PROYECTO DE TP
Expediente 0289-D-2007
Sumario: CREACION DE UN JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA CON COMPETENCIA EN MATERIA CRIMINAL Y CORRECCIONAL CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE ZAPALA, PROVINCIA DEL NEUQUEN.
Fecha: 07/03/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 5
El Senado y Cámara de Diputados...
SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:
CREACIÓN DE UN
JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LA
CIUDAD DE ZAPALA PROVINCIA DEL NEUQUEN
CON COMPETENCIA
CRIMINAL Y CORRECCIONAL
Artículo 1º.-Créase un juzgado
federal de primera instancia con asiento en la ciudad de Zapala, provincia del Neuquén,
con competencia en materia criminal y correccional, el que se denominará: "Juzgado
Federal de Primera Instancia N° 2, de la Ciudad de Zapala, Provincia del
Neuquén".
Artículo 2o.-El juzgado que se crea
por el artículo anterior tendrá la misma competencia territorial que el actual Juzgado
Federal de Primera Instancia existente creado por Ley Nº 23.641.
Artículo 3o.-Modificase la
competencia en razón de la materia del actual Juzgado Federal de Primera Instancia con
asiento en la ciudad de Zapala, Provincia del Neuquén, que comprenderá, a partir de la
entrada en vigencia de la presente ley, las materias: Civil, comercial, laboral, contencioso
administrativo, ejecuciones fiscales y provisionales. Dicho Juzgado pasará a denominarse
en lo sucesivo:"Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 de la Ciudad de
Zapala, Provincia del Neuquén".
Artículo 4o.-La Cámara Federal de
Apelaciones de la Ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro, será el tribunal de
superintendencia del Juzgado que se crea en virtud de esta ley.
Artículo 5o.-Instalado el nuevo
Juzgado, le serán remitidas las causas pendientes que le correspondan conforme a la
competencia en la materia que por esta ley se le asigna.
Artículo 6o.-Los Ministerios Públicos
existentes en la sección judicial de actuación del actual Juzgado Federal de Primera
Instancia existente creado por Ley Nº 23.641, continuarán actuando en forma indistinta
y acorde las leyes que reglamentan sus funciones por ante los dos Juzgados Federales
resultantes de esta Ley.
Artículo 7o: Créase un (1) cargo de
un (1) magistrado, para la titularidad del Juzgado que se crea por el art. 1 ° de la
presente ley.
Artículo 8o: La dotación de
funcionarios y empleados asignada al actual Juzgado Federal de Primera Instancia de
Zapala , en virtud de las leyes 23.641 y 24.501, será reasignada acorde a sus actuales
funciones, quedando conformada la planta de personal de ambos Juzgados del siguiente
modo:
1. Del Juzgado Federal de Primera
Instancia N° 1: Conforme al del Anexo que forma parte de la presente ley.
2. Del Juzgado Federal de Primera
Instancia Nº 2: Con los cargos restantes.
Artículo 9o: El Juez a cargo del
actual Juzgado Federal de Primera Instancia, con asiento en la Ciudad de Zapala,
Provincia del Neuquén, tendrá la opción de continuar su desempeño en como
magistrado en cualquiera de los Juzgados resultantes de esta Ley, la que será
concretada dentro de los 60 días de su entrada en vigencia, sin perjuicio de la
continuidad en el cargo que hasta ahora detenta hasta la instalación del Juzgado Federal
de Primera Instancia Nº 2, si optara por este.
Artículo 10°: Los gastos y
remuneraciones que demande el cumplimiento de la presente ley, serán solventados con
las partidas que al efecto deberán incluirse en el presupuesto nacional para el ejercicio
2.....
Artículo 11°: Comuníquese al
Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Mediante esta iniciativa se promueve la
creación de un Juzgado Federal de Primera Instancia con competencia en materia
criminal y correccional, el que se denominará: "Juzgado Federal de Primera
Instancia N° 2, de la Ciudad de Zapala, Provincia del Neuquén", sumado al ya
existente, con actual competencia en todos los fueros, creado por Ley Nº 23.641.
Los motivos que justifican la creación de
este Juzgado, que en rigor es la división del actual Tribunal existente, son entre otros los
que a continuación se detallan.
El actual Juzgado Federal de Primera
instancia de Ciudad de Zapala, como dijimos, tiene competencia en todos los Fueros,
vale decir: Civil, Comercial, Laboral, Contencioso Administrativo, Ejecuciones Fiscales y
Provisionales, Criminal y Correccional. Pero he aquí que para la materia penal y
correccional, el ordenamiento procesal vigente, surgido a consecuencia de la Ley 23.984
y sus modificatorias exige del Juez de Instrucción, presencia e inmediatez con relación a
los lugares de comisión de los presuntos hechos ilícitos, lo que deriva en una obligación
funcional de difícil -sino imposible- cumplimiento habida del gran cúmulo de obligaciones
funcionales análogas en importancia que el desempeño en otros fueros le demanda al
Juez.
