PROYECTO DE TP
Expediente 0301-D-2012
Sumario: LEY DE SANGRE (LEY 22990) : MODIFICACIONES SOBRE DATOS DE LA SALUD DE LOS DONANTES.
Fecha: 05/03/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 2
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º- Modifícase el artículo 21
inciso 3 de la Ley Nº 22.990, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Obtener toda información relacionada con la
salud de donantes y receptores para la adopción de las medidas de prevención o corrección
que sean necesarias. La evaluación de la salud del donante sólo se realizará sobre la base de
una evaluación individual y con sustento en condiciones o comportamientos de
comprobada relevancia científica. No podrá indagarse sobre la orientación sexual de una
persona y esa orientación no podrá considerarse un impedimento genérico para donar. Los
protocolos para interrogatorios utilizados para obtener información sobre la salud de
donantes y receptores serán públicos y debidamente debatidos."
Artículo 2º- Modifícase el artículo 45
inciso a) de la Ley Nº 22.990, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Interrogatorio (anamnesis) con denuncia
inexcusable de toda enfermedad o afección padecida o presente, la que tendrá carácter y
alcance legal de declaración jurada. El interrogatorio deberá respetar las pautas prescriptas
en el artículo 21 inciso 3 de la presente ley."
Artículo 3º- Comuníquese al Poder
Ejecutivo de la Nación.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El propósito de este proyecto de ley es
modificar la Ley Nº 22.990 "Ley de Sangre - Régimen Normativo" de 1983 con el fin de
establecer criterios generales anti-discriminatorios para los interrogatorios realizados a los
potenciales donantes de sangre.
La donación de sangre en la Argentina es
insuficiente y existen campañas públicas para incentivarla. Según consta en portales
oficiales la Argentina actualmente presenta una donación de carácter familiar, de reposición
y sólo el 10 % corresponde a la modalidad deseada Por su parte, la Ley Nº22.990, en su
artículo 1, declara de interés nacional a las actividades relacionadas con la sangre humana
y se asigna, en su artículo 21, inciso 5, a la autoridad de aplicación la responsabilidad de
"Promover campañas de motivación de los donantes de sangre" en pos de mejorar la
situación.
Sin embargo y pese a la promoción de la
donación de sangre y las necesidades no cubiertas que existen en nuestro país, encontramos
que los actuales interrogatorios realizados a los potenciales donantes y regulados por el
decreto 1338/04 atentan contra la misma, soslayando los derechos a la igualdad, intimidad
y a la elección de preferencias y/u orientación sexuales
En este contexto, el presente proyecto tiene
como fin establecer las pautas legales para regular los interrogatorios realizados a los
posibles donantes. En relación al artículo 21, inciso 3, de la Ley Nº 22.990, proponemos
modificarlo de la siguiente forma: podrá obtenerse toda información relacionada con la
salud de donantes y receptores para la adopción de las medidas de prevención o corrección
que sean necesarias. La evaluación de la salud del donante sólo se realizará sobre la base de
una evaluación individual y con sustento en condiciones o comportamientos de
comprobada relevancia científica. No podrá indagarse sobre la opción o preferencia sexual
de una persona y esa opción o preferencia no podrán considerarse un impedimento genérico
para donar. Los protocolos para interrogatorios utilizados para obtener información sobre
la salud de donantes y receptores serán públicos y debidamente debatidos
Asimismo la modificación del artículo 45
inciso a) de la Ley Nº 22.990, establece que quedará redactado de la siguiente manera:
"Interrogatorio (anamnesis) con denuncia inexcusable de toda enfermedad o afección
padecida o presente, la que tendrá carácter y alcance legal de declaración jurada. El
interrogatorio deberá respetar las pautas prescriptas en el artículo 21 inciso 3 de la presente
ley.
Como es de público conocimiento las
preguntas que se realizan en los distintos servicios de hemoterapia a los potenciales
donantes cubren un amplio aspecto respecto sus preferencias y/u orientación sexual.
Específicamente si tuvo relaciones con personas de su mismo sexo en el último tiempo, si
estuvo con hombres que hayan mantenido relaciones con hombres en el último tiempo, si
tuvo relaciones más allá de su pareja, entre otros. Las respuestas afirmativas a estas
preguntas tienen como principal consecuencia el impedimento para donar sangre a las
personas gays, lesbianas, travestis, transexuales, bisexuales e intersexuales y a quienes no
tienen parejas estables. Creemos que el punto en esta cuestión no es la orientación sexual
de cualquier persona, sino si la misma realiza prácticas inseguras para su salud y atenta
contra la donación segura de sangre.
