PROYECTO DE TP
Expediente 0215-D-2011
Sumario: IMPLEMENTACION DE UN PROGRAMA DE DESPAPELIZACION EN LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION.
Fecha: 02/03/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 2
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
PROYECTO DE
RESOLUCIÓN SOBRE IMPLEMENTACIÓN DE UN PROGRAMA DE
DESPAPELIZACIÓN EN LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN
1º - Iniciar un proceso de
despapelización en todas las dependencias legislativas y administrativas de la
Cámara con el propósito de reducir en un plazo máximo de dos años a partir de la
aprobación de esta resolución, el cincuenta por ciento del consumo actual de
papel.
2º - Encomendar a la
Comisión sobre Modernización del Funcionamiento Parlamentario la elaboración de
un Programa de Despapelización con la participación de las máximas autoridades
de las dependencias indicadas en el punto 1°, previo diagnóstico de la situación de
consumo de papel que se registra en cada dependencia.
3° - La Comisión sobre
Modernización del Funcionamiento Parlamentario dispondrá de sesenta días para la
realización del diagnóstico indicado en el punto 2°, el que deberá contener la
descripción de la situación, su evaluación, determinación de recursos e
instrumentos disponibles.
4° - Finalizado el diagnóstico
previsto en el punto 3°, la Comisión sobre Modernización del Funcionamiento
Parlamentario elaborará un Programa de Despapelización que deberá ser elevado a
consideración de la Cámara en un plazo no mayor a ciento veinte días contados a
partir de la finalización del diagnóstico, y deberá expresar:
a) objetivos, metas y
prioridades;
b) articulación de objetivos,
acciones y recursos a utilizar;
c) especificación de
requerimientos informáticos para cumplimentar el Programa;
d) calendario del
Programa;
e) propuesta de reducción de
consumo de papel en cada dependencia a partir de la evaluación de las
condiciones, recursos y necesidades de cada dependencia; y
f) designación de responsables
de implementación del Programa por dependencia.
4° - En todos los casos el Programa
de Despapelización deberá incluir actividades que promuevan:
a) el desarrollo, mantenimiento
y promoción de sistemas integrados basados en Intranet e Internet para la
prestación de los servicios internos y la provisión de información al público;
b) las medidas necesarias para
que las comunicaciones se efectúen preferentemente mediante tecnologías
informáticas, optimizando para ello la utilización de los recursos electrónicos
disponibles;
c) la simplificación de los
trámites, en especial aquellos en los que participen varias dependencias;
g) el uso de documentos con
firma electrónica en los distintos procesos.
5° - La Comisión sobre
Modernización del Funcionamiento Parlamentario podrá solicitar el asesoramiento
de organismos del Poder Ejecutivo y Judicial que se encuentren avanzados en
procesos de despapelización.
6° - Trimestralmente cada
dependencia deberá informar a la Comisión sobre Modernización del
Funcionamiento Parlamentario sobre los avances del Programa.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Administración Pública Nacional,
mediante el decreto 427/1998 autorizó el empleo de la firma digital en la
instrumentación de los actos internos del Sector Público Nacional, que no
produzcan efectos jurídicos individuales en forma directa, iniciando así un proceso
de despapelización de los organismos de la administración pública, el cual se
prorrogó dos años más mediante el decreto 102 /00. Esta fue la primera acción
concreta para incorporar las nuevas tecnologías en el sistema administrativo
estatal, complementaria del decreto 333/85 sobre "Normas para la elaboración,
redacción y diligenciamiento de los proyectos de actos y documentación
administrativo" (1) .
Las disposiciones citadas se vieron
luego reforzadas en el 2001 por la ley 25506 que instituyó el marco jurídico para
equiparar legalmente a la firma digital con la firma ológrafa.
En el año 2005 se aprobó el
Programa Nacional de Gobierno Electrónico (Decreto Nº 378/2005) que sienta las
bases de acción para todas las dependencias que componen la Administración
Pública Nacional y cuyo artículo 9° invita a los Gobiernos Provinciales, Municipales,
al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Poder Legislativo y al
Poder Judicial de la Nación, como así también a Universidades y a Empresas
prestadoras de servicios, privatizadas o concesionadas, a adherir al decreto.
A partir de esta norma han surgido
numerosas iniciativas en distintas áreas del Estado, como por ejemplo la
Resolución 574/ 2007 suscripta por la Administración Nacional de la Seguridad
Social (ANSES), referida al Programa de Digitalización y Despapelización de
Documentación.
La Ciudad Autónoma de Buenos
Aires adhirió a la ley 25506 y el 2 de mayo de 2008 entró en vigencia el Decreto
N° 417/08, en el que se establece el correo electrónico institucional como medio
de comunicación fehaciente para todas las comunicaciones internas de carácter
administrativo. Esta norma se enmarca en un proceso tendiente a la
despapelización, informatización y desburocratización de la administración
local.
El Decreto N° 417/08 se
reglamentó por Resolución Ministerial Nº 256/MJGGC/08, por la cual, la Jefatura de
Gabinete de Ministros de la Ciudad de Buenos Aires estableció en su carácter de
autoridad de aplicación del sistema, los actos internos de la administración
alcanzados por la norma, fijando que ciertas comunicaciones deben efectuarse por
las casillas de correo institucional.
