PROYECTO DE TP
Expediente 0324-D-2007
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LA INCLUSION DE LOS TRABAJADORES DE LAS CURTIEMBRES DENTRO DEL "PROGRAMA DE ASISTENCIA AL EMPLEO DE LOS TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DE LA CARNE Y SUS DERIVADOS".
Fecha: 08/03/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 6
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder
Ejecutivo Nacional que incluya a los trabajadores de las curtiembres,
dentro del Programa de Asistencia al empleo de los Trabajadores de la
Industria de la Carne y sus Derivados, creado por Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 516 del corriente año,
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Dentro
de la industria de la carne podemos diferenciar dos grandes
actividades, la del curtido del cuero y la de la manufactura del mismo.
En la primera de ella (curtiembres) se trabaja, según los sectores de
los que se traten, en ambientes húmedos, desarrollando tareas
pesadas (es decir con exigencia de un importante esfuerzo físico), con
productos químicos diversos en los cuales podemos señalar el cromo
(utilizado en la primera fase del curtido), o pinturas , (empleadas en la
etapa de terminación,), y en algunos sectores a muy altas
temperaturas (destinados al secado del cuero) .
Esta
actividad es la mayoritaria dentro de la industria, ya que ocupa un
85% de los trabajadores, y además tiene una gran importancia dentro
de la economía argentina, por cuando las exportaciones anuales de
cueros curtidos ascienden aproximadamente a novecientos millones de
dólares, según así lo informa la Federación Argentina de Trabajadores
de la Industria del Cuero y Afines.
Mediante la
sanción del decreto de necesidad y urgencia N° 516/06 se crea el
Programa de Asistencia al Empleo de los Trabajadores que se
desempeñen en las unidades productivas de la industria de la carne y
sus derivados, alcanzadas por la medida dispuesta por la Resolución
Nº 114/ 2006 y su modificatoria. Esta norma determina la suspensión
por el término de CIENTO OCHENTA (180) días de las exportaciones
para consumo de las mercaderías comprendidas en las posiciones
arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR consignadas
en la planilla que como Anexo forma parte integrante de la precitada
norma, referidas a carne vacuna.
Como
efecto de la norma citada se produce una importante disminución de la
faena de animales vacunos, que afecta directamente no solo a la
producción cárnica, sino también a la industria del cuero que ve
disminuida la provisión de materia prima.
Tal
como lo expresa en su espíritu, esta norma atiende las necesidades de
los sectores de menores recursos y de este modo, se sostiene el
crecimiento del empleo y la demanda agregada, ya que se tiene
presente que la suspensión de las exportaciones de carne vacuna,
traería aparejada, efectos no deseados en las condiciones laborales de
los trabajadores de empresas de la industria de la carne, cuya principal
actividad sea el faenamiento de animales, para comercializar en el
mercado externo y en la prestación de salud que brindan las obras
sociales de dicha actividad.
Con este mismo espíritu, debe ser aplicada a los trabajadores de la
Industria del Cuero.
En su artículo III entre otras consideraciones, dispone otorgar una
ayuda económica de carácter transitorio y de naturaleza no
remunerativa con más las asignaciones familiares que correspondan, a
los trabajadores afectados en miras a prevenir y/o disminuir los efectos
negativos que en sus condiciones de trabajo pudiera generar la medida
de suspensión de las exportaciones dispuesta; garantizar a los
beneficiarios titulares y su grupo familiar primario, la cobertura de las
prestaciones médico-asistenciales en el Agente del Seguro de Salud
que se les brindara hasta el momento en que fue dictada la Resolución
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION Nº 114/06 y su
modificatoria, y a dichos Agentes del Seguro de Salud, la cotización
mínima prevista por el artículo 24 del Anexo II del Decreto Nº 576 de
fecha 1 de abril de 1993 y sus modificatorias.
Por lo expuesto y con la intención de reparar una omisión en la
disposición de esta normativa, es que solicito la inclusión de este
sector de trabajadores, en los alcances del Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 516/06. razón por la cual solicito a mis pares, me
acompañen en esta iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
LOVAGLIO SARAVIA, ANTONIO | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
07/11/2007 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 3243/2007 | 29/11/2007 |