Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 0307-D-2007
Sumario: CREACION DE LA "UNIDAD DE AUDITORIA EXTERNA - UAE -" DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICAS Y CENSOS - INDEC -.
Fecha: 07/03/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 5
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1° Creación. Créase la Unidad de Auditoria Externa (UAE) del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) en el ámbito del Ministerio de Economía y Producción. La misma se regirá para su organización y funcionamiento por las disposiciones de la presente ley.
Artículo 2° Naturaleza. La Unidad de Auditoria Externa del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) será un organismo público, autárquico, de carácter permanente y técnicamente especializado.
Artículo 3º Integración. La UAE estará a cargo de UN (1) Auditor General, que será designado por el Poder Ejecutivo, DOS (2) Auditores adjuntos en representación de la Sociedad Argentina de Estadísticas, DOS (2) Auditores adjuntos en representación de la Facultad de Ciencias Exactas y Naturales de la Universidad de Buenos Aires, UN (1) Auditor adjunto en representación de los profesionales especialistas en la materia, que acredite una sólida formación en las disciplinas estadísticas.
La totalidad de los Auditores deberán ser designados por concurso de antecedentes público y abierto a propuesta de las entidades y/o organismos representadas/os en base a criterios que garanticen sus calificaciones, experiencia e independencia y tomando en cuenta además, su disponibilidad para la acción contemplada, según normativa vigente.
Los auditores que por razón de sus cargos o funciones tomen conocimiento de datos estadísticos o censales, están obligados a guardar sobre ellos absoluta reserva y secreto.
Artículo 4° Objeto. La Unidad de Auditoria Externa del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) fiscalizará el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a los métodos y procedimientos para la reunión, el procesamiento, el almacenamiento y la presentación de los datos estadísticos a cargo del INDEC.
A tal fin:
a) Controlará y auditará las metodologías utilizadas para la estimación de los cálculos y evaluaciones desarrolladas por el INDEC.
b) Establecer su propio sistema de seguimiento y evaluación permanente del desarrollo metodológico y normativo para la producción de estadísticas oficiales.
Artículo 5° Cooperación. La Unidad de Auditoría Externa podrá requerir la asistencia técnica de las universidades nacionales. Asimismo se la faculta para solicitar la cooperación de aquellos organismos multilaterales de que la Nación sea parte; así como de los homólogos del INDEC, con cuyos países existan convenios de cooperación vigentes en materia estadística.
Artículo 6° Recursos. Los recursos necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto por esta Ley serán sufragados por las rentas del Ministerio de Economía de la Nación.
Artículo 7º Dentro de los noventa días de la promulgación de la presente ley, el Poder Ejecutivo nacional, a través del Ministerio de Economía y Producción deberá proponer el candidato a ocupar el cargo de Auditor General e iniciar el procedimiento establecido por la presente ley para seleccionar los candidatos a ocupar los cargos de auditores adjuntos.
Artículo 8º Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


A fines de la década de los noventa, se produjo el primer cuestionamiento serio sobre la validez de los datos emitidos por el organismo estadístico de la Nación. Se trataba del director de Comercio Exterior del INDEC (Daniel Martínez Pardies), quien se negara a convalidar datos falseados relativos a la Balanza de Pagos de la Nación y al Comercio Internacional. Los hechos tomaron estado público y originaron además de causas judiciales, numerosas consultas y preocupación internacional.
El antecedente que acabamos de mencionar es de la misma naturaleza y modalidad del que provocó el reemplazo de la Lic. Graciela Bevacqua, en estos días, por resistir un cambio metodológico que altera la veracidad de los resultados en materia de inflación minorista; además, por la misma causa, se produjo la renuncia de otra importante funcionaria.
El Indice de Precios al Consumidor (IPC) - del que se trata en este conflicto- se releva a partir de medir durante los días hábiles de un mes 115.000 precios en 8.000 negocios o comercios informantes, que fueron seleccionados en base al Censo Nacional Económico.
El IPC no solo muestra la evolución de los precios. Se utiliza para calcular otros indicadores que difunde el Indec, como el desempleo, el producto bruto interno a precios corrientes y el valor de la canasta básica alimentaria y total. Así es como pueden determinarse los niveles de pobreza e indigencia. Estos indicadores y los que se derivan de ellos -como el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER)- consienten el análisis y el abordaje del impacto de la actividad económica en la sociedad. Es a partir de estos índices que el Estado puede intervenir con políticas activas para corregir los desequilibrios que genera la actividad económica. Además, estos datos compilados por el INDEC son utilizados por los factores del mercado para definir proyectos y pautas de inversiones, para lo cual -y es una verdad de perogrullo decirlo en un país como el nuestro- se requieren certidumbres.
Los reacción de los trabajadores del INDEC, el paro de actividades y sus manifestaciones públicas, son elementos nuevos y atípicos que debe inducirnos a la reflexión y a la sanción de iniciativas legislativas que devuelvan al INDEC la confiabilidad que es absolutamente necesaria para el cumplimiento del objeto de ese organismo.
Aunque entre los dos extremos de las denuncias consignadas en el primer párrafo y el de los hechos que nos ocupan, es cierto que numerosas consultoras nacionales e internacionales han arrojado siempre dudas sobre la veracidad y pertinencia de los datos emitidos por el INDEC y es de público conocimiento que utilizan fuentes propias para compilar sus propias estadísticas e informes y que en numerosos trabajos escritos, se deja constancia de su desacuerdo con el INDEC, relativizando la validez de sus datos.
Las acusaciones del Ministerio de Economía, sobre el "chantaje" efectuado por los trabajadores, deteriora aún más la valoración de la producción del INDEC.
Señor Presidente, es por todo lo someramente expuesto y ampliamente conocido, que solicitamos de los señores Diputados, la aprobación de este Proyecto de Ley
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL BUENOS AIRES ARI
QUIROZ, ELSA SIRIA BUENOS AIRES ARI
MAFFEI, MARTA OLINDA BUENOS AIRES ARI
BISUTTI, DELIA BEATRIZ CIUDAD de BUENOS AIRES ARI
RODRIGUEZ, MARCELA VIRGINIA BUENOS AIRES ARI
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) 08/08/2007
Diputados MANIFESTACIONES 08/08/2007
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0863-D-09