Desde hace muchos años, en la
Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, los proyectos se presentan en una
plantilla informática diseñada por la Dirección de Taquígrafos.
Por su parte, el Presidente de la
Corte Suprema de Justicia de la Nación, Dr. Lorenzetti, en el informe de gestión
2010 recordó que el avance tecnológico logrado se enmarca en las "políticas de
Estado para el Poder Judicial, que surgen del consenso de todos los integrantes de
la justicia manifestado en las Conferencias Nacionales de Jueces" realizadas en
2006, 2007 y 2008.
Se refirió además a los avances
logrados en materia de administración y aludió al proceso de despapelización por
medio de la comunicación electrónica y la digitalización de expedientes;
destacando que se trata de políticas de Estado y no declaraciones abstractas que
reflejan el compromiso de jueces, funcionarios y empleados judiciales de todo el
país.
"La Corte ha avanzado en
informatizar todos sus procedimientos" - señaló el Dr. Lorenzetti -, "y hoy tenemos
programas que permiten en primer lugar una enorme transparencia, porque todo
lo que se hace en la administración de la Corte está disponible on line; y en
segundo término, contamos con una posibilidad de control muy importante,
porque todos estos programas permiten mensurar la evolución de las inversiones y
de los inventarios, entre otros rubros, algo que era imposible años atrás". Por
último anunció que la Corte ya está en condiciones de poner en marcha la firma
electrónica. (www.cij.gov.ar).
La Cámara de Diputados no
presenta muchos antecedentes en este tema, pocos proyectos se han presentado
y aquellos que alcanzaron tratamiento en las comisiones sufrieron reveses al llegar
al plenario. Nos referimos en particular a dos proyectos: modificación del artículo
119 del Reglamento sobre presentación de proyectos acompañados de una versión
digital, (Morejón Manuel expte. 0878-D-2010 y Bertol y otros, expte. 4742-D-2008)
y modificación del artículo 114 del Reglamento sobre el diligenciamiento por la
presidencia de la Cámara de los proyectos de declaración y de resolución que
hayan merecido dictamen sin disidencia ni observaciones de la comisiones
respectivas, sin necesidad de imprimir Ordenes del Día (Bertol y otros, expte 0007-
D-2010 OD 884/10). Sin embargo, algunos hitos importantes, son la decisión de la
Comisión de Asuntos Constitucionales de citar a reuniones de Comisión por correo
electrónico, la prórroga del término de vencimiento de las Ordenes del Día
1045,1046 y 1047 comunicada por la Secretaría Parlamentaria a los legisladores a
sus casillas de correo oficiales (14 de setiembre 2010) y la normativa dictada por la
Dirección de Comisiones de la Cámara respecto de la modificación del artículo 114,
si bien de efímera vigencia por la derogación posterior de la citada reforma.
En su sitio Web SIU (Consorcio de
Universidades que desarrolla soluciones informáticas y brinda servicios para el
Sistema Universitario Nacional y distintos organismos de gobierno;
http://www.siu.edu.ar) señala los beneficios jurídicos y administrativos que se
esperan alcanzar al contar con un sistema de digitalización documental:
• perdurabilidad de la
documentación;
• menor espacio y/o volumen
físico del cual será necesario disponer;
• recuperación de la
información con pleno valor jurídico y probatorio;
• disposición de la información
en un solo y único formato;
• simplificación de las
búsquedas y consultas;
• accesibilidad remota a un
mismo documento vía Intranet y/o Internet;
• resguardo y la inalterabilidad
de los documentos originales.
En su ponencia en el 5° Congreso
Argentino de Administración Pública, "Firma digital y sus implicancias en la
despapelización del sector público", Pérez Jurado señala que "existen pocos
estudios respecto al ahorro que pueda resultar del reemplazo total de los
documentos en papel por aplicaciones informáticas; pero donde se ha intentado
calcularlo, los resultados fueron sorprendentes. Según una publicación reciente de
la ANSES, dicho organismo manifiesta tener un gasto anual en papel e insumos
estimado en $23 millones, que equivalen a un total de 150 millones de hojas
impresas".
Como datos ilustrativos, basta
conocer que en el último llamado a licitación, en abril de 2010, la Cámara adquirió
2700 resmas de 500 hojas A4, es decir un total de 1.350.000 hojas; y que se
imprimen más de 1000 copias de cada Orden del Día sobre proyecto de
declaración o resolución.
Sin más, dejamos fundado este
proyecto y solicitamos su pronta consideración y aprobación.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BERTOL, PAULA MARIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
ZAVALLO, GUSTAVO MARCELO | ENTRE RIOS | PERONISMO FEDERAL |
URLICH, CARLOS | CHACO | UCR |
KORENFELD, BEATRIZ LILIANA | SANTA CRUZ | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL | BUENOS AIRES | SI POR LA UNIDAD POPULAR |
VARGAS AIGNASSE, GERONIMO | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GIL LAVEDRA, RICARDO RODOLFO | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
ROSSI, CIPRIANA LORENA | RIO NEGRO | PERONISMO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia) |
COMUNICACIONES E INFORMATICA |