PROYECTO DE TP
Expediente 0290-D-2008
Sumario: CODIGO PENAL: MODIFICACION.
Fecha: 05/03/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 3
El Senado y Cámara de Diputados...
MODIFICACION DEL
CODIGO PENAL SUSTITUYENDO LA PENA DE PRISION POR LA MULTA,
PARA LOS DELITOS DE CALUMNIAS E INJURIAS
ARTICULO 1º.- Modifícase el
artículo 109º del Código Penal, el que quedará redactado de la siguiente
forma:
Artículo 109.- La calumnia o falsa
imputación de un delito que dé lugar a la acción publica, será reprimido con multa
de quince mil a doscientos setenta mil pesos.
ARTICULO 2º.- Modifícase el
artículo 110º del Código Penal el que quedará redactado de la siguiente
forma:
Artículo 110.- El que deshonrare o
desacreditare a otro será reprimido con multa de mil quinientos a noventa mil
pesos.
ARTICULO 3º.- Comuníquese
al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En nuestro país las penas privativas
de libertad lejos de cumplir con su finalidad resocializadora agravan en la mayoría
de los casos, la marginación de los sectores sociales criminalizados.
Frente al aumento de la criminalidad
violenta y al reciente agravamiento de las penas para delitos graves es previsible
que ello traiga aparejado un crecimiento de la población carcelaria.
No parece razonable que frente al
ostensible descrédito de la prisión por un lado y a la necesidad pese a ello de su
utilización para casos graves de criminalidad se la siga manteniendo como sanción
para supuestos en los que por su escasa lesividad bastaría la imposición de otra
clase de pena.
En efecto, las calumnias y las injurias
son delitos de acción privada que, en principio, solo afectan al honor de la víctima
y por ello solo ella puede iniciar y perseguir la acción penal bastando con su
renuncia para que se extinga.
Por otro lado, ya hay delitos de acción
privada que no tienen prevista pena privativa de libertad sino solo multa o multa e
inhabilitación como por ejemplo la violación de secretos (artículos 155 y 156
Código Penal), y la concurrencia desleal (artículo 159). Y esa penalización ha sido
suficiente habida cuenta que la incidencia de tales delitos es insignificante en la
estadística criminal.
Con este proyecto se pretende
equiparar a los delitos de calumnias e injurias con los de violación de secretos y
concurrencia desleal en lo referente a su penalización.
Sustituyendo la pena de prisión por la
de multa para que de ese modo quede subrayado el carácter distintivo de estos
delitos de acción privada y a la vez no se abuse de la amenaza de la pena de
prisión para restringir o alterar la libertad de expresión tal como se hacía con el
delito de desacato hasta su derogación.
Por todo lo expuesto, solicito a mis
pares el tratamiento y posterior aprobación de este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CONTI, DIANA BEATRIZ | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia) |
LEGISLACION GENERAL |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | RESOLUCION DE PRESIDENCIA - AMPLIACION DE GIRO A LA COMISION DE LEGISLACION GENERAL. | 05/08/2009 |