Los avances médicos que permiten reducir las
incertidumbres respecto a al "período de ventana", la lucha constante e inclaudicable contra
la discriminación y los prejuicios
sociales, y la relevancia de generar conciencia
sobre la importancia de donar sangre vuelven estas preguntas y prohibiciones
incomprensibles.
El Día Mundial de la Donación de
Sangre, que se celebra el 14 de junio por iniciativa de la Organización Mundial de
la Salud (OMS), se creó para generar conciencia sobre la importancia de donar
sangre. Los números son alentadores, aunque invitan a seguir trabajando en la
concientización: en los últimos tres años, se incrementó casi un 38 por ciento la
cantidad de donantes en distritos como la provincia de Buenos Aires, según datos
del Ministerio de Salud provincial.
Desde 2007, la cantidad de donantes
solidarios, es decir, aquellos que no donan para reponer sangre utilizada por un
ser querido sino por compromiso social, pasaron del 22 al 35 por ciento en la
provincia de Buenos Aires. Entre los más proclives a donar en forma voluntaria se
encuentran los jóvenes y las mujeres. Además, aumentó la calidad de los
donantes, ya que bajó la edad promedio de quienes donan al pasar de 40 a 36
años, entre los hombres, y de 39 a 35 años, entre las mujeres.
Entendemos que en ningún caso la orientación
sexual de las personas puede ser un obstáculo para la donación de sangre. Es necesario en
este aspecto contar con sistemas de detección precoz de enfermedades de transmisión
sexual y con un interrogatorio eficaz, pero no discriminatorio para avanzar hacia una mejor
política pública de salud en nuestro país.
Es por todo lo expuesto Sr.
Presidente, que solicitamos la aprobación de este proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GIL LAVEDRA, RICARDO RODOLFO | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
ALBRIEU, OSCAR EDMUNDO NICOLAS | RIO NEGRO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
TUNESSI, JUAN PEDRO | BUENOS AIRES | UCR |
DE PRAT GAY, ALFONSO | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI |
BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION POR TODOS |
GARRIDO, MANUEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
BAZZE, MIGUEL ANGEL | BUENOS AIRES | UCR |
STORANI, MARIA LUISA | BUENOS AIRES | UCR |
ALVAREZ, ELSA MARIA | SANTA CRUZ | UCR |
COSTA, EDUARDO RAUL | SANTA CRUZ | UCR |
RODRIGUEZ, MARCELA VIRGINIA | BUENOS AIRES | DEMOCRACIA IGUALITARIA Y PARTICIPATIVA (D.I.P.) |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
LEGISLACION GENERAL |
Giro a comisiones en Senado
Comisión |
---|
SALUD Y DEPORTE |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
22/05/2012 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones |
28/06/2012 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones |
03/07/2012 | DICTAMEN | Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0532/2012 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0247-D-2012, 0177-CD-2012, 0301-D-2012, 0177-CD-2012, 3021-D-2012 y 0177-CD-2012 | CON MODIFICACIONES | 06/07/2012 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA MARCELA RODRIGUEZ (A SUS ANTECEDENTES) | 18/04/2012 | |
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 18/04/2012 | |
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 23/05/2012 | |
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 27/06/2012 | |
Diputados | CONSIDERACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0247-D-2012, 0177-CD-2012, 0301-D-2012, 0177-CD-2012, 3021-D-2012 y 0177-CD-2012 | 08/08/2012 | |
Diputados | CONTINUA CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0247-D-2012, 0177-CD-2012, 0301-D-2012, 0177-CD-2012, 3021-D-2012 y 0177-CD-2012 | 28/11/2012 | MEDIA SANCION |
Diputados | INSERCIONES CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0247-D-2012, 0177-CD-2012, 0301-D-2012, 0177-CD-2012, 3021-D-2012 y 0177-CD-2012 | 28/11/2012 | |
Senado | PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0247-D-2012, 0177-CD-2012, 0301-D-2012, 0177-CD-2012, 3021-D-2012 y 0177-CD-2012 |