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PROYECTO DE TP


Expediente 0236-D-2013
Sumario: CASAS DONDE FALLECIERON EL GENERAL JOSE DE SAN MARTIN, UBICADA EN LA REPUBLICA FRANCESA Y BERNARDINO RIVADAVIA, UBICADA EN EL REINO DE ESPAÑA. DECLARANSE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL.
Fecha: 05/03/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 3
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTÍCULO 1°. Declárase Monumento Histórico Nacional la casa donde falleció el general José de San Martín, ubicada en la ciudad de Boulogne sur Mer, República Francesa.
ARTÍCULO 2°. Declárase Monumento Histórico Nacional la casa donde falleció el presidente Bernardino Rivadavia, ubicada en la ciudad de Cádiz, Reino de España.
ARTÍCULO 3°. A los fines dispuestos en los artículos 1° y 2° de la presente ley, los citados bienes quedarán amparados por las disposiciones de la ley 12.665 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 4°. La Comisión Nacional de Museos y Monumentos y Lugares Históricos realizará las gestiones y procedimientos establecidos en los artículos 1°, 3°, 3°bis, 4° y 6° de la ley 12.665, modificada por la ley 24.252, y las normas modificatorias, reglamentarias y complementarias vigentes.
ARTÍCULO 5°. Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Un estudio realizado por los arquitectos María del Pilar Rosales, Marina Domínguez y la Dra. Elizabeth Mosconi, alumnos del Posgrado en Preservación de Patrimonio Cultural de la Universidad Torcuato Di Tella, reveló que las casas donde fallecieron los próceres argentinos José de San Martín y Bernardino Rivadavia, ubicadas en Bulogne sur Mer (Francia) y Cádiz (España), respectivamente, no cuentan con ningún tipo de protección patrimonial por parte del Estado Argentino.
El general José de San Martín se instaló en París a comienzos de 1848. En el mes de febrero se desató el movimiento revolucionario que instauró la Segunda República, entre graves desbordes populares y sangrientas luchas callejeras. Lo tumultuoso de los acontecimientos y lo confuso de la situación instaron al Libertador a alejarse de aquel foco conflictivo y radicarse, temporalmente, en sitio más retirado y apacible. Elige la ciudad de Boulogne Sur-Mer, en el departamento Paso de Caláis, en la costa norte francesa sobre el canal de la Mancha. San Martín se trasladó hacia allí el 16 de marzo de 1848.
La familia se instaló en los altos de la casa situada en la Grand Rue 105, propiedad del abogado Alfred Gerard, director de la Biblioteca Pública de la ciudad, quien ocupaba la planta baja del edificio, donde vivirá hasta su fallecimiento el 17 de agosto de 1850.
Actualmente funciona allí el Museo Libertador General San Martín. En la planta baja hay dos salas grandes y un vestíbulo de recepción. En el primer piso se exhiben objetos y elementos de la epopeya sanmartiniana y hay dos salas pequeñas con uniformes y cuadros. En el segundo piso está recreado el dormitorio del Libertador, con réplicas exactas del mobiliario original, además del cuarto de su hija Mercedes. También hay habitaciones con la réplica de la Bandera de los Andes y tributos a la guerra de las islas Malvinas de 1982.
La casa donde el ex presidente D. Bernardino Rivadavia vivió sus últimos años en Cádiz hasta su muerte en 1845, fue adquirida en 1929 por el empresario y filántropo español, D. Roger Balet, quien la regaló a la República Argentina en reconocimiento a la oportunidad que le brindó mejorar su situación. La donación fue aceptada mediante Decreto 10.322 del 16 octubre de 1941.
Dicha casa sirvió como Consulado Argentino durante mucho tiempo, hasta que la falta de cuidados movió a desocuparla, y posteriormente a abandonarla. El edificio consiste en cuatro pisos con patio al medio y forma esquina en el barrio céntrico e histórico de Cádiz. Años atrás el Ayuntamiento de la ciudad dio el nombre de Presidente Rivadavia a la calle por donde se ingresa.
Se trata de una construcción muy conocida y considerada una reliquia, como que fue construida hacia 1814. Con el correr de los años el deterioro hizo que estuviera a punto de ser demolida por el peligro de que se derrumbase.
En el año 1991 fue celebrado un convenio entre el Gobierno Argentino y la Diputación de la Provincia de Cádiz, según el cual esta última se haría cargo de los trabajos de restauración, y una vez concluidos, dispondría de los dos pisos superiores.
En 1996, la planta baja y el primer piso quedaron disponibles para ser utilizarlos como Centro de Actividades Argentinas y Consulado, pero el cierre del Consulado de Cádiz, ocurrido en 1995, hizo que la Argentina no destino a esas dos plantas de su propiedad, hasta 2006 en que la Sección de Promoción Cultural, Económica y Turística de la Embajada de la República Argentina ante el Reino de España instaló allí oficinas, aprovechando el histórico edificio.
El valor arquitectónico, pero más aún el histórico son de una evidencia tal, que nos eximen de abundar en mayores detalles que fundamenten la necesidad de otorgarles protección.
La ley 12.665 prevé que se encuadra en lo dispuesto por la norma la protección de "Los bienes históricos y artísticos, lugares, monumentos, inmuebles propiedad de la Nación, de las provincias, de las municipalidades o instituciones públicas, quedan sometidos por esta ley a la custodia y conservación del gobierno federal, y en su caso, en concurrencia con las autoridades respectivas", y nada dice que éstos deban estar ubicados dentro del territorio nacional.
Tan es así, que en una reciente declaratoria promovida por la Comisión Nacional de Museos, Monumentos y Lugares Históricos se protegió la casa donde falleciera Domingo Faustino Sarmiento, ubicada en la ciudad de Asunción, República del Paraguay.
Es sorprendente que estos inmuebles de innegable valor histórico para nuestro país hayan sido reconocidos como patrimoniales por los países donde se encuentran emplazadas, pero no por el Estado Argentino.
Tan es así que con motivo de una demanda judicial contra el Estado Argentino, iniciada por la empresa norteamericana Sempra Energy Internacional ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi), en la que la demandante intentó el remate de la propiedad, la Procuración del Tesoro de la Nación se opuso y obtuvo una sentencia favorable de la justicia francesa. El fallo reivindicó la calidad de "patrimonio histórico argentino" de la propiedad.
El procurador de aquél entonces, expresó: "Se trata de una decisión histórica, porque da inmunidad a sitios que son verdaderos hitos de nuestra nacionalidad". Sin embargo, ese reconocimiento judicial francés no se ha traducido en una protección efectiva por parte de la República Argentina.
Más allá del ejemplo citado, referido a la declaratoria como Monumento Histórico de la propiedad donde falleció Sarmiento, cabe mencionar ejemplos internacionales. Por ejemplo, la legislación mexicana que protege la obra de los escultores David Alfaro Siqueiros y Diego Rivera, sea esta de propiedad pública o privada y se encuentre dentro o fuera del país.
Señor Presidente, por todo lo expuesto solicitamos la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PIEMONTE, HECTOR HORACIO BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
CULTURA (Primera Competencia)
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
PRESUPUESTO Y HACIENDA