PROYECTO DE TP
Expediente 0293-D-2009
Sumario: CREACION DE LA OFICINA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO, EL CRIMEN ORGANIZADO Y EL DELITO TRANSNACIONAL: MISIONES Y FUNCIONES, TENDRA BAJO SU ORBITA EL REGISTRO NACIONAL DE PRECURSORES QUIMICOS, CREACION DE LA FUERZA FEDERAL ESPECIAL DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO.
Fecha: 03/03/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 2
El Senado y Cámara de Diputados...
CREACIÓN DE LA OFICINA DE
LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO, EL CRIMEN ORGANIZADO Y EL DELITO
TRANSNACIONAL
Artículo 1. Créase la "Oficina de
Lucha contra el Narcotráfico, el crimen organizado y el delito transnacional",
con dependencia directa de la Presidencia de la Nación. Establézcase a partir
de la sanción del presupuesto 2010, la partida correspondiente para el
funcionamiento de la Secretaría creada.
Artículo 2. La actual Secretaría
de Programación para la Prevención de la Drogadicción y Lucha contra el
Narcotráfico (SEDRONAR) pasa de denominarse Secretaría de Prevención de
la Drogadicción, y desarrollará sus funciones dentro de la órbita del Ministerio
de Acción Social de la Nación.
Artículo 3. Serán Misiones y
Funciones de la Oficina, las siguientes:
a) Establecer la estrategia
estatal para la lucha contra el narcotráfico. Políticas de prevención para evitar
el ingreso y/o de drogas y precursores al país; persecución de la producción
de estupefacientes y distribución, coordinación de operativos, entregas
vigiladas, etc.
b) Trabajar mancomunada y
estrechamente con la Secretaría de Inteligencia (SI) en la diagramación de
operativos para controlar, desbaratar, y conocer los movimientos de los
individuos involucrados en el tráfico y producción.
c) Aportar a los juzgados
federales, toda la información necesaria para dilucidar las causas de
narcotráfico (salvo aquella calificada como estrictamente secreta y
confidencial que dependerá de la autorización de la Presidenta de la
Nación).
d) Trazar escenarios de corto,
mediano y largo plazo, sobre la situación del narcotráfico legal y regional, a
efectos de anticiparse al crimen organizado y poder actuar antes, en la
prevención, sin que los hechos y sus consecuencias se produzcan.
d) Generar una política de Lucha
contra el Narcotráfico soberana e independiente, reconociendo el carácter de
transnacional del delito, pero rigiéndose por el conocimiento de la
problemática a nivel local, nacional y regional, sin estar condicionados por los
dictados de los organismos internacionales, muchas veces influidos por los
países centrales y sus intereses.
Artículo 4. La Oficina tendrá bajo
su órbita el Registro Nacional de Precursores Químicos, previsto en el artículo
44 de la ley 23.737 y se constituirá en la autoridad de aplicación prevista en
el artículo 3 de la ley 26.045.
Artículo 5. La Oficina, tendrá
bajo su órbita la prevención de los delitos establecidos en la ley 23.737 y sus
modificatorias y complementarias, así como la investigación de las
infracciones a dichas normas.
Artículo 6. La Oficina tendrá bajo
su órbita, el control del cumplimiento de lo establecido en las leyes 17.818 y
19.303, así como la prevención e investigación de los delitos provenientes de
dichas normas.
Artículo 7. La Oficina será
autoridad de aplicación del Decreto 623/96 en lo atinente al control del
tráfico ilícito de drogas.
Artículo 8. La Oficina, trabajará
en estrecha colaboración con la Secretaría de Inteligencia, y con las fuerzas
de seguridad, quienes deberán prestarle toda la asistencia requerida, en
cuanto la investigación de ilícitos devenidos del tráfico ilícito, la producción, o
el contrabando de estupefacientes, precursores químicos y sustancias
psicotrópicas.
Artículo 9. Créase la Fuerza
Federal Especial de lucha contra el narcotráfico, crimen organizado y el delito
transnacional. Dicha fuerza será un grupo de elite con alto nivel de
capacitación técnica, con personal seleccionado de los grupos de elite de las
principales fuerzas de seguridad federales y locales. Tendrán escalafón
propio, el cual será establecido por la reglamentación a propuesta por el
titular de la oficina.