Por otro lado, y siempre en orden a
enumerar las razones que aconsejan crear un nuevo Juzgado, es de hacer notar que la
Provincia del Neuquén en su conjunto, ha experimentado y experimenta un notable
crecimiento poblacional, con el auge de migraciones internas y externas que ha traído
como resultado que muchos argentinos nativos de otras provincias y habitantes de
países limítrofes adoptaran este territorio provincial como lugar de residencia y trabajo.
Por lógica consecuencia, esto ha dado lugar a un correlativo incremento de la
actividad delictiva que presiona constantemente sobre la infraestructura disponible. Los
respectivos actos censales nos permiten observar que la provincia del Neuquén cuenta
con una de las más altas tasas de crecimiento poblacional en la Nación; que un 63% es
nacida en su territorio, en tanto que un 28% proviene de otras provincias argentinas y el
9% restante extranjero, (siendo 8% de países limítrofes y 1% de países no
limítrofes). Entre 1.960 y 1.970, la población se incrementó un 40,65%. Para 1.980 hubo
un crecimiento del 57% con relación a 1.970 y del 121,9% con relación a 1.960. Ya en
1.991 el aumento poblacional implicaba un 59,49% más con relación a 1.980, 151,62%
en relación a 1.970 y 253,93% respecto a 1.960; situación ésta que ha continuado hasta
la fecha.
La creación del Juzgado Federal de Zapala
mediante Ley N° 23.641, sancionada por el Honorable Congreso de la Nación con fecha
28/09/1.988 cuya efectiva puesta en funcionamiento data del 01/05/1.991, implicó un
salto exponencial en la disponibilidad del servicio de justicia en el ámbito jurisdiccional
de su actuación, pero si bien trajo solución a muchos problemas lo cierto es que hoy por
hoy, el apuntado fenómeno poblacional ha superado con creces su capacidad de
respuesta por lo que se impone adicionar otra estructura judicial.
Cabe destacar, asimismo,
que el actual Juzgado Federal de Zapala tiene jurisdicción sobre la totalidad de la
superficie de 13 de los 16 Departamentos que componen la división política de la
Provincia del Neuquén (Aluminé, Huiliches, Lácar, Los Lagos, Collón Cura, Picún Leufú,
Catan Lil, Chos Malal, Loncopué, Minas, Ñorquín, Picunches y Zapala), y una fracción de
los otros 3 Departamentos (Añelo, Confluencia y Pehuenches), lo que representa casi
un 80% de la superficie terrestre del Neuquén. A esto debemos sumarle las grandes
distancias existentes entre el lugar de los hechos y el asiento del Tribunal, así
como las inclemencias climáticas imperantes durante gran parte del año, todo lo
que, como dijimos, provoca notables inconvenientes para el desempeño eficiente de
la labor judicial (traslado de detenidos, inspecciones judiciales, reconstrucciones de
los hechos, etc.), situación ésta que conlleva algo más grave aún, cual es que el juez
natural de la causa debe atender también las causas atinentes a los otros fueros, lo que
acarrea graves perjuicios para los encausados. Cabe consignar como ejemplo, que la
distancia existente entre Zapala y dos Í las localidades de la jurisdicción (Barrancas y
Villa La Angostura) ubicadas e el extremo Norte y Sur de la Provincia, son de 329
y 360 kilómetros respectivamente; lo que demuestra una extensión jurisdiccional del
Juzgado Federal de Zapala de 689 kilómetros de longitud de Norte a Sur, y 72.8L
kilómetros cuadrados de superficie. g).- Asimismo, el Tribunal ejerce jurisdicción sobre
doce de las veinte principales ciudades de la Provincia, a saber: Zapala, San Martín de
los Andes, Chos Mala Junín de los Andes, Las Lajas, Loncopué, Villa La Angostura, Piedra
del Águila; Aluminé, Picún Leufú, Andacollo y Mariano Moreno. h).-Contempla también
siete Pasos Internacionales Habilitados: Icalma, Tromei Carirriñe, Hua-Hum, Cardenal
Samoré o Puyehue (2o paso a Chile en cuanto transporte de pasajeros y carga después
de Las Cuevas), Pino Hachado Pichachén; a lo que debe tenerse en cuenta el
proyectado tren trasandino. i).-Por su parte, en cuanto a los ilícitos aduaneros la tarea
de investigación esl relacionada con tres Aduanas jurisdiccionales: Barilochc, San Martín
de le Andes y Neuquén. j).-Los principales centros turísticos (San Martín de los Andes,
Junín de los Ande; Villa La Angostura, Copahue-Cavíahue) resultan ámbito propicio para
el tráfíc y consumo de estupefacientes. k).-Como actividades económicas de relevancia
se desprende el incremento de la principales explotaciones petrolíferas (2o productor del
país) y gasíferas (1 productor del país); el oleoducto y gasoducto internacional; y la
Zona Franca & Zapala.
