PROYECTO DE TP
Expediente 0221-D-2008
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LA PROMOCION E INFORMACION SOBRE LOS BENEFICIOS IMPOSITIVOS VIGENTES PARA LOS EMPLEADORES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Fecha: 05/03/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 3
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo
Nacional que, a través del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la
Nación, disponga las medidas necesarias para promocionar e informar a la
población sobre los beneficios impositivos vigentes para los empleadores de
personas con discapacidad.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La ley Nº 22.431 instituyó un
sistema de protección integral para personas con capacidades especiales tendiente a
asegurarles su atención médica, su educación y su seguridad social, así como a
concederles las franquicias y estímulos necesarios para su bienestar y desempeño
dentro de la comunidad.
El artículo 23 de la misma
establece que "Los empleadores que concedan empleo a personas discapacitadas
tendrán derecho al cómputo, a opción del contribuyente, de una deducción especial
en la determinación del impuesto a las ganancias o sobre los capitales, equivalente
al setenta por ciento (70%) de las retribuciones que abonen a personas
discapacitadas en cada periodo fiscal".
Cabe destacar que una de las
conclusiones que surgieron de las recientes Jornadas sobre Ciudadanía y Derecho a
la Integración Social de Personas con Discapacidad es precisamente que gran parte
de las organizaciones empresariales desconocen los beneficios de la actual
legislación.
La escasa inserción laboral de las
personas con capacidades especiales es uno de los principales impedimentos para
su plena integración social, por ello consideramos necesario que el Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social impulse las acciones necesarias para informar
a posibles empleadores.
La Constitución Nacional insta
al Poder Legislativo a promover medidas de acción positiva que garanticen la
igualdad real de oportunidades y de trato de las personas con discapacidad en su
artículo 75, inciso 23. Hasta que la legislación vigente no se traduzca en hechos, se
les esta negando el pleno ejercicio de su ciudadanía.
Por estas razones es que solicito
a esta Honorable Cámara la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GIOJA, JUAN CARLOS | SAN JUAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
FERRA DE BARTOL, MARGARITA | SAN JUAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
LOPEZ, ERNESTO SEGUNDO | SAN JUAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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DISCAPACIDAD (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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10/04/2008 | DICTAMEN | Aprobado con modificaciones como proyecto de declaración |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0113/2008 | CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE DECLARACION | 23/04/2008 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION | 21/05/2008 | APROBADO |