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PROYECTO DE TP


Expediente 0289-D-2007
Sumario: CREACION DE UN JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA CON COMPETENCIA EN MATERIA CRIMINAL Y CORRECCIONAL CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE ZAPALA, PROVINCIA DEL NEUQUEN.
Fecha: 07/03/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 5
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:
CREACIÓN DE UN JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LA CIUDAD DE ZAPALA PROVINCIA DEL NEUQUEN
CON COMPETENCIA CRIMINAL Y CORRECCIONAL
Artículo 1º.-Créase un juzgado federal de primera instancia con asiento en la ciudad de Zapala, provincia del Neuquén, con competencia en materia criminal y correccional, el que se denominará: "Juzgado Federal de Primera Instancia N° 2, de la Ciudad de Zapala, Provincia del Neuquén".
Artículo 2o.-El juzgado que se crea por el artículo anterior tendrá la misma competencia territorial que el actual Juzgado Federal de Primera Instancia existente creado por Ley Nº 23.641.
Artículo 3o.-Modificase la competencia en razón de la materia del actual Juzgado Federal de Primera Instancia con asiento en la ciudad de Zapala, Provincia del Neuquén, que comprenderá, a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, las materias: Civil, comercial, laboral, contencioso administrativo, ejecuciones fiscales y provisionales. Dicho Juzgado pasará a denominarse en lo sucesivo:"Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 de la Ciudad de Zapala, Provincia del Neuquén".
Artículo 4o.-La Cámara Federal de Apelaciones de la Ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro, será el tribunal de superintendencia del Juzgado que se crea en virtud de esta ley.
Artículo 5o.-Instalado el nuevo Juzgado, le serán remitidas las causas pendientes que le correspondan conforme a la competencia en la materia que por esta ley se le asigna.
Artículo 6o.-Los Ministerios Públicos existentes en la sección judicial de actuación del actual Juzgado Federal de Primera Instancia existente creado por Ley Nº 23.641, continuarán actuando en forma indistinta y acorde las leyes que reglamentan sus funciones por ante los dos Juzgados Federales resultantes de esta Ley.
Artículo 7o: Créase un (1) cargo de un (1) magistrado, para la titularidad del Juzgado que se crea por el art. 1 ° de la presente ley.
Artículo 8o: La dotación de funcionarios y empleados asignada al actual Juzgado Federal de Primera Instancia de Zapala , en virtud de las leyes 23.641 y 24.501, será reasignada acorde a sus actuales funciones, quedando conformada la planta de personal de ambos Juzgados del siguiente modo:
1. Del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1: Conforme al del Anexo que forma parte de la presente ley.
2. Del Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 2: Con los cargos restantes.
Artículo 9o: El Juez a cargo del actual Juzgado Federal de Primera Instancia, con asiento en la Ciudad de Zapala, Provincia del Neuquén, tendrá la opción de continuar su desempeño en como magistrado en cualquiera de los Juzgados resultantes de esta Ley, la que será concretada dentro de los 60 días de su entrada en vigencia, sin perjuicio de la continuidad en el cargo que hasta ahora detenta hasta la instalación del Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 2, si optara por este.
Artículo 10°: Los gastos y remuneraciones que demande el cumplimiento de la presente ley, serán solventados con las partidas que al efecto deberán incluirse en el presupuesto nacional para el ejercicio 2.....
Artículo 11°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Mediante esta iniciativa se promueve la creación de un Juzgado Federal de Primera Instancia con competencia en materia criminal y correccional, el que se denominará: "Juzgado Federal de Primera Instancia N° 2, de la Ciudad de Zapala, Provincia del Neuquén", sumado al ya existente, con actual competencia en todos los fueros, creado por Ley Nº 23.641.
Los motivos que justifican la creación de este Juzgado, que en rigor es la división del actual Tribunal existente, son entre otros los que a continuación se detallan.
El actual Juzgado Federal de Primera instancia de Ciudad de Zapala, como dijimos, tiene competencia en todos los Fueros, vale decir: Civil, Comercial, Laboral, Contencioso Administrativo, Ejecuciones Fiscales y Provisionales, Criminal y Correccional. Pero he aquí que para la materia penal y correccional, el ordenamiento procesal vigente, surgido a consecuencia de la Ley 23.984 y sus modificatorias exige del Juez de Instrucción, presencia e inmediatez con relación a los lugares de comisión de los presuntos hechos ilícitos, lo que deriva en una obligación funcional de difícil -sino imposible- cumplimiento habida del gran cúmulo de obligaciones funcionales análogas en importancia que el desempeño en otros fueros le demanda al Juez.
