PROYECTO DE TP
Expediente 0215-D-2007
Sumario: REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; MODIFICACION DEL ARTICULO 167, SOBRE EL DESTINO DE ASUNTOS ENTRADOS.
Fecha: 05/03/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 3
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Integrar como segundo párrafo del
artículo 167 del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación el
siguiente: "Cada asunto entrado será girado para su estudio como máximo a dos
(2) comisiones.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La modificación propuesta encuentra fundamento en un problema de larga
data en nuestra Cámara. Sucede que en muchos casos los proyectos son girados
a varias comisiones para su estudio. Ello hace prácticamente imposible su
tratamiento en un año parlamentario, ya que se dan casos de giro a cinco o más
comisiones.
Si bien ha habido iniciativas que han
propuesto la unicidad de giro, a nuestro entender parece más conveniente
establecer un límite a la cantidad de los mismos. Creemos que el estudio de un
proyecto de ley, resolución o declaración en dos (2) comisiones es garantía
suficiente de un análisis cuidadoso y posibilitará una sanción más rápida del
mismo.
Hay iniciativas muy valiosas que han
quedado en el camino producto de la cantidad de comisiones a las que fueron
giradas. La Cámara cuenta con cuarenta y cinco (45) comisiones especializadas,
en las cuales en el análisis de los proyectos interactúan tanto diputados como
asesores.
Las comisiones especializadas de la
Cámara son un espacio vital del trabajo parlamentario, puesto que allí es donde
los autores exponen sus propuestas, las someten al análisis de sus pares y
reciben aportes para mejorarlas. Constituyen el lugar provechoso para dirimir
diferencias y construir las coincidencias en torno a cada proyecto. Además, en
cada una de ellas están representados los diferentes sectores políticos, es decir,
la especialidad de cada una de ellas y la representación de los diferentes bloques
contribuyen a sostener que se realiza un estudio adecuado y con participación de
todas las fuerzas políticas que componen el cuerpo.
En el Senado, el articulo
89 establece que: "Cada asunto o proyecto se destinará a una sola comisión ", es
decir, establece la unicidad de giro pero este principio es relativo, ya que en el
segundo párrafo del mismo artículo dispone que: "La Presidencia o en su caso la
Cámara, de acuerdo con lo previsto en el artículo 90, pueden resolver que pase a
estudio de más de una comisión cuando la naturaleza del asunto así lo aconseje".
A pesar del principio de unicidad de giro, en la práctica los proyectos son girados
a más de una comisión. Por ello, proponemos establecer una regla más realista y
que garantice un estudio apropiado.
Creemos que esta modificación
contribuirá a dar mayor agilidad a la tramitación de los proyectos y traduce un
equilibrio entre los dos extremos: uno la multiplicidad de giros que tienen
actualmente los proyectos y el otro, el caer en el análisis de una sola comisión.
Creemos, Sr. Presidente, que el examen - como máximo - de dos comisiones
directamente vinculadas con la temática del proyecto garantizarán la rigurosidad
de análisis que requerimos cuando un asunto es estudiado y el dinamismo que
debe tener la iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ROMERO, ROSARIO MARGARITA | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
TULIO, ROSA ESTER | BUENOS AIRES | PERONISTA FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA TULIO, ROSA (A SUS ANTECEDENTES) | 26/12/2007 |