación de este tipo de armas constituye un grave antecedente que se opone a la tendencia generalizada en términos nacionales en lo que respecta a materia de Derechos Humanos.
En efecto, estas armas se encuentran cuestionadas por Amnistía Internacional quien a través de un informe (Less than Lethal? The use of Stun Weapons in US Law Enforcement (AMR 51/010/2008)) en el cual examina decenas de muertes ocurridas entre 2001 y agosto de 2008 tras el uso de armas Taser en Estados Unidos donde en 39 de los 334 casos sondeados, se acreditó en la autopsia que la descarga eléctrica fue una posible causal de muerte. Según un reporte informativo del Diario Página 12 (3) , la propia empresa Taser reconoce el peligro que implica la utilización de estas armas puesto que su mal uso puede ocasionar la muerte de quien recibe la descarga eléctrica. Este diario informa que "la guía para usuarios del arma sostiene que someter a una persona a 15 segundos de descargas produce el mismo efecto físico que haber sido estrangulado o haberse trabado en lucha, y advierte que esos efectos psicológicos y metabólicos 'aumentan el riesgo de morir o de un daño severo'". El posible uso discrecional de estas armas constituye el argumento central de muchas organizaciones de derechos humanos para considerar las armas Taser como instrumento de tortura. De hecho, el informe de Amnistia Internacional advierte con enérgica preocupación una característica común a 98 autopsias realizadas donde el 90 por ciento de las personas muertas tras recibir la descarga de una Taser estaban desarmadas, y muchas no parecían constituir una amenaza seria" (4) . Esta Entidad concluye: "Basándose en los peligros potenciales para la salud asociados a tales armas y su potencial para cometer abusos, Amnistía Internacional sigue pidiendo a los gobiernos y autoridades encargadas de hacer cumplir la ley que suspendan o limiten el uso de las armas Taser a situaciones en las que peligre la vida de personas". (5)
Esta entidad le exigió al Gobierno Porteño que suspenda el uso de armas con dispositivos de energía conducida -conocidas comercialmente como Taser- "hasta que no se realice una investigación independiente, seria y rigurosa sobre los efectos que provoca su utilización. Y solicita al Registro Nacional de Armas (RENAR) la información que tuviera disponible sobre este tipo de armas en el territorio argentino". Gabriela Boada, directora ejecutiva interina de Amnistía Internacional Argentina, expresó la preocupación de Amnistia Internacional por la falta de medidas dentro del Estado Nacional que la compra de armas Taser pone en evidencia: "Este hecho muestra que el Estado argentino no cuenta con un sistema centralizado de evaluación de los estándares internacionales en función del cual se definan lineamientos para todo el país". (6)
El CELS (Centro de Estudios Legales y Sociales) (7) ha emitido comunicaciones al Jefe del Gobierno Porteño Mauricio Macri, para que se dimitiera en la utilización de las pistolas taser X26 recordandole que "además de los tratados internacionales de derechos humanos, su uso contraría la Constitución porteña y la Ley de Seguridad Pública", asimismo reclamó que "se especifiquen los mecanismos de control externo con los que cuentan para supervisar y, eventualmente, sancionar la debida actuación de la Policía Metropolitana". Recordando asimismo que el Comité contra la Tortura de la ONU decretó que la utilización de estas armas es "una violación de la Convención contra la Tortura" y recordó que "el Estado argentino puede ser pausible de responsabilidad internacional".
Cabe destacar que se han presentado proyectos de ley en el ámbito de la Legislatura Porteña para prohibir el uso de este tipo de armas. Por otro lado el abogado Eduardo Barcesat denuncio penalmente al jefe de Gobierno, Mauricio Macri, y a su ministro de Seguridad, Guillermo Montenegro, por "actos preparatorios" del presunto delito de torturas por la compra de las pistolas que descargan electricidad. (8)
Considerando la controversia en que incurriría para el desenvolvimiento de una política integral en derechos humanos, y que la implementacion del uso de tales armas constituye un peligro para la vida integral de quienes sean objeto de las descargas provocadas por el disparo de las mismas y que en apariencia no existen garantías para el control y manejo de quienes serán portadores de las armas, entendemos que resulta imprescindible que el Congreso de la Nación se exprese en tal sentido fijando un posicionamiento claro, a favor de la vida y los derechos humanos.
Por todo lo expuesto es que solicito a los Señores Legisladores acompañen el presente Proyecto de Declaración.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BELOUS, NELIDA TIERRA DEL FUEGO PROYECTO PROGRESISTA
MERCHAN, PAULA CECILIA CORDOBA LIBRES DEL SUR
IBARRA, EDUARDO MAURICIO SAN JUAN PERONISMO FEDERAL
BENAS, VERONICA CLAUDIA SANTA FE SI POR LA UNIDAD POPULAR
SABBATELLA, MARTIN BUENOS AIRES NUEVO ENCUENTRO POPULAR Y SOLIDARIO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia)
SEGURIDAD INTERIOR
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 129 (2011), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 16/03/2011