PROYECTO DE TP
Expediente 0258-D-2008
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA CONTAMINACION DE POTASIO EN EL RIO COLORADO.
Fecha: 05/03/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 3
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar
al Poder Ejecutivo y por su intermedio a quién corresponda, en virtud de una
nota firmada por * Leandro Altolaguirre perteneciente a la- Asociación ALIHUEN
donde refiere al proyecto "Potasio Río Colorado", donde indica que el mismo
implica consecuencias potencialmente catastróficas, y que no se limita a los 40
años de explotación sino que la cantidad de sal generada quedaría a
perpetuidad, y teniendo en cuenta que el curso de agua en cuestión tiene
influencia sobre cinco provincias argentinas, se sirva informar sobre lo
siguiente:
- ¿Si la Autoridad de
Aplicación en la materia, ha tomado en cuenta la mencionada denuncia y
actuado ante una posible contaminación de enormes y desastrosas
consecuencias?
- ¿Si la Autoridad de
Aplicación Nacional ha tenido comunicación con la Autoridad de Aplicación
Provincial de La Pampa, sobre el tema que nos ocupa?, y de ser así ¿Cuáles han
sido las conclusiones?
- ¿Si la Autoridad de
Aplicación Nacional ha mantenido conversaciones técnicas con las Autoridades
responsables de las demás provincias donde el río Colorado tiene vital influencia
e importancia?
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Sr. Presidente, las preguntas
efectuadas precedentemente, se fundan en un informe aportado por el Sr.
Marcelo Giraud integrante de Asamblea Popular del Gran Mendoza por el Agua
(parte de AMPAP-Asamblea Mendocina Por el Agua Pura - a su vez de UAC-
Unión de Asambleas Ciudadanas) Prof. y Lic. en Geografía, docente U.N.Cuyo
en el cuál refiere que en la Dirección de Saneamiento y Control Ambiental del
gobierno de la provincia de Mendoza en el expediente del proyecto Potasio Río
Colorado , había ya un proyecto de resolución para otorgar la Declaración de
Impacto Ambiental el cual fue anulado por el nuevo director que asumió hace
unos 10 días. Lamentando además no poder saber nada sobre los cambios que
implicaría. Destacando que una vez redactado el proyecto, el otorgamiento de
la D.I.A. sería inminente.
El la nota detalla algunas de las
Principales críticas que tendría el proyecto de resolución de D.I.A. anulado.
"En 20 páginas oficio hay sólo dos
párrafos dedicados a la meseta artificial de sal que dejaría la explotación, que
les transcribo: (Art. 3º) "7 - Cloruro de sodio 7.1 Es necesario destacar en
cuanto a la disposición final de cloruro de sodio remanente obtenido del
procesamiento de cloruro de potasio, que se deberá tener en cuenta
alternativas tales como reinyección, comercialización o disposición en pilas
controladas o cualquier otra alternativa, tendiente a minimizar el impacto
ambiental en la zona, para tal fin la empresa deberá presentar en un plazo de
180 días un análisis técnico/ambiental/económico de las alternativas
mencionadas.-" "Artículo 5º: De acuerdo a lo dispuesto en el punto 7. del art. 3
de la presente Resolución, el Proponente deberá presentar ante la Autoridad y
como parte integrante del informe bianual Ambiental de actualización: la/s
alternativa/s definitiva/s para la disposición final del residuo salino producto de
la explotación de potasio, debiendo ser sustentable técnica y ambientalmente".
Comparen esto con casi 2 páginas
referidas a "8. Seguridad y Señalización Vial" y más de una página para "12.
Arqueología y paleontología". No por menospreciar en lo más mínimo esos
temas, pero es una burla lo de la sal!!
Tratándose del principal riesgo
ambiental del proyecto, que implica consecuencias potencialmente
catastróficas, y que no se limita a los 40 años de explotación sino que la pila de
sal quedaría a perpetuidad, es inadmisible que se otorgue la D.I.A. antes de la
presentación del estudio de alternativas indicado, y que se defina y apruebe la
opción "técnica y ambientalmente sustentable". No es un aspecto menor que se
pueda resolver sobre la marcha, debemos exigir ese estudio, definición y
aprobación antes de que se otorgue la D.I.A. y permita el inicio de la
construcción y explotación. Y rechazar por supuesto la opción del depósito,
exigir que no quede abandonada esa bomba de sal que podría explotar algún
día, así sea dentro de 10.000 años.
Bueno, a nuestro modo de ver hay
muchas críticas y falencias más, por supuesto, y algunas graves, que pueden
ampliarles. También vimos unas cuantas cuestiones bien planteadas en el
proyecto, pero son tantos los requisitos que señala "previos a la construcción",
que me pregunto: ¿Por qué no le comunican a la empresa todos esos
requisitos, y una vez que los haya cumplido, le otorgan la D.I.A.? En casi todos
esos casos, dice más o menos "Previo a la construcción deberá presentar...".
Creo que debería decir "Deberá presentar Y SER APROBADO como requisito
para iniciar la construcción..."
Respecto al "Artículo 16º:
Establézcase que la Empresa Potasio Río Colorado S.A., cuando la Autoridad de
Aplicación lo solicite, deberá realizar la contratación de un Seguro de Garantía
Ambiental por daño ambiental, para la realización de la obra de referencia, todo
de acuerdo a lo establecido en las normas jurídicas emanadas de la Secretaría
de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación y el Art. 22º de la Ley
General del Ambiente." Muy bien la intención de enunciarlo, pero vamos a lo
práctico: ¿¿"cuando la Autoridad de Aplicación lo solicite"??? ¡¡¡Debemos exigir
que sea PREVIO al inicio de los trabajos!!! ¡¡¡E imponerles clara y previamente
el MONTO!!! El art. 22 de la ley 25.675 establece que debe ser un "seguro de
cobertura CON ENTIDAD SUFICIENTE para garantizar el financiamiento de la
recomposición del daño que en su tipo pudiere producir". Claro, CREO que
ninguna de las grandes mineras lo ha hecho aún en el país, de modo que no
hay antecedentes sobre cómo se procede en la práctica al respecto".
Ante la importancia de lo antes
manifestado por el Lic Marcelo Giraud, expreso mi preocupación y reitero muy
solicitud de que se estudie la posible contaminación que este proyecto podría
acarrear a una muy basta zona de nuestro país. ...
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BIANCHI, IVANA MARIA | SAN LUIS | FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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INTERESES MARITIMOS, FLUVIALES, PESQUEROS Y PORTUARIOS (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DEL AUTOR DE MODIFICACION DEL PROYECTO (AFIRMATIVA) | 12/03/2008 |