PROYECTO DE TP
Expediente 0313-D-2013
Sumario: CREACION DEL REGISTRO DE ELECTORES ESTUDIANTES FUERA DE DISTRITO, A CARGO DE LA CAMARA NACIONAL ELECTORAL.
Fecha: 06/03/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 4
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTÍCULO 1º.- Créase
el Registro de Electores Estudiantes Fuera de Distrito, el que estará
a cargo de la Cámara Nacional Electoral.
ARTÍCULO 2º.- Los
ciudadanos que sean electores nacionales de acuerdo a lo dispuesto
en el Código Electoral Nacional, que al momento del sufragio se
encuentren cursando sus estudios a más de quinientos kilómetros
de donde deban votar y se inscriban en el Registro de Electores
Estudiantes Fuera de Distrito, podrán emitir su voto en las
elecciones nacionales conforme al procedimiento establecido en la
presente Ley.
ARTÍCULO 3º.- La
inscripción podrá ser solicitada por el interesado ante el Juzgado
Federal con competencia electoral más cercano al establecimiento
educativo al cual asiste, el que, previa comprobación de los
extremos que impone la presente Ley, la aprobará y hará la
comunicación pertinente a la Cámara Nacional Electoral a efectos de
su incorporación al Registro de Electores Estudiantes Fuera de
Distrito.
ARTÍCULO 4º.- La
Cámara Nacional Electoral informará de la inscripción del
peticionante en el Registro de Electores Estudiantes Fuera de
Distrito al Juzgado Federal competente en materia electoral del
distrito correspondiente al domicilio real.
ARTÍCULO 5º.- La
presente Ley queda incorporada al Código Electoral Nacional que
será de aplicación supletoria en todo lo no previsto por ella.
ARTÍCULO 6º. -
Invítase a los Provincias, Municipios y a la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires a promover en sus distritos el espíritu de la presente
Ley.
ARTÍCULO 7º.- El
Poder Ejecutivo Nacional dictará la reglamentación de la presente
Ley en un plazo no mayor a noventa (60) días contados a partir de
su promulgación.
ARTÍCULO 8°.-
Comuníquese, etc.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El art. 22 de la Carta
Magna establece que "el pueblo no delibera ni gobierna sino por
medio de sus representantes". El sufragio es uno de los pilares
fundamentales en los cuales se basa la democracia representativa.
Por medio del mismo, los ciudadanos ejercen el derecho reconocido
en la norma constitucional a participar en la designación de sus
representantes.
El presente proyecto
tiene por objeto garantizar al electorado estudiantil activo que se
encuentra fuera de su distrito electoral, el ejercicio del derecho a
voto.
Considerando la
importancia de dar la posibilidad a aquéllos electores estudiantes
que se encuentren alejados de los distritos en los que deben votar,
de poder hacerlo en el lugar donde estén al momento de la elección,
y que esto resulta concordante con la manda constitucional, invito a
mis pares me acompañen en la aprobación del presente Proyecto de
Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
FADUL, LILIANA | TIERRA DEL FUEGO | PARTIDO FEDERAL FUEGUINO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia) |
JUSTICIA |