Cabe consignar asimismo, la existencia de
cuatro Escuadrones de Frontera de Gendarmería Nacional (Chos Malal, Las Lajas,
Aluminé y San Martín de lo Andes), con sus respectivas Secciones y Grupos
dependientes; y alguno; estamentos dependientes de los Escuadrones de Segundad "El
Chocón" y de Frontera "Bariloche", así como varias dependencias de la Prefectura Nava
Argentina en los diferentes espejos de agua de la provincia; la Sección Aeroportuaria en
el Aeródromo "Carlos Campos" - Chapelco, dependiente de lí Policía de Seguridad
Aeroportuaria; y respecto a la Policía Federal Argentina las Subdelegaciones con asiento
en Zapala y San Martín de los Andes.
En cuanto a Unidades
Militares del Ejército Argentino, se hallan en jurisdicción del Juzgado Federal de Zapala:
el Regimiento de Infantería de Montaña N° 2í de Junín de los Andes, el Grupo de
Artillería de Montaña N° 6 de la citada localidad, el Regimiento de Caballería de Montaña
N° 4 de San Martín de loe Andes, el Grupo de Artillería N° 16 de Zapala, la Base de
Apoyo Logístico át dicha localidad, la Compañía de Cazadores de Montaña N° 6 de
Primeros Pinos, el Regimiento de Infantería de Montaña N° 10 de Covunco y el
Regimiento de Infantería de Montaña de Las Lajas.
Tres Parques Nacionales tienen su asiento
sobre la superficie del Tribunal antes mencionado, siendo ellos el Parque Nacional Lanín
y Parque Nacional Laguna Blanca en toda su extensión, así como parte del Parque
Nacional Nahuel Huapi.
Párrafo aparte, merece destacarse
asimismo los litigios originados a consecuencia de la regulación de las aguas del río
Limay (límite interprovincial con Río Negro) y que comprende en su curso los Embalses
Alicurá, Piedra del Águila, Pichi Picún Leufú; así como las causas que derivan de las
explotaciones hidroeléctricas bajo concesión del Gobierno Nacional situadas sobre dicho
curso de agua.-
Las consideraciones vertidas
precedentemente, creemos aconsejan con abundancia la creación del Juzgado que
propiciamos, de hecho una división del ya existente, lo que conlleva a trasladar al
terreno de lo fáctico, lo que aconseja la práctica forense en cuanto a la especialización
por materias de los órganos judiciales, para un más acabado y pormenorizado estudio y
tratamiento de los procesos que se sustancian ante los estrados tribunalicios; así como
la seguridad de contar con un servicio de justicia rápido y eficiente; redundando en un
considerable beneficio para los ciudadanos justiciables, debido a la celeridad del trámite
que traería aparejado y el arribo a un más acertado fallo a imponer a las causas.
Esta iniciativa, como lo vengo diciendo,
implica un mínimo de compromiso de recursos fiscales, ya que se tendría dos Juzgados
operando una sola designación de personal (el Juez), pero manteniéndose las tres
Secretarías actuales con su dotación de personal sin incrementar. Quedarían también
subsistentes tal cual lo están hoy, los Ministerios Públicos existentes que actuarán
también ante el nuevo Tribunal.
La solución que se propicia, además de ser
práctica, necesaria y económica trae aparejada consigo una respuesta no sólo desde la
óptica procesal, sino que también administrativa. Cabe consignar que en la actualidad,
ante las licencias y comisiones del servicio del titular del único Juzgado existente, deben
intervenir como subrogantes O Secretarios, lo que resiente el normal funcionamiento de
las tres Secretarías; por lo que con la creación de un nuevo Tribunal, la subrogación se
materializará entre sendos magistrados.
Por último, sirva de antecedente la creación
con similar criterio, del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 2 de la Ciudad de
Neuquén (Ley 24.251); cuyos resultados fácticos más los fundamentos antes expuestos,
avalan la viabilidad del presente proyecto.
Por las razones expuestas, solicito a mis
pares me acompañen en esta iniciativa.
ANEXO
ANEXO
PLANTA DE PERSONAL DEL JUZGADO
FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA N° 1 DE LA CIUDAD DE
ZAPALA
MAGISTRADOS Y
FUNCIONARIOS:
- Juez de Ira. Instancia:.........................
1
- Secretario:...........................................
2
PERSONAL TÉCNICO V
ADMINISTRATIVO:
- Prosecretario Administrativo:...................
1
- Jefe de Despacho:..................................
1
- Oficial Mayor:........................................
1
-Oficial:................................................
1
- Escribiente:........................................
2
- Escribiente Auxiliar:.............................
2
PERSONAL OBRERO Y
MAESTRANZA:
- Ayudante:...........................................
2
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
COMELLI, ALICIA MARCELA | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
BRILLO, JOSE RICARDO | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
PEREZ, ALBERTO CESAR | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
ACUÑA, HUGO RODOLFO | NEUQUEN | MOV POP NEUQUINO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
JUSTICIA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0176-D-09 |