Por otro lado, y siempre en orden a enumerar las razones que aconsejan crear un nuevo Juzgado, es de hacer notar que la Provincia del Neuquén en su conjunto, ha experimentado y experimenta un notable crecimiento poblacional, con el auge de migraciones internas y externas que ha traído como resultado que muchos argentinos nativos de otras provincias y habitantes de países limítrofes adoptaran este territorio provincial como lugar de residencia y trabajo. Por lógica consecuencia, esto ha dado lugar a un correlativo incremento de la actividad delictiva que presiona constantemente sobre la infraestructura disponible. Los respectivos actos censales nos permiten observar que la provincia del Neuquén cuenta con una de las más altas tasas de crecimiento poblacional en la Nación; que un 63% es nacida en su territorio, en tanto que un 28% proviene de otras provincias argentinas y el 9% restante extranjero, (siendo 8% de países limítrofes y 1% de países no limítrofes). Entre 1.960 y 1.970, la población se incrementó un 40,65%. Para 1.980 hubo un crecimiento del 57% con relación a 1.970 y del 121,9% con relación a 1.960. Ya en 1.991 el aumento poblacional implicaba un 59,49% más con relación a 1.980, 151,62% en relación a 1.970 y 253,93% respecto a 1.960; situación ésta que ha continuado hasta la fecha.
La creación del Juzgado Federal de Zapala mediante Ley N° 23.641, sancionada por el Honorable Congreso de la Nación con fecha 28/09/1.988 cuya efectiva puesta en funcionamiento data del 01/05/1.991, implicó un salto exponencial en la disponibilidad del servicio de justicia en el ámbito jurisdiccional de su actuación, pero si bien trajo solución a muchos problemas lo cierto es que hoy por hoy, el apuntado fenómeno poblacional ha superado con creces su capacidad de respuesta por lo que se impone adicionar otra estructura judicial.
Cabe destacar, asimismo, que el actual Juzgado Federal de Zapala tiene jurisdicción sobre la totalidad de la superficie de 13 de los 16 Departamentos que componen la división política de la Provincia del Neuquén (Aluminé, Huiliches, Lácar, Los Lagos, Collón Cura, Picún Leufú, Catan Lil, Chos Malal, Loncopué, Minas, Ñorquín, Picunches y Zapala), y una fracción de los otros 3 Departamentos (Añelo, Confluencia y Pehuenches), lo que representa casi un 80% de la superficie terrestre del Neuquén. A esto debemos sumarle las grandes distancias existentes entre el lugar de los hechos y el asiento del Tribunal, así como las inclemencias climáticas imperantes durante gran parte del año, todo lo que, como dijimos, provoca notables inconvenientes para el desempeño eficiente de la labor judicial (traslado de detenidos, inspecciones judiciales, reconstrucciones de los hechos, etc.), situación ésta que conlleva algo más grave aún, cual es que el juez natural de la causa debe atender también las causas atinentes a los otros fueros, lo que acarrea graves perjuicios para los encausados. Cabe consignar como ejemplo, que la distancia existente entre Zapala y dos Í las localidades de la jurisdicción (Barrancas y Villa La Angostura) ubicadas e el extremo Norte y Sur de la Provincia, son de 329 y 360 kilómetros respectivamente; lo que demuestra una extensión jurisdiccional del Juzgado Federal de Zapala de 689 kilómetros de longitud de Norte a Sur, y 72.8L kilómetros cuadrados de superficie. g).- Asimismo, el Tribunal ejerce jurisdicción sobre doce de las veinte principales ciudades de la Provincia, a saber: Zapala, San Martín de los Andes, Chos Mala Junín de los Andes, Las Lajas, Loncopué, Villa La Angostura, Piedra del Águila; Aluminé, Picún Leufú, Andacollo y Mariano Moreno. h).-Contempla también siete Pasos Internacionales Habilitados: Icalma, Tromei Carirriñe, Hua-Hum, Cardenal Samoré o Puyehue (2o paso a Chile en cuanto transporte de pasajeros y carga después de Las Cuevas), Pino Hachado Pichachén; a lo que debe tenerse en cuenta el proyectado tren trasandino. i).-Por su parte, en cuanto a los ilícitos aduaneros la tarea de investigación esl relacionada con tres Aduanas jurisdiccionales: Barilochc, San Martín de le Andes y Neuquén. j).-Los principales centros turísticos (San Martín de los Andes, Junín de los Ande; Villa La Angostura, Copahue-Cavíahue) resultan ámbito propicio para el tráfíc y consumo de estupefacientes. k).-Como actividades económicas de relevancia se desprende el incremento de la principales explotaciones petrolíferas (2o productor del país) y gasíferas (1 productor del país); el oleoducto y gasoducto internacional; y la Zona Franca & Zapala.
Cabe consignar asimismo, la existencia de cuatro Escuadrones de Frontera de Gendarmería Nacional (Chos Malal, Las Lajas, Aluminé y San Martín de lo Andes), con sus respectivas Secciones y Grupos dependientes; y alguno; estamentos dependientes de los Escuadrones de Segundad "El Chocón" y de Frontera "Bariloche", así como varias dependencias de la Prefectura Nava Argentina en los diferentes espejos de agua de la provincia; la Sección Aeroportuaria en el Aeródromo "Carlos Campos" - Chapelco, dependiente de lí Policía de Seguridad Aeroportuaria; y respecto a la Policía Federal Argentina las Subdelegaciones con asiento en Zapala y San Martín de los Andes.
En cuanto a Unidades Militares del Ejército Argentino, se hallan en jurisdicción del Juzgado Federal de Zapala: el Regimiento de Infantería de Montaña N° 2í de Junín de los Andes, el Grupo de Artillería de Montaña N° 6 de la citada localidad, el Regimiento de Caballería de Montaña N° 4 de San Martín de loe Andes, el Grupo de Artillería N° 16 de Zapala, la Base de Apoyo Logístico át dicha localidad, la Compañía de Cazadores de Montaña N° 6 de Primeros Pinos, el Regimiento de Infantería de Montaña N° 10 de Covunco y el Regimiento de Infantería de Montaña de Las Lajas.
Tres Parques Nacionales tienen su asiento sobre la superficie del Tribunal antes mencionado, siendo ellos el Parque Nacional Lanín y Parque Nacional Laguna Blanca en toda su extensión, así como parte del Parque Nacional Nahuel Huapi.
Párrafo aparte, merece destacarse asimismo los litigios originados a consecuencia de la regulación de las aguas del río Limay (límite interprovincial con Río Negro) y que comprende en su curso los Embalses Alicurá, Piedra del Águila, Pichi Picún Leufú; así como las causas que derivan de las explotaciones hidroeléctricas bajo concesión del Gobierno Nacional situadas sobre dicho curso de agua.-
Las consideraciones vertidas precedentemente, creemos aconsejan con abundancia la creación del Juzgado que propiciamos, de hecho una división del ya existente, lo que conlleva a trasladar al terreno de lo fáctico, lo que aconseja la práctica forense en cuanto a la especialización por materias de los órganos judiciales, para un más acabado y pormenorizado estudio y tratamiento de los procesos que se sustancian ante los estrados tribunalicios; así como la seguridad de contar con un servicio de justicia rápido y eficiente; redundando en un considerable beneficio para los ciudadanos justiciables, debido a la celeridad del trámite que traería aparejado y el arribo a un más acertado fallo a imponer a las causas.
Esta iniciativa, como lo vengo diciendo, implica un mínimo de compromiso de recursos fiscales, ya que se tendría dos Juzgados operando una sola designación de personal (el Juez), pero manteniéndose las tres Secretarías actuales con su dotación de personal sin incrementar. Quedarían también subsistentes tal cual lo están hoy, los Ministerios Públicos existentes que actuarán también ante el nuevo Tribunal.
La solución que se propicia, además de ser práctica, necesaria y económica trae aparejada consigo una respuesta no sólo desde la óptica procesal, sino que también administrativa. Cabe consignar que en la actualidad, ante las licencias y comisiones del servicio del titular del único Juzgado existente, deben intervenir como subrogantes O Secretarios, lo que resiente el normal funcionamiento de las tres Secretarías; por lo que con la creación de un nuevo Tribunal, la subrogación se materializará entre sendos magistrados.
Por último, sirva de antecedente la creación con similar criterio, del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 2 de la Ciudad de Neuquén (Ley 24.251); cuyos resultados fácticos más los fundamentos antes expuestos, avalan la viabilidad del presente proyecto.
Por las razones expuestas, solicito a mis pares me acompañen en esta iniciativa.
Proyecto

ANEXO

ANEXO
PLANTA DE PERSONAL DEL JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA N° 1 DE LA CIUDAD DE ZAPALA
MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS:
- Juez de Ira. Instancia:......................... 1
- Secretario:........................................... 2
PERSONAL TÉCNICO V ADMINISTRATIVO:
- Prosecretario Administrativo:................... 1
- Jefe de Despacho:.................................. 1
- Oficial Mayor:........................................ 1
-Oficial:................................................ 1
- Escribiente:........................................ 2
- Escribiente Auxiliar:............................. 2
PERSONAL OBRERO Y MAESTRANZA:
- Ayudante:........................................... 2
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
COMELLI, ALICIA MARCELA NEUQUEN MOV POP NEUQUINO
BRILLO, JOSE RICARDO NEUQUEN MOV POP NEUQUINO
PEREZ, ALBERTO CESAR NEUQUEN MOV POP NEUQUINO
ACUÑA, HUGO RODOLFO NEUQUEN MOV POP NEUQUINO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
JUSTICIA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0176-D-09