Artículo 10. La forma de
selección de los efectivos, también será propuesta por el titular de la Oficina,
así como la cantidad de efectivos requeridos, lo serán de acuerdo a las
previsiones estratégicas elaboradas por la Oficina, siempre a consideración y
sujeto a aprobación de la Presidencia de la Nación, encargada de la
reglamentación.
Artículo 11. Establécese el plazo
de 90 días corridos para la reglamentación de la presente ley, que deberá
incluír la estructuración orgánica de la Secretaría de Lucha contra el
Narcotráfico, y la asignación de la partida presupuestaria para garantizar su
funcionamiento durante el año 2009. A este último fin, facúltase al Jefe de
Gabinete de Ministros a realizar la reasignación de partidas que fuese
menester.
Artículo 12. Comuníquese al
Poder Ejecutivo, de forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La actual Sedronar, se encuentra
remitida a funciones confusas y duales que le impiden a quienes deben
gestionarla, establecer prioridades y medidas concretas en la lucha contra el
narcotráfico. Por otro lado, este flagelo conforma hoy, la porción del crimen
organizado mas importante en todo el mundo y también en la Argentina, por
lo cual, no contar con un órgano político técnico adecuado para enfrentar la
problemática, con profesionales preparados y una misión específica, es un
error de proporciones incalculables, que los narcos utilizan en su provecho,
sometiendo a la sociedad y compitiendo con el propio Estado en el control del
poder.
Es por ello que lo que se
propone es un órgano específico de lucha contra el narcotráfico, dependiente
en forma directa de la Presidenta de la Nación, conformado por profesionales
idóneos, capacitados incluso, para establecer políticas comunes con otros
países de la región.
La actual Secretaría de
Programación para la Prevención de la Drogadicción y Lucha contra el
Narcotráfico tiene una grave dualidad de funciones que la hace
necesariamente ineficiente. La diferencia entre prevenir la drogadicción y
combatirla, con la Lucha contra el Narcotráfico es nítida y evidente. La
primera es una actividad social, de trabajo comunitario, asistencialista, y
hasta médico. La segunda, por el contrario, es una función de estricta política
de seguridad, con elementos vinculados a la estrategia, la inteligencia, la
persecución del delito, etc.
No existe organismo que con
algún grado de lógica administrativo-política, que pueda cumplir
adecuadamente y en paralelo, ambas funciones.
Por eso es que se instrumenta
que la Sedronar continúe en actividad, remitida a funciones especificas
relacionadas con la prevención de la drogadicción y la asistencia al adicto,
pero restándole la responsabilidad de lucha contra el narcotráfico que pasaría
a estar en cabeza de un organismo especializado, mientras que la Sedronar
deberá funcionar en la orbita del Ministerio de Acción Social.
La política seguida hasta el
momento en la lucha contra el narcotráfico, no ha resultado adecuada ni ha
arrojado frutos suficientes como para considerársela efectiva. Por el contrario
las modalidades delictivas relacionadas con el narcotráfico han aumentado y
se han perfeccionado, al tiempo que las operaciones ilícitas, también han
crecido en volumen.
Por lo tanto se hace
indispensable contar con un órgano con la suficiente especificidad,
presupuesto, planificación, operatividad, como para ser el brazo del Estado
en la lucha contra este flagelo, que este a la vez capacitado para establecer
relaciones con las demás agencias estatales de países de la región,
empeñadas en la misma lucha.
Por otro lado, el presente
proyecto tiene como fin adicional, el mantener la soberanía política en lo
atinente a la lucha contra el narcotráfico, en atención a los reiterados
reclamos de agencias de otros países para dictar nuestras políticas en este
sentido, para beneficio propio. Así el presente proyecto permitirá una real
nacionalización y concomitante regionalización de la lucha contra el
narcotráfico, en concordancia con otros países de la región que ya han
tomado esta alternativa, como Bolivia y Brasil.
Es por eso Señor Presidente que
solicito el apoyo de todos mis compañeros y colegas, con el fin de iniciar una
efectiva lucha contra este flagelo que afecta a las futuras generaciones, que
condena a las actuales a la inseguridad y la violencia, y que, sin duda es el
gran desafío de los tiempos por venir.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
SPATOLA, PAOLA ROSANA | BUENOS AIRES | GUARDIA PERONISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO (Primera Competencia) |
SEGURIDAD INTERIOR |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
10/03/2009 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
05/08/